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El Peruano Miércoles 9 de abril de 2014 520590 Delegar en el(la) Director(a) General de la Ofi cina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, la facultad siguiente: 4.1 En materia de contrataciones del Estado (…) u) Aprobar los Expedientes Técnicos de las obras que realice la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, por administración directa o a través de la contratación de terceros en el marco de la normatividad legal vigente sobre la materia”. Regístrese, comuníquese y publíquese MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1071576-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencias financieras a favor de diversas Entidades Ejecutoras para el financiamiento de proyectos y actividades RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 063-2014-DV-PE Lima, 7 de Abril del 2014 VISTO: El Memorándum Nº 0288-2014-DV-PIRDAIS del 01 de Abril del 2014, emitido por el Responsable Técnico del Programa Presupuestal “Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM, establece que DEVIDA es el organismo público encargado de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, asi como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 30114 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 autoriza a DEVIDA en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas” y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”; precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 12.1 del mismo artículo es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, DEVIDA suscribió Convenios y Adendas con diversas Entidades Ejecutoras, para la ejecución de proyectos y actividades en el año fi scal 2014 a través de transferencias fi nancieras. En tal sentido, es necesario que DEVIDA realice transferencias fi nancieras hasta por la suma de S/. 3 454,877.00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante la Resolución N° 047-2014-DV-PE de fecha 04 de marzo de 2014 se aprobó la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Padre Abad hasta por la suma de S/. 107,305.00 como un primer desembolso, para el fi nanciamiento de la Actividad: “Capacitación y asistencia técnica en buenas prácticas de producción agraria (a productores de pijuayo para palmito y piña en el centro poblado menor de Huipoca y aledaños, Distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad, Región Ucayali)” y la Actividad: “Capacitación y asistencia técnica en buenas prácticas de producción agraria (a productores de café y palma aceitera en el Distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad, Región Ucayali)”; Que, la Unidad de Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido su informe previo favorable a través de los informes de certifi caciones de créditos presupuestales Nros. 00327, 00377 y 00397. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido las respectivas conformidades a los Planes Operativos; Con las visaciones del Responsable Técnico del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS, de la Dirección de Promoción y Monitoreo, de la Dirección de Asuntos Técnicos, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZACIÓN DE TRANSFERENCIAS FINANCIERAS Autorizar las transferencias fi nancieras hasta por la suma de S/. 3 454,877.00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el fi nanciamiento de proyectos y actividades a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO Las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo primero de la presente Resolución se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el año Fiscal 2014 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS RECURSOS Las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se le transfi eran para la ejecución de los proyectos y actividades descritos en el Anexo de la presente resolución, quedando prohibidas de reorientar dichos recursos a otras actividades y proyectos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN MASÍAS CLAUX Presidenta Ejecutiva