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El Peruano Miércoles 9 de abril de 2014 520587 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece el ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica del referido Ministerio; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del cual se establece su estructura orgánica y defi nición de funciones, acorde con los criterios de diseño y estructura de la administración pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que, mediante Resolución Suprema Nº 022-2010-TR se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados por el Sector sobre la base de su estructura orgánica; el que es reordenado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 256-2010-TR, 031-2011-TR, 156-2012- TR y 046-2013-TR; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 122-2010- TR, se aprueba el Clasifi cador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modifi cado mediante Resolución Ministerial Nº 151-2012-TR; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2011- TR se aprueba el Manual de Organización y Funciones – MOF del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modifi cado mediante Resolución Ministerial Nº 117-2012- TR; Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2014-EF, se modifi ca el Decreto Supremo N° 016-2012-EF, Reglamento de la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones; Que, la Ofi cina General de Recursos Humanos, mediante Ofi cio N° 664-2014-MTPE/4/12, remite la propuesta de modifi cación del Clasifi cador de Cargos y del Manual de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, teniendo en cuenta que la entidad está en proceso de adecuación de las disposiciones contenidas en la Directiva N° 001-2013-SERVIR-GDSRH “Formulación del Manual de Perfi les de Puestos (MPP)” y sus anexos, el que se encuentra en estado de coordinación con la Autoridad Nacional de Servicio Civil - SERVIR; Que, la Ofi cina de Organización y Modernización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Técnico N° 004-2014-MTPE/4/9.3 e Informe N° 203-2014-MTPE/4/9.3, concluye por la procedencia de la propuesta de modifi cación de los documentos de gestión: Clasifi cador de Cargos y Manual de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, no efectuando ninguna objeción a la propuesta remitida por la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, en ese contexto corresponde expedir el acto que apruebe la modifi cación del Clasifi cador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Secretario General, de los Jefes de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos, Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el inciso b) del artículo 7 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2010-TR y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101- 2013-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 001-2013- SERVIR-GDSRH; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la aprobación Aprobar la modifi cación del Clasifi cador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- De la publicación Disponer que la presente resolución y su anexo se publiquen en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1071894-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a la Federación Rusa, Colombia y Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 152-2014 MTC/02 Lima, 31 de marzo de 2014 VISTOS: Los Informes Nº 138-2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 073- 2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, las empresas Helisur S.A y Lan Perú S.A. han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendidas durante el mes de abril de 2014, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Helisur S.A y Lan Perú S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas