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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (09/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Miércoles 9 de abril de 2014 520591 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban venta directa de predio ubicado en la Provincia Constitucional del Callao, a favor de personas naturales SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 002-2014/SBN-DGPE-SDDI Lima, 7 de enero de 2014 VISTO: El Expediente Nº 075-2013/SBNSDDI que contiene la tramitación de la solicitud presentada el 13 de agosto de 2012 por la señora Meri Gloria Velarde de Chávez, mediante la cual solicita la venta directa del predio de 660,00 m², denominado “Parcela J-22 del Área Remanente IIA-Parcela B”, ubicado al Suroeste del Asentamiento Humano “Asociación de Pobladores de Ventanilla Alta”, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº 70338398 del Registro de Predios del Callao y anotado en el Registro SINABIP Nº 2293 correspondiente al Libro del Callao, en adelante “el predio”; y, CONSIDERANDO: 1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN, en virtud de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobada por la Ley Nº 29151, publicada el 14 de diciembre de 2007 (en adelante la Ley), Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, publicado el 20 de febrero de 2007, que adscribe a la SBN al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA, publicado el 15 de marzo de 2008, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 013-2012-VIVIENDA, publicado el 03 de junio de 2012 (en adelante el “Reglamento”) y el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, publicado el 05 de julio de 2001, que actualiza la califi cación y relación de los organismos públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales es responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social. 2. Que, de acuerdo con lo previsto por los artículos 47º y 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, publicado el 22 de diciembre de 2010 (en adelante ROF de la SBN), la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario es el órgano competente en primera instancia, para programar, aprobar y ejecutar los procesos operativos relacionados con los actos de disposición de los bienes estatales bajo la competencia de la SBN. 3. Que, mediante el escrito s/n recibido por esta Superintendencia el 13 de agosto de 2012, la señora Meri Gloria Velarde de Chávez (en delante “la administrada”), ha solicitado la venta directa de “el predio”, sustentando su pretensión en el literal a) del artículo 77º del “Reglamento” (fojas 02 al 05). Para tal efecto, cumple con adjuntar la siguiente documentación: A) Copia del Acta de Defunción y Certifi cado de Defunción del señor Oscar Hugo Chávez Almenerio (fojas 08 al 11); B) Copia de la Partida de Matrimonio del señor Oscar Hugo Chávez Almenerio y la señora Meri Gloria Velarde Parra (foja 12); C) Partida Registral Nº P01123405 del Registro de Predios del Callao donde consta la inscripción del predio de propiedad de la sociedad conyugal (fojas 13 al 17); 4. Que, el presente procedimiento administrativo se encuentra regulado en el artículo 74º del “Reglamento”, según el cual, los bienes de dominio privado estatal pueden ser objeto de compraventa sólo bajo la modalidad de subasta pública y, excepcionalmente, por compraventa directa. Cabe precisar, que uno de los supuestos para su ANEXO PROGRAMA PRESUPUESTAL: “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” N° ENTIDAD EJECUTORA NOMBRE DE ACTIVIDAD / PROYECTO DESEMBOLSO HASTA S/. MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/. 1° 2° 3° 4° 5° 1 Municipalidad Distrital de Santa Rosa Proyecto “Fortalecimiento de capacidades a los productores de cacao y café, Distrito de Santa Rosa - La Mar - Ayacucho” 913,262.00 913,262.00 2 Gobierno Regional de Huánuco Actividad “Saneamiento y titulación de predios rurales para el Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible” 1,000,000.00 1,000,000.00 3 Municipalidad Provincial de Padre Abad Actividad “Capacitacion y asistencia tecnica en buenas practicas de producción agraria (a productores de pijuayo para palmito y piña en el centro poblado menor de Huipoca y aledaños, Distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad , Region Ucayali)” 0.00 230,590.00 155,750.00 139,200.00 74,860.00 600,400.00 4 Municipalidad Provincial de Padre Abad Actividad “Capacitacion y asistencia tecnica en buenas practicas de producción agraria (a productores de café y palma aceitera en el Distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad, Región Ucayali)” 0.00 223,325.00 308,040.00 256,110.00 153,740.00 941,215.00 TOTAL 1,913,262.00 453,915.00 463,790.00 395,310.00 228,600.00 3,454,877.00 1071744-1