Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2014 (09/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Miercoles 9 de MORDAZA de 2014 Ancho Faja de Nº de Longitud Serviternas (km) dumbre (m) 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 8,88 0,18 0,14 0,41 0,38 18,73 0,11 0,21 0,24 0,14 0,16 6,41/2,72 0,22 1,38 0,17 0,29 11 6 6 6 11 11 6 6 6 6 6 11 / 6 11 6 6 6

520585
Tension (kV)

Item

Salida / Llegada de la Linea Primaria

Sistema

14

Derivacion Huacar

Caya-Manas-

22,9 13,2 13,2 13,2 22,9 22,9 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 22,9 22,9 13,2 13,2 13,2

Trifasico Monofasico Monofasico Monofasico Trifasico Trifasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Trifasico/ Monofasico Trifasico Monofasico Monofasico Monofasico

15 Derivacion Caya 16 Derivacion Caquioc 17 Derivacion Marcahuain 18 Derivacion Manas 19 Derivacion Llocchi-Mangas 20 Derivacion Llocchi 21 Derivacion Poquian 22 Derivacion Copa 23 Derivacion Copa 24 Derivacion Copa 25 Derivacion Gorgor - Paca 26 Derivacion Gorgor 27 Derivacion Apas 28 Derivacion Cochas 29 Derivacion Nunumia

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Electrica Rural Nº 027-2014 a suscribirse con la Empresa Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA, el que consta de 17 Clausulas y 03 Anexos. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Directoral debera incorporarse en la Escritura Publica que de origen el Contrato de Concesion Electrica Rural Nº 0272014, referido en el articulo 3 de la presente Resolucion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme a lo previsto en el articulo 53 del acotado Reglamento, aplicados en concordancia con el articulo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Electricidad

desarrollar, dirigir, ejecutar programas, proyectos y actividades de bienestar del personal de la Policia Nacional del Peru y su familia, a fin de contribuir a su desarrollo integral; Que, el referido regimen comprende sistemas de pensiones, servicios educativos, servicios de vivienda, asistencia legal, asistencia social y servicios de salud, entre otros; Que, uno de los aspectos prioritarios para la gestion del Sector Interior es la mejora de la calidad de MORDAZA y el bienestar de los Oficiales y Suboficiales de la Policia Nacional del Peru, asi como de sus familiares; Que, el Regimen de Bienestar Policial debe contribuir fundamentalmente a generar un clima laboral satisfactorio, donde se impulse la comunicacion, el respeto, la tolerancia, la creatividad, la solidaridad, el trabajo en equipo y la apertura al cambio, entre otros valores; por lo que, resulta necesario contar con un documento que articule las iniciativas para la modernizacion de los diversos componentes del Regimen de Bienestar Policial; Que, asimismo, el ultimo parrafo del articulo 43 de la Ley de la Policia Nacional del Peru establece que los reglamentos respectivos MORDAZA los procedimientos, modalidades, condiciones, beneficios y otros, a los que tiene derecho el personal de la Policia Nacional del Peru y sus familiares con derecho; ante lo cual, resulta conveniente elaborar las propuestas normativas correspondientes, incluyendo la revision de la regulacion aplicable al Fondo de Bienestar de la Policia Nacional (FONBIEPOL), creado por Resolucion Ministerial N° 0041-98-IN/PNP; Que, en atencion a las consideraciones expuestas, se considera pertinente constituir un Grupo de Trabajo para la elaboracion del Plan de Modernizacion del Regimen de Bienestar Policial, asi como para la formulacion de las propuestas relacionadas a los proyectos normativos que resulten necesarios para mejorar la gestion y el financiamiento de dicho regimen; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; y el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion de Grupo de Trabajo Constituyase el Grupo de Trabajo para la elaboracion del Plan de Modernizacion del Regimen de Bienestar Policial, el cual estara integrado por los siguientes miembros: a) Un (1) representante del Ministro del Interior, quien lo presidira. b) Un (1) representante del Viceministro de Gestion Institucional del Ministerio del Interior, c) El Director General de la Policia Nacional del Peru. d) El Director Nacional de Gestion Institucional de la Policia Nacional del Peru. e) El Director Ejecutivo de Apoyo a la Policia de la Policia Nacional del Peru. f) El Director Ejecutivo de Personal de la Policia Nacional del Peru, g) El Director Ejecutivo de Sanidad de la Policia Nacional del Peru. El Gabinete de Asesores de la Alta Direccion actuara como Secretaria Tecnica del Grupo de Trabajo. Para el cumplimiento de sus fines, el Grupo de Trabajo podra solicitar la participacion de funcionarios, especialistas y demas representantes de entidades publicas e instituciones privadas. Articulo 2º.- Actividades a cargo del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo constituido por el articulo precedente tendra a su cargo las siguientes actividades: 2.1 Elaborar una propuesta de Plan de Modernizacion del Regimen de Bienestar Policial, el cual debe considerar los siguientes componentes: a) Recreacion, deporte y cultura. b) Asistencia social c) Vivienda policial. d) Atencion al personal policial con discapacidad. e) Atencion para los hijos del personal policial con cualidades excepcionales.

1071488-1

INTERIOR
Constituyen Grupo de Trabajo para la elaboracion del Plan de Modernizacion del Regimen de Bienestar Policial
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0452-2014-IN
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 4 de la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, establece que el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, conforme al articulo 4 del Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policia Nacional del Peru, asi como a los organismos publicos adscritos a el; Que, en el Capitulo V del Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policia Nacional del Peru, se regula el Regimen de Bienestar Policial, el cual tiene por finalidad organizar,

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