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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (24/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Jueves 24 de abril de 2014 521465 procedimientos de califi cación de las personas naturales o jurídicas interesadas en ser designadas como Califi cadores de Establecimientos de Hospedaje por la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico, para efectos de cumplir con lo establecido en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje, aprobado por Decreto Supremo N° 029- 2004-MINCETUR; Que, la señorita Gloria Jacqueline Hendrix Saco ha solicitado ser designada como Califi cadora de Establecimientos de Hospedaje de hasta Tres (3) Estrellas a nivel nacional; Que, se ha verifi cado que la solicitante ha cumplido con presentar los requisitos estipulados en el artículo 5° del Reglamento de Califi cadores de Establecimientos de Hospedaje; Que, se ha procedido a evaluar el expediente presentado, así como la aptitud para ejercer como califi cadora de establecimientos de hospedaje, considerando que es procedente designar a la solicitante como Califi cadora de Establecimientos de Hospedaje a nivel nacional, para evaluar establecimientos de hospedaje de hasta tres (3) estrellas; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje aprobado por Decreto Supremo N° 029-2004-MINCETUR y el Reglamento de Califi cadores de Establecimientos de Hospedaje aprobado por Resolución Ministerial N° 151-2001-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar como Califi cadora de Establecimientos de Hospedaje a nivel nacional, por un período de tres (3) años contados a partir de la expedición de la presente Resolución, a la señorita Gloria Jacqueline Hendrix Saco, quien está facultada para emitir Informes Técnicos con el fi n de solicitar la condición de Establecimientos de Hospedaje Clasifi cados y Categorizados de hasta tres (3) estrellas, de acuerdo a los requisitos establecidos en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. Artículo 2°.- El plazo de designación expira el 19 de marzo de 2017. Artículo 3°.- Disponer su inscripción en el Registro de Califi cadores de Establecimientos de Hospedaje con el número 069, de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISABEL MENDOZA NAVARRO Directora Nacional de Desarrollo Turístico 1075737-1 CULTURA Autorizan viaje de representantes del Ministerio de Cultura a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 133-2014-MC Lima, 23 de abril de 2014 Vistos, el Memorando N° 389-2014-OGA-SG/MC de la Directora General de la Ofi cina General de Administración, el Informe N° 168-2014-DGIA-VMPCIC/MC, Informe N° 164-2014-DGIA-VMPCIC/MC y el Informe N° 162-2014- DGIA-VMPCIC/MC de la Directora General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este tiene entre sus funciones exclusivas la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que son funciones del Ministerio de Cultura, el fomentar la creación científi ca y literaria, la lectura y el conocimiento del patrimonio bibliográfi co y documental de la Nación, promoviendo el desarrollo y protección de la industria editorial del libro y los productos editoriales afi nes, como estímulos que propicien y difundan la creatividad intelectual, el conocimiento y la cultura; Que, con fecha 4 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la Resolución Ministerial N° 036- 2014-MC que declaró de interés institucional la participación del Perú, a través del Ministerio de Cultura, en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, que se llevará a cabo del 29 de abril al 12 de mayo de 2014; Que, mediante Informe N° 162-2014-DGIA-VMPCIC/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, solicita se gestione el viaje de la Delegación Institucional conformada por funcionarios y servidores del Ministerio de Cultura, a quienes se les ha encargado el desarrollo de las actividades de organización y difusión de la participación del Perú, a través del Ministerio de Cultura, en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, las cuales se desarrollarán del 24 de abril al 4 de mayo de 2014; Que, la Ofi cina General de Administración mediante Memorando N° 389-2014-OGA-SG/MC, señala que los gastos por hospedaje y parte de los gastos por traslados serán abonados de manera directa por el Ministerio de Cultura hasta la suma de US $ 220,00 y US$ 50,00 respectivamente, y el saldo resultante de US$ 100,00, será asignado a cada comisionado para cubrir los gastos de alimentación y traslados; Que, siendo de interés institucional garantizar que la Delegación de funcionarios y servidores que se indican en la parte resolutiva de la presente resolución, cumplan con las actividades durante la presentación del Perú en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, se estima por conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, del 24 de abril al 4 de mayo de 2014, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo las excepciones establecidas, tal como la de acciones de promoción de importancia para el Perú, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Con el visado de la Directora General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes, del Secretario General, de la Directora General de la Ofi cina General de Administración y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Mauricio Manuel Salas Torreblanca del 26 al 30 de abril de 2014, del señor Pedro Francisco Villa Gamarra del 24 de abril al 4 de mayo de 2014, del señor Pierre Emile Illa Vandoorne Romero del 27 de abril al 4 de mayo de 2014, del señor Joel Anicama Díaz del 24 de abril al 1 de mayo de 2014, de la señorita Gabriela María Contreras Ampuero del 28 de abril al 2 mayo de 2014, del señor Santiago Alonso Santa Cruz Alvarez del 26 de abril al 3 de mayo de 2014, de la señorita Mirtha Elizabeth Correa Alamo del 25 de abril al 1 de mayo de 2014 y de la señorita Erika Aliselli Ames Mora del 25 de abril al 1 de mayo de 2014, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto