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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (24/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Jueves 24 de abril de 2014 521470 de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 056-2014/COE-TC, del 31 de marzo de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colombia, modifi catorio del Convenio Bolivariano de Extradición fi rmado el 18 de julio de 1911”, suscrito en la ciudad de Lima el 22 de octubre de 2004. En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano WILLAN SAMBONI MACÍAS, formulada por la Sala Penal Nacional y declarara procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas Agravado, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1076225-4 PRODUCE Aprueban Directiva “Procedimiento para la aplicación, en el Sector Producción, del Reglamento de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2014-PRODUCE Lima, 22 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, se reguló la contratación de profesionales altamente califi cados para ocupar en las entidades públicas del Poder Ejecutivo; asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 016-2012-EF se aprobó su Reglamento; Que, con Resolución Ministerial Nº 111-2013-PRODUCE, se aprobó la Directiva General Nº 004-2013-PRODUCE “Lineamientos para la aplicación del Reglamento de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, en el Sector Producción”; Que, con Decreto Supremo Nº 022-2014-EF se modifi ca el Reglamento de la Ley Nº 29806; Que, en ese sentido, resulta necesario modifi car la Directiva General Nº 004-2013-PRODUCE, a efectos de efectuar su adecuación a las nuevas disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 022-2014-EF; y, Con el visado de la Secretaria General y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica de Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 343-2012- PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 002-2014-PRODUCE “Procedimiento para la aplicación, en el Sector Producción, del Reglamento de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones”; la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 111-2013-PRODUCE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1075717-1 Aprueban modificación del Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 112-2014-PRODUCE Lima, 22 de abril de 2014 VISTOS: El Informe Nº 078-2014-PRODUCE/OGPP- OPRA de la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 071-2014-PRODUCE/OGAJ-jtangm de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 343-2012- PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de la Producción; Que, con Resolución Ministerial Nº 374-2012-PRODUCE se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Producción, mediante Resolución Ministerial Nº 036-2014-PRODUCE se aprobó su actualización y con Resolución Ministerial Nº 098-2014-PRODUCE se dispone el reordenamiento de los cargos considerados en el CAP; Que, el Manual de Clasifi cación de Cargos es un documento de gestión que lo aprueba la propia entidad, el cual permite compatibilizar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Organización y Funciones (MOF) para el cumplimiento efectivo de las funciones administrativas, establecer un ordenamiento y uso racional de los cargos en función a los requisitos mínimos exigidos para su desempeño, así como la adecuada ejecución de procesos técnicos de personal; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 373-2012- PRODUCE se aprobó el Manual de Clasifi cación de Cargos del Ministerio de la Producción, el mismo que no contempla el cargo de Ejecutor Coactivo; Que, el artículo 7 de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública” aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, dispone que las Entidades en el proceso