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El Peruano Jueves 24 de abril de 2014 521468 integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; señalando, que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, el artículo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, creó el Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales – FONIE, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, con la fi nalidad de fi nanciar la elaboración de estudios de preinversión, ejecución de proyectos de inversión pública, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del gobierno nacional y/o personas jurídicas privadas, para la ejecución de la infraestructura de agua y saneamiento, electrifi cación, telecomunicaciones y caminos vecinales, en los distritos que se encuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten con más del 50% de hogares en proceso de inclusión conforme a lo determinado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como, en la zona del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas de frontera, y en las zonas de infl uencia de estos, con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios básicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de vida en los hogares rurales; Que, asimismo, dicho artículo establece que las entidades del gobierno nacional pueden suscribir convenios, u otros documentos, con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y/o personas jurídicas privadas, según corresponda, para la ejecución de dichos proyectos de inversión pública, y/o actividades, cuya transferencia para el caso de las entidades del gobierno nacional se realiza bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel Institucional aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a solicitud de este último, y se incorporan en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y gobiernos locales en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2014-EF, se autoriza la incorporación de recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales – FONIE, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CIENTO VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 123 844 512,00), para fi nanciar la ejecución de ochenta y siete (87) intervenciones en infraestructura de servicios, correspondiéndole al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la suma de NOVENTA MILLONES QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 526 120,00), destinados al fi nanciamiento de treinta y ocho (38) proyectos de inversión pública de infraestructura de agua y saneamiento rural; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catoria, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modifi caciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; y que previa a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), pudiendo autorizarse dicha transferencia sólo hasta el segundo trimestre del año fi scal correspondiente; Que, con Memorándum N° 162-2014-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo (s) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice una transferencia de recursos por un importe total de NOVENTA MILLONES QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 526 120,00), para fi nanciar treinta y ocho (38) proyectos de inversión pública de saneamiento rural, mediante Transferencia de Partidas, los cuales se encuentran en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, precisando que el fi nanciamiento será atendido con cargo a los recursos incorporados, vía Crédito Suplementario, en el presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, mediante Informe Nº 0013-2014/VIVIENDA- OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento informa que cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de NOVENTA MILLONES QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 526 120,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, del Presupuesto Institucional 2014 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Programa Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, para fi nanciar la transferencia de recursos comprendida en el presente Decreto Supremo y precisa, que los proyectos a fi nanciar se encuentran declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP; asimismo, indica que se han suscrito los convenios correspondientes, en mérito de lo cual, a través del Ofi cio N° 502-2014/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita dar trámite a la transferencia de los recursos solicitados; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales por la suma de NOVENTA MILLONES QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 526 120,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, provenientes del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales – FONIE, para el fi nanciamiento de la ejecución de treinta y ocho (38) proyectos de inversión pública de saneamiento rural, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catoria; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de NOVENTA MILLONES QUINIENTOS VEINTISEIS MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 526 120,00), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de diversos Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento de treinta y ocho (38) proyectos de inversión pública de saneamiento rural, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PRODUCTO 3.000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5.001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 90 526 120,00 =========== TOTAL EGRESOS 90 526 120,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados