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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (24/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Jueves 24 de abril de 2014 521471 de elaboración, aprobación o modifi cación de su CAP, ejecutarán progresivamente actividades orientadas a impulsar el proceso de modernización de la gestión pública, de conformidad, entre otros, al siguiente criterio: realizar una adecuada clasifi cación y califi cación de sus órganos y sus funciones, así como de sus cargos y sus requisitos, evaluando de forma permanente su actualización; Que, por su parte, el artículo 9 de los citados Lineamientos establece que los cargos contenidos en el CAP son clasifi cados y aprobados por la propia Entidad y adicionalmente señala que la clasifi cación de cargos debe contar con los requisitos de los cargos y se realiza de conformidad con la normativa vigente; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS establece el marco legal de los actos de ejecución coactiva que corresponde a todas las entidades de la Administración Pública. Asimismo, constituye el marco legal que garantiza a los obligados el desarrollo de un debido proceso coactivo; Que, dicho marco normativo establece que el ejecutor coactivo es el funcionario responsable del procedimiento de ejecución coactiva. Asimismo establece en su artículo 3 que el ejecutor es el titular del procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la obligación, siendo su cargo indelegable; Que, por su parte el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 aprobado por Decreto Supremo Nº 069-2003-EF establece en su artículo 15 que la Resolución de Ejecución Coactiva, deberá contener, bajo sanción de nulidad, entre otros requisitos, la suscripción del Ejecutor y el Auxiliar respectivo; Que, de conformidad a lo señalado en los informes de Vistos, resulta necesario se incorpore el cargo de Ejecutor Coactivo en el Manual de Clasifi cación de Cargos en cumplimiento de la normativa de la materia, emitiéndose para tal efecto el acto de administración correspondiente; Con la visación de la Secretaría General, de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública”, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 069-2003-EF; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial Nº 343- 2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modifi cación del Manual de Clasifi cación de Cargos del Ministerio de la Producción aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 373-2012-PRODUCE, de conformidad a lo señalado en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción ANEXO Nº 01 MODIFICACIÓN DEL MANUAL DE CLASIFICACIÓN DE CARGOS • Incorporar el cargo de Ejecutor Coactivo, como se indica en el cuadro siguiente: Nº G.O Nombre del Cargo Función Básica Perfi l Mínimo del Cargo Formación Conocimientos Técnicos Experiencia 18 DS Ejecutor Coactivo Las funciones del Ejecutor Coactivo se encuentran contempladas en el TUO de la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS. Los requisitos están contempladas en el TUO de la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS. 1075717-2 Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2014-PRODUCE Lima, 22 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 343-2012- PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de la Producción; Que, con Resolución Ministerial Nº 374-2012- PRODUCE se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Producción, mediante Resolución Ministerial Nº 036-2014-PRODUCE se aprobó su actualización y con Resolución Ministerial Nº 098-2014- PRODUCE se aprobó el reordenamiento de los cargos contenidos en el CAP; Que, de conformidad con el artículo 4 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el CAP es el documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente, prevista en su Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 13 de los mencionados Lineamientos, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para la Asignación de Personal – CAP que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP, pudiendo aprobarse el reordenamiento de cargos mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, en ese sentido resulta necesario la eliminación del cargo de Director de la Ofi cina de Ejecución Coactiva y crear el cargo de Ejecutor Coactivo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 069-2003, en tal sentido resulta se emite el acto de administración correspondiente; Con la visación de la Secretaría General, de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública”, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 069-2003-EF; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Producción, conforme al Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, y su Anexo Nº 01 en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1075717-3