Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2014 (04/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Lunes 4 de agosto de 2014

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en mencion se encuentran sujetos a los deberes y obligaciones que emanen de dicho regimen. Articulo Segundo.- Disponer la inscripcion de la Carga Tecnica Registral respecto del predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 842 - C, Miraflores, inscrito en la Partida Electronica Nº 41686073, consistente en el cumplimiento de las limitaciones y restricciones referidas a la demolicion, ampliacion y/o remodelacion de las areas intangibles del predio, asi como el deber de mantenerlo en buen estado de manera permanente, segun lo dispuesto en el articulo tercero de la Resolucion de Subgerencia Nº 030-2014SGCA-GDUMA/MM de fecha 06 de marzo de 2014. Articulo Tercero.- Disponer que las propietarias del predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº Nº 842 - C, Miraflores, lleven a cabo las acciones necesarias para la puesta en valor del mismo, de conformidad con la disposiciones de la Ordenanza Nº 387/MM y de la Ordenanza Nº 401/MM, comprometiendose a proteger el estado fisico del predio una vez restaurado y mantenido su estado original, en estricto cumplimiento de las recomendaciones comprendidas en el Informe Tecnico Nº 284-2014-SGCA-GDUMA/MM, que obra en el Expediente Nº 7899-2013. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicacion del mismo en el MORDAZA Institucional (www.miraflores.gob.pe), en la misma fecha de su publicacion oficial. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1118098-1

EL MORDAZA DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, acorde con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la autonomia que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, con la Ordenanza Nº 387/MM se constituye y regula las Microzonas de Valor Urbanisticos y Ejes de Aprovechamiento del Potencial de Desarrollo MORDAZA en el distrito de Miraflores; asimismo, con la Ordenanza Nº 401/MM se emiten las disposiciones que regulan la aplicacion de la Ordenanza Nº 387/MM, desarrollandose, entre otros aspectos, el procedimiento para acogerse a los beneficios que dichos dispositivos establecen. En tal sentido, con las ordenanzas referidas se busca orientar la composicion arquitectonica de las edificaciones, proteger la arquitectura de valor representativo, preservando los predios que constituyen patrimonio cultural o aquellos que no siendolo, poseen un valor urbanistico en su conjunto, como mecanismo de preservacion de la identidad distrital; Que, a traves del Expediente Nº 7899-2013, ingresado el 09 de octubre de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz, solicitan su acogimiento libre y voluntariamente a los alcances de las citadas ordenanzas, con relacion al predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 842 - C, Miraflores; Que, se programaron las inspecciones a las que se hace mencion en el articulo 4 de la Ordenanza N° 401/ MM, luego de las cuales se emitio Informe Tecnico N° 2842014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 17 de febrero de 2014, que obra en el folio setenta y seis (76) y siguientes de los actuados, mediante el cual se efectua el diagnostico del predio ubicado en Av. 28 de MORDAZA Nº 842 - C, Miraflores, que contiene la determinacion de las areas o zonas del predio con valor urbanistico que deberan mantenerse intangibles, el estado de conservacion de las mismas, las recomendaciones a considerar para las obras a realizarse y los derechos edificatorios a transferir; Que, conforme se aprecia en el expediente MORDAZA citado y de acuerdo a la verificacion realizada por la unidad organica competente, los administrados cumplieron con acompanar los requisitos que se exigen para la emision del Certificado de Derechos Edificatorios al que hacen referencia las disposiciones de las Ordenanzas N° 387/ MM y Nº 401/MM, conforme se desprende del Informe Legal N° 433-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de octubre de 2013, emitido por la Subgerencia de Catastro; Que, en merito de lo indicado y acorde a lo establecido en el articulo 6 de la Ordenanza N° 401/MM, la Subgerencia de Catastro emitio la Resolucion de Subgerencia N° 0302014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 06 de marzo de 2014, que declara procedente la solicitud presentada por los administrados; correspondiendo emitir el decreto de alcaldia, en cumplimiento de lo senalado en el articulo 18 de la ordenanza citada, a fin que constituya el documento con el que se dispone la limitacion o restriccion de demoler, ampliar y/o remodelar el predio ubicado en Av. 28 de MORDAZA Nº 842 - C, Miraflores, de modo que dicho decreto de alcaldia y demas actos vinculados MORDAZA inscritos en la Partida N° 41686073 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - Sede Lima; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 20, numeral 6, y el articulo 42 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Declarar que el predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 842 - C, Miraflores, se encuentra sometido al regimen especial de conservacion establecido en la Ordenanza Nº 387/MM y Ordenanza Nº 401/MM, conforme a lo dispuesto en la Resolucion de Subgerencia Nº 030-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 06 de marzo de 2014; consecuentemente, los propietarios del predio

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Prorrogan vigencia del beneficio para el pago de deudas tributarias y no tributarias, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2014
DECRETO DE ALCALDIA Nº 13-2014-MPC-AL Callao, 31 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de junio del 2014, se establece un regimen de beneficios que incentiven el pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto de Alcabala, arbitrios municipales, multas tributarias, multas administrativas, asi como aquellas deudas que se encuentren acogidas a fraccionamientos tributarios y/o sanciones administrativas y que se encuentren vencidos durante la vigencia de dicha Ordenanza, teniendo como fecha de culminacion del beneficio el 31 de MORDAZA del 2014; Que, la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza Municipal Nº 014-2014, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicacion de lo dispuesto en dicha Ordenanza, asi como para disponer la prorroga correspondiente, de ser necesario; Que, se ha verificado que existe un considerable numero de contribuyentes con la intencion de acogerse a los beneficios otorgados mediante la citada Ordenanza

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