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El Peruano Lunes 4 de agosto de 2014 529314 Municipal, por lo que resulta conveniente prorrogar su vigencia hasta el 29 de agosto del 2014; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar la vigencia del benefi cio para el pago de deudas tributarias y no tributarias, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 014-2014, hasta el 29 de agosto del 2014. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1117766-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 012-2014, que establece diversos beneficios a favor de contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 14-2014-MPC-AL Callao, 31 de julio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 9 de junio del 2014, se aprobó la exoneración del 50% del derecho de pago de la tasa de Licencia de Funcionamiento Municipal, de la autorización para la ubicación de anuncios publicitarios y colocación de toldos, asimismo, en los artículos 7° y 8° de la citada Ordenanza se exonera del 100% de la multa administrativa derivada de la notifi cación por la infracción por carecer de licencia de funcionamiento municipal y del derecho de pago por levantamiento de clausura; Que, el artículo 12° de la acotada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicación del referido dispositivo normativo, así como para disponer la prórroga correspondiente, de ser necesario; Que, se ha verifi cado que existen requerimientos y solicitudes realizadas por diversos representantes de Asociaciones de Comerciantes, Micro y Pequeños Empresarios del Callao, quienes desean acogerse a los benefi cios otorgados mediante la Ordenanza Municipal Nº 012-2014, por lo que resulta conveniente prorrogar su vigencia por treinta (30) días hábiles; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 012-2014, que aprueba la exoneración del cincuenta por ciento (50%) del derecho de pago de la tasa de licencia de funcionamiento municipal y de la autorización para la ubicación de anuncios publicitarios y colocación de toldos, asimismo, el ciento por ciento (100%) de la multa administrativa derivada de una notifi cación de infracción por carecer de licencia de funcionamiento municipal y del derecho de pago por levantamiento de clausura, por treinta (30) días hábiles. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1117768-1 Disponen celebración del II Matrimonio Civil Comunitario 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 15-2014-MPC-AL Callao, 31 de julio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Vistos: el Informe Nº 028-2014-MPC-GGSSC-GRC de fecha 9 de junio de 2014, de la Gerencia de Registros Civiles y el Memorando Nº 270-2014-MPC-GGSSC de fecha 17 de junio de 2014, de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de visto la Gerencia de Registros Civiles y la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales proponen la realización del II Matrimonio Civil Comunitario 2014, teniendo en cuenta que debido a la situación económica que atraviesa el país, muchas parejas domiciliadas en la Provincia Constitucional del Callao, no pueden asumir el costo de un matrimonio privado, sin embargo desean formalizar su unión de hecho; Que, es política de esta Comuna fortalecer la institución familiar promoviendo la formalización de las uniones de hecho y otorgando facilidades a las parejas para la celebración del matrimonio civil; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2014 del 17 de julio del 2014, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dispuesto la exoneración del pago de derechos administrativos por concepto de trámite matrimonial, examen pre nupcial y dispensa de publicación de Edicto a los contrayentes que participen del II Matrimonio Civil Comunitario 2014, programado para el mes de agosto del presente año; Estando a lo expuesto, con la visación de la Gerencia de Registros Civiles, Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación y Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer, la celebración del II Matrimonio Civil Comunitario 2014, para el día 29 de agosto de 2014, exonerando a los contrayentes del pago de derechos administrativos por concepto de trámite matrimonial, examen pre-nupcial y dispensa de publicación de Edicto. Artículo Segundo.- Establecer como únicos requisitos para participar en el Matrimonio Civil Comunitario, los siguientes: - Partida de nacimiento original y actualizada de los contrayentes. - D.N.I. vigente de los contrayentes en original y fotocopia. - D.N.I. vigente de dos testigos en original y fotocopia (no familiares). - Declaración jurada del estado civil de los contrayentes. - Declaración jurada del domicilio de los contrayentes. - Examen Médico pre nupcial que se realizará en la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y a la Gerencia de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1117769-1