Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2014 (04/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Lunes 4 de agosto de 2014

529301
Andahuaylas; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 0001-2014-JEE-ANDAHUAYLAS/JNE, de fecha 9 de MORDAZA de 2014, emitida por el referido organo electoral, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos presentada para el Concejo Distrital de Huancarama, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. Articulo Segundo.- DISPONER que el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas continue con el tramite correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1118237-3

Organizaciones Politicas, aprobado por Resolucion Nº 01232012-JNE, de fecha 5 de marzo de 2012, sostiene que "se entiende que, ademas de los ciudadanos que suscriben la ficha de afiliacion a una organizacion politica, tambien lo son los directivos, representantes legales, apoderado, personeros legales y tecnicos, tesorero, y los miembros de sus comites". Analisis del caso concreto 7. Como se ha senalado en los antecedentes de la presente resolucion, con fecha 7 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento ante el JEE la solicitud de inscripcion de lista de candidatos de la organizacion politica Peru Posible. Asi, mediante Resolucion Nº 00012014-JEE-ANDAHUAYLAS/JNE, de fecha 9 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro improcedente la mencionada solicitud de inscripcion de lista, debido a que la persona que suscribe y presento la misma, carecia de legitimidad para hacerlo. 8. Ahora bien, de la revision de autos se advierte que, con fecha 1 de MORDAZA de 2014 (fojas 104), Dioscrider MORDAZA Coz MORDAZA, personero legal alterno inscrito en el ROP de la referida organizacion politica, genero en el sistema PECAOE la solicitud de acreditacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal titular, cumpliendo asi con el tramite previo del procedimiento de acreditacion de personeros. Dicha solicitud de acreditacion de personero legal titular fue presentada ante el JEE, con fecha 14 de MORDAZA de 2014 (fojas 104), resolviendose tenerlo por acreditado como tal, mediante Resolucion Nº 0001-2014JEE-ANDAHUAYLAS/JNE, de fecha 14 de MORDAZA de 2014, recaida en el Expediente Nº 00228-2014-013. 9. Atendiendo a que, en el caso de autos, el JEE, mediante Resolucion Nº 0001-2014-JEE-ANDAHUAYLAS/ JNE (recaida en el Expediente Nº 00228-2014-013), de fecha 14 de MORDAZA de 2014, ha resuelto tener por acreditado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal titular de la organizacion politica Peru Posible, en virtud de los principios de economia y celeridad procesal, se debio tener por subsanada tal omision. En ese contexto, este organo colegiado exhorta al personero legal alterno, inscrito en el ROP de la mencionada agrupacion politica, para que, en lo sucesivo, actue con mayor diligencia, debiendo cumplir con presentar, en su oportunidad, ante el respectivo JEE, la solicitud de acreditacion de sus personeros. 10. Sin embargo, en el caso particular de autos, debe considerarse que si bien existe una observacion respecto de la condicion de afiliacion vigente al Partido Aprista Peruano de MORDAZA MORDAZA MORDAZA resaltada por el JEE, esta no es acorde a los parametros para ser considerado personero, segun el Reglamento para la acreditacion de personeros, ya que la afiliacion no constituye un requisito expreso para adquirir la condicion de personero, en observancia de su articulo 8, cuyo tenor es el siguiente: "Para ser acreditado ante un JEE como personero de una organizacion politica debe tenerse MORDAZA el derecho de sufragio, debiendo contar con DNI. Los extranjeros pueden ser acreditados como personeros unicamente en elecciones municipales, siempre que cuenten con el documento de acreditacion electoral expedido por el Reniec. "Para ser acreditado como personero legal de una organizacion politica ante un JEE no se requiere tener la condicion de abogado. En ese caso, los medios impugnatorios que presente deberan ir suscritos con la firma de abogado habil. Si el personero legal fuera abogado, y decidiera asumir la defensa legal de la organizacion politica o presente recursos o medios impugnatorios, bastara con que los suscriba una sola vez, debiendo identificarse expresamente como personero legal y como abogado habil." Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Shuna, personero legal alterno de la organizacion politica Peru Posible, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de

Revocan resolucion emitida por el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos presentada para el Concejo Distrital de Macari, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 727-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00917 MACARI - MORDAZA - MORDAZA JEE SAN MORDAZA (EXPEDIENTE Nº 000173-2014085) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, veintidos de MORDAZA de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular inscrito ante el Registro de Organizaciones Politicas, y MORDAZA MORDAZA Morocco Hualla, personero legal titular acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA, por la organizacion politica Movimiento al Socialismo y MORDAZA, en contra de la Resolucion Nº 01-2014-JEE SAN ROMAN/JNE, de fecha 10 de MORDAZA de 2014, emitida por el referido organo electoral, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos presentada para el Concejo Distrital de Macari, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES Sobre el procedimiento de inscripcion de la lista de candidatos Con fecha 7 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA Morocco Hualla presento ante el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA (en adelante JEE), la solicitud de inscripcion de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Macari, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, a efectos de participar en las elecciones municipales de 2014 (fojas 126 a 127). Mediante Resolucion Nº 01-2014-JEE SAN ROMAN/ JNE (fojas 119 a 120), de fecha 10 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro improcedente la solicitud de inscripcion MORDAZA referida debido a que MORDAZA MORDAZA Morocco Hualla, quien suscribio y presento la referida solicitud, carecia de legitimidad para obrar, en tanto no se encontraba inscrito como personero legal titular o alterno en el Registro de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.