Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2014 (27/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Miercoles 27 de agosto de 2014

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con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 1 475 025,00, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento Administracion General, Programa Presupuestal 0108. Mejoramiento Integral de MORDAZA, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001253: Transferencia de Recursos para la Ejecucion de Proyectos de Inversion, en la Generica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, para el financiamiento de cuatro (04) proyectos para intervenciones especiales de mejoramiento barrial; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 0042012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, y la Resolucion Ministerial N° 0222013-VIVIENDA y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar al Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB, a realizar intervenciones especiales de mejoramiento MORDAZA, a traves de los proyectos de inversion publica descritos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, estando sujetos a la disponibilidad presupuestal. Articulo 2.- Los proyectos de inversion publica, debidamente identificados en el Anexo de la presente Resolucion, seran financiados hasta el 100% del costo de los mismos. Articulo 3.- Encargar a la Oficina General de Estadistica e Informatica, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial y el Anexo que forma parte integrante de la misma en la pagina web del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales asi como la gestion de los recursos del Sector; Que, por articulo 2 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014, Dictan medidas extraordinarias y urgentes adicionales en materia economica y financiera para estimular la economia nacional, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, hasta el dia 01 de setiembre de 2014, a aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a su presupuesto institucional, a fin de financiar proyectos de inversion publica; disponiendose tambien, que dichas modificaciones presupuestarias se sujetan a las condiciones, formalidades, procedimientos y mecanismos establecidos en el articulo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, debiendose emitir el correspondiente Decreto Supremo hasta la fecha MORDAZA mencionada; Que, con Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 001-2013VIVIENDA, se crea el Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el proposito de contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion MORDAZA residente en MORDAZA urbano-marginales, mediante la actuacion coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, las Municipalidades y la Comunidad Barrial; Que, el numeral 3.2 del articulo 3 del Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA dispone que, por excepcion, aprobada en MORDAZA expresa, se podran realizar intervenciones especiales de manera directa en MORDAZA urbano-marginales, segun los requisitos y las condiciones que se establezcan en el Manual de Operaciones; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 022-2013VIVIENDA, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB, el mismo que ha sido modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 149-2013-VIVIENDA y N° 159-2014VIVIENDA, el cual preve en el articulo 7 que, por excepcion aprobada en MORDAZA expresa se podran realizar intervenciones especiales de manera directa en MORDAZA urbano-marginales, ubicados en territorios afectados por fenomenos naturales, motivaciones sociales o caracterizados por altos niveles de pobreza; Que, asimismo, el numeral 39.7 del articulo 39 del Manual de Operaciones del PMIB preve que, en el caso de las intervenciones especiales a que se refiere el ultimo parrafo del articulo 7 del citado Manual, de manera excepcional, se podra autorizar mediante Resolucion Ministerial, el financiamiento de hasta el 100% del costo de las intervenciones de mejoramiento MORDAZA, en tanto no comprendan el acompanamiento social e institucional; en consecuencia, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento podra financiar intervenciones especiales por montos mayores a lo establecido en el MORDAZA parrafo del numeral 39.3 del citado articulo; cabe senalar, que la aplicacion del MORDAZA parrafo del numeral 39.7 se encuentra exceptuada del tope de hasta el 20%, del uso de los recursos asignados al PMIB, senalado en el primer parrafo del numeral 39.7; Que, con el Informe N° 136-2014-VIVIENDA/VMVUPMIB, la Direccion Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA, propone el financiamiento de cuatro (04) Proyectos de Inversion Publica (PIP), especificamente de la obra, en el MORDAZA de la excepcion referida a realizar intervenciones especiales de manera directa en MORDAZA Urbanos Marginales - BUM ubicados en territorios caracterizados por altos niveles de pobreza, a fin de mejorar sus condiciones fisicas y socioeconomicas, dada la condicion de extrema pobreza; para los cuales se ha considerado el financiamiento de hasta el 100% del costo de las intervenciones de mejoramiento MORDAZA, en tanto no comprenden el acompanamiento social e institucional; Que, en consecuencia, es necesario aprobar las intervenciones especiales propuestas por el PMIB, en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo N° 0042012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, lo que coadyuvara a mejorar de manera significativa y sostenible el desarrollo social que contribuye a cerrar las brechas de desigualdad, generando condiciones de crecimiento economico y de prosperidad social; Que, por Memorando Nº 547-2014/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto manifiesta, que su Oficina de Presupuesto ha efectuado la evaluacion presupuestaria, estableciendo que se cuenta

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Amplian Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el ano 2014 efectuada mediante R.M. N° 015-2014VIVIENDA y modifican valor MORDAZA de la Vivienda de Interes Social en los Reglamentos Operativos para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2014-VIVIENDA
MORDAZA, 26 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional ­ BFH, como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que se otorga en los ambitos MORDAZA y rural, por una sola vez al grupo familiar beneficiario, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisicion, construccion en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interes social; Que, con Resolucion Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se declaro de utilidad publica, la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio, con el objetivo de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna; asi como, estimular la participacion del sector privado en la construccion masiva de viviendas de interes social; Que, el numeral 18.1 del articulo 18 del Reglamento Operativo para Acceder al MORDAZA Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado por Resolucion Ministerial N° 102-2012-VIVIENDA, dispone que los Grupos Familiares postularan al MORDAZA Familiar Habitacional - BFH previo MORDAZA de Convocatoria

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