Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2014 (29/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Que, con Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modi cado por el Decreto Supremo N° 001-2013VIVIENDA, se crea el Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA ­ PMIB en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el proposito de contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion MORDAZA residente en MORDAZA urbano-marginales, mediante la actuacion coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, las Municipalidades y la Comunidad Barrial; Que, el numeral 3.2 del articulo 3 del Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA dispone que, por excepcion, aprobada en MORDAZA expresa, se podran realizar intervenciones especiales de manera directa en MORDAZA urbano-marginales, segun los requisitos y las condiciones que se establezcan en el Manual de Operaciones del citado Programa; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 022-2013VIVIENDA, se aprueba el Manual de Operaciones del PMIB, el mismo que ha sido modi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 149-2013-VIVIENDA y N° 159-2014-VIVIENDA, el cual preve en el articulo 7 que, por excepcion aprobada en MORDAZA expresa se podran realizar intervenciones especiales de manera directa en MORDAZA urbano-marginales, ubicados en territorios afectados por fenomenos naturales, motivaciones sociales o caracterizados por altos niveles de pobreza; Que, asimismo, el numeral 39.7 del articulo 39 del Manual de Operaciones del PMIB preve que, en el caso de las intervenciones especiales a que se re MORDAZA el ultimo parrafo del articulo 7 del citado Manual, de manera excepcional, se podra autorizar mediante Resolucion Ministerial, el nanciamiento de hasta el 100% del costo de las intervenciones de mejoramiento MORDAZA, en tanto no comprendan el acompanamiento social e institucional; en consecuencia, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento podra nanciar intervenciones especiales por montos mayores a lo establecido en el MORDAZA parrafo del numeral 39.3 del citado articulo; cabe senalar, que la aplicacion del MORDAZA parrafo del numeral 39.7 se encuentra exceptuada del tope de hasta el 20%, del uso de los recursos asignados al PMIB, senalado en el primer parrafo del numeral 39.7; Que, con el Informe N° 146-2014-VIVIENDA/VMVUPMIB, la Direccion Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA, propone el nanciamiento de cuatro (04) Proyectos de Inversion Publica (PIP), especi camente de la obra, en el MORDAZA de la excepcion referida a realizar intervenciones especiales de manera directa en MORDAZA Urbanos Marginales - BUM ubicados en territorios caracterizados por altos niveles de pobreza, a n de mejorar sus condiciones fisicas y socioeconomicas, dada la condicion de extrema pobreza; considerandose en el caso de dos (02) Proyectos de Inversion Publica (PIP), el nanciamiento de hasta el 100% del costo de las intervenciones de mejoramiento MORDAZA, en tanto no comprenden el acompanamiento social e institucional; Que, en consecuencia, es necesario aprobar las intervenciones especiales propuestas por el PMIB, en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo N° 0042012-VIVIENDA, modi cado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, lo que coadyuvara a mejorar de manera signi cativa y sostenible el desarrollo social que contribuye a cerrar las brechas de desigualdad, generando condiciones de crecimiento economico y de prosperidad social; Que, por Memorando Nº 660-2014/VIVIENDA-OGPP, la O cina General de Planeamiento y Presupuesto informa al PMIB, que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 9 465 957,00 Nuevos Soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - Administracion General, Programa Presupuestal 0108. Mejoramiento Integral de MORDAZA, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001253: Transferencia de Recursos para la Ejecucion de Proyectos de Inversion, Generica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, para el nanciamiento de la transferencia de recursos destinados a la ejecucion de cuatro (04) proyectos para intervenciones especiales de mejoramiento barrial; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo N°

El Peruano Viernes 29 de agosto de 2014

004-2012-VIVIENDA, modi cado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, y la Resolucion Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA y sus modi catorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar al Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB, a realizar intervenciones especiales de mejoramiento MORDAZA, a traves de los proyectos de inversion publica descritos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, estando sujetos a la disponibilidad presupuestal. Articulo 2.- Los proyectos de inversion publica, debidamente identi cados con los items 3 y 4 del Anexo de la presente Resolucion, seran nanciados hasta el 100% del costo de los mismos. Articulo 3.- Encargar a la O cina General de Estadistica e Informatica, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial y el Anexo que forma parte integrante de la misma en la pagina web del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1129937-1

Convocan a participar en la Primera Convocatoria del MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos para el ano 2014, a la poblacion del distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 294-2014-VIVIENDA MORDAZA, 28 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 9 de la Ley Nº 30191, Ley que establece medidas para la Prevencion, Mitigacion y Adecuada Preparacion para la Respuesta ante Situaciones de Desastre; se creo el MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS, para la reduccion de la vulnerabilidad de los efectos de eventos sismicos, a favor de los hogares en situacion de pobreza, sin cargo a restitucion por parte de estos, destinado exclusivamente a intervenciones de reforzamiento estructural de las viviendas de dicha poblacion, que se encuentran ubicadas en suelo vulnerable al riesgo sismico o que hubieran sido construidas en condiciones de fragilidad; Que, el citado articulo establece que el MVCS identi cara y determinara las zonas a ser intervenidas y el Sistema de Focalizacion de Hogares - SISFOH determinara a los potenciales bene ciarios; precisando que, en caso los bene ciarios no cuenten con la clasi cacion socioeconomica respectiva, la Unidad Central de Focalizacion del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social - MIDIS, en el plazo de veinte dias calendario, aplicara la Ficha Socioeconomica Unica por barrido en la MORDAZA identi cada por el MVCS; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 172-2014VIVIENDA se aprobo el Reglamento Operativo del MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos, en adelante el Reglamento Operativo, el cual establece el procedimiento para la identi cacion y determinacion de las zonas a intervenir; asi como, los procedimientos, requisitos y condiciones para el otorgamiento del mencionado Bono; Que, de acuerdo al Informe Nº 08-2014/VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU de fecha 20 de agosto de 2014, la Directora General de la Direccion General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, senala que de acuerdo al Estudio de Microzonificacion

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