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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (30/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 108

El Peruano Sábado 30 de agosto de 2014 531454 la realización de Matrimonio Civil Comunitario en dichas fechas. Que, mediante Informe Nº 075-2014/MPH/GSCyGA/ SGRC de fecha 30 de Julio del 2014, la Sub Gerencia de Registro Civil, emite informe justifi catorio, señalando en su exposición de motivos que, en nuestro Distrito existe un gran número de vecinos, quienes viviendo en unión de hecho, desean formalizar su situación y actualizar su estado civil contrayendo matrimonio, pero por razones de limitaciones económicas en que se encuentran, no pueden acceder a una celebración particular, por lo que resulta necesario la realización del Matrimonio Civil Comunitario a fi n de brindar las facilidades económicas a los contrayentes, evento que deberá desarrollarse dentro del marco celebratorio por el CXXIV Aniversario de la Creación Política del Distrito de Huaral, en conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MPH de fecha 09 de Mayo del 2011, donde se institucionaliza las Celebraciones del Matrimonio Civil Comunitario en las fechas conmemorativas de Aniversario de la Creación Política de Huaral como Provincia y Distrito en los meses de Mayo y Octubre; y por tratarse de un evento en aras de facilitar a los vecinos que deseen regularizar su unión de hecho, es oportuno que se dispense de la Publicación del Edictos Matrimoniales medida que puede ser factible por encontrarse contemplado en el Artículo 252º del Código Civil. Que, mediante Memorándum Nº 0368-2014-MPH/ GPPR de fecha 13 de Agosto del 2014, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, emite opinión favorable respecto a la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2014, ya que se desarrollará en el marco de las Celebraciones por el CXXIV Aniversario de la Creación Política del Distrito de Huaral, teniendo como fi nalidad formalizar la situación de convivencia en la que se encuentran los vecinos de la provincia de Huaral y puedan realizarlo a un bajo costo dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MPH. Que, mediante Informe Nº 400-2014-MPH-GAF de fecha 18 de Agosto del 2014, la Gerencia de Administración y Finanzas brinda opinión favorable para la aprobación de la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2014, a realizarse dentro del marco de las Celebraciones por el CXXIV Aniversario de la Creación Política del Distrito de Huaral, a llevarse a cabo el día 25 de Octubre del 2014, a Horas 11:00 a.m., sito en la Plaza de Armas de Huaral. Que, a través del Informe Nº 0807-2014-MPH-GAJ de fecha 18 de Agosto del 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de la expedición del Decreto de Alcaldía, respecto a la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario – Octubre 2014, dentro del marco de las Celebraciones por el CXXIV Aniversario de la Creación Política del Distrito de Huaral; en tal sentido se deberá expedir dicho acto administrativo. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) y 16) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2014 a realizarse dentro del marco de Celebraciones por el CXXIV Aniversario de la Creación Política del Distrito de Huaral, a llevarse a cabo el día 25 de Octubre del 2014, a horas 11:00 a.m. sito en la Plaza de Armas de Huaral. Artículo Segundo.- DETERMINAR el derecho de apertura de expediente matrimonial por el monto de S/. 45.00 (Cuarenta y cinco con 00/100 nuevos soles). Artículo Tercero.- ESTABLECER como fecha de cese de inscripciones el día 23 de Octubre del 2014. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental a través de la Sub Gerencia de Registro Civil, Gerencia de Desarrollo Social y Económico, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y Sub Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- DISPENSAR de la publicación de los edictos de Ley. Artículo Sexto.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, Unidad Orgánica Dependiente de la Gerencia Municipal, la Publicación del presente Decreto de Alcaldía en la Página Web Institucional (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 1129836-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN