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El Peruano Sábado 30 de agosto de 2014 531443 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 178/MVMT, que dispone Benefi cios Tributarios y no Tributarios en la jurisdicción del distrito, hasta el 30 de setiembre del 2014. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa y Control Municipal, Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos, Sub Gerencia de Comunicación e Imagen Institucional y demás unidades orgánicas competentes de esta Corporación Municipal, el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SILVIA BARRERA VÁSQUEZ Alcaldesa 1131029-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Aprueban Plan Regulador de Rutas del Servicio de Transporte de Pasajeros para la provincia de Barranca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2014-AL/CPB EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTOS: En Sesión Extraordinaria del Concejo, de fecha 07 de agosto del 2014, en la estación Orden del Día, sobre la aprobación del Plan Regulador de Rutas del Servicio de Transporte de Pasajeros para la Provincia de Barranca, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 81º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Las municipalidades provinciales tienen función exclusiva de Normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano. Que, conforme lo dispuesto por el artículo 172º, de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Las Municipalidades Provinciales, en su respectiva jurisdicción y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales, tienen competencias en materia de transporte y tránsito terrestre; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 022-2011-AL/ CPB, publicado en el diario el peruano en fecha 13 de Agosto del 2011, se aprueba el Plan Regulador de Ruta de Servicio Público de Transporte Regular de personas de Barranca 2011-2016; el cual sufrió una serie de modifi caciones mediante Acuerdos, realizados en el año 2011; Que, mediante Informe Nº 035-2013-SGRA/ GTSV-MBA, de fecha 01/02/2013, la Sub Gerencia de Recaudación y Autorización, remite relación de rutas que no se encuentran acorde al Plan Regulador de Rutas aprobado, siendo estas las siguientes: 1. Cinco (5) Empresas que se encuentran circulando sin autorización de rutas (informales) y están solicitando incluirlos al Plan Regulador de Rutas. 2. Diecisiete (17) Empresas que han modifi cado su ruta establecida en el Plan Regulador de Rutas mediante actas. 3. Tres (3) Empresas que han solicitado ampliación de Ruta, por lo que solicitan modifi cación del Plan Regulador de Rutas. 4. Cuatro (4) rutas que no han sido consideradas en el Plan regulador de Rutas, existiendo expedientes de los vecinos que piden que el transporte público llegue a su zona. 5. Tres (3) Empresas que ya no utilizan la ruta autorizada. 6. Dos (2) Empresas que tienen doble ruta para el servicio publico 7. Dos (2) Empresas que tienen doble servicio en la misma ruta. 8. Nueve (9) rutas al que no se considerado el total de fl ota vigente a aprobación del PRR (se le disminuyo la fl ota en el PRR. 9. Una (1) ruta que no se encuentra servida. 10. Dos (2) rutas que no han sido consideradas en el PRR y las empresas antiguas estaban operando antes que se apruebe el PRR. a. Ruta: San Nicolás - Caral……..…… Empresa María Magdalena b. Ruta: Supe - Caral…………......…… Empresa Cabito Turismo Caral Que, mediante Informe Nº 015-2013-GTYSV/JTL- MPB, de fecha 21 de febrero del 2013, la Gerencia de transporte y Seguridad Vial, Observa que, existen 46 rutas con problemas, los cuales han solicitado modifi cación en el Plan Regulador de Rutas, por lo que, se hace necesario dar atención a los expedientes presentados, y sanear el Plan Regulador de Rutas de ser necesario para su ejecución; por lo que, recomienda a la Gerencia de Administración la contratación de Ingeniero de Transporte, para que evaluara los casos expuestos y se sanee legalmente y técnicamente, el Plan regulador de Rutas del Servicio Público de Transporte de pasajeros en la Provincia de Barranca. Que, en fecha 11 de setiembre del 2013, con expediente ROF. 4700-2013, el Ingeniero de Transporte contratado presenta el trabajo culminado respecto a la Modifi cación del Plan Regulador de Ruta de Servicio Público de Transporte Regular de personas y/o pasajeros en la Provincia de Barranca 2011-2016. Que, mediante el expediente RV. 1134-2013, de fecha 17 de diciembre del 2013, los representantes de la ORDET -Barranca, presentan la contra Propuesta de modifi cación al proyecto presentado por el Ingeniero de transporte respecto a la modifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 022-2011-AL/CPB; que aprueba el Plan Regulador de Ruta de Servicio Público de Transporte Regular de personas y/o pasajeros en la Provincia de Barranca 2011-2016. Que, en mérito al expediente señalado en el párrafo que antecede, la Comisión de Transporte, conjuntamente con la ORDET, la ASETAC, FEMOPROBA y la Gerencia de Transporte, ha llevado reuniones continuas desde el mes de Diciembre del 2013 hasta el 14 de julio del 2014; con el fi n de evaluar las propuestas presentadas de modifi cación de la Ordenanza Nº 022-2011-AL/CPB, que aprueba el Plan Regulador de Ruta de Servicio Público de Transporte Regular de personas y/o pasajeros de Barranca 2011- 2016; levantando diariamente las observaciones hechas por los transportistas, conforme la normatividad vigente de transporte, el cual ha sido evaluado y sustentado por el especialista contratado; Que, mediante el Informe Nº 041-2014-GTYSV/ JTL-MPB, de fecha 21 de julio de 2014, la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, eleva el Proyecto de Ordenanza del PLAN REGULADOR DE RUTAS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS PARA LA PROVINCIA DE BARRANCA que modifi ca y actualiza la Ordenanza Municipal Nº 022-202011-AL/CPB, el cual se ha elaborado teniendo en cuenta la realidad de los transportistas de la provincia de Barranca, y cuenta con (2) Tomos, siendo estos los siguientes: - I TOMO: INFORME CONSOLIDADO: consta de 76 página las cuales están divididas estructuralmente en: