Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2014 (30/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano Sabado 30 de agosto de 2014

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de la licencia de edificacion no sea el propietario del predio. 3. Si el solicitante en una persona juridica se acompanara la respectiva constitucion de la empresa y MORDAZA literal del poder expedidos por el registro de personas juridicas, vigente al momento de MORDAZA de los documentos. 4. Memoria Descriptiva.- Informe de ubicacion, forma, area, medidas, estado de terminacion y de conservacion del predio en tramite; firmado por el profesional constatador responsable de la edificacion. 5. Carta de Seguridad de Obra.- Documento que debe ser firmado y MORDAZA por un Ingeniero Civil colegiado y Habilitado, que actua como constatador. 6. Documento que acredite la fecha de ejecucion de la obra. 7. Declaracion Jurada de Habilitacion Profesional.Declaracion Jurada simple de estar habilitado por el colegio profesional respectivo. 8. Juego de Planos.- Plano de Ubicacion y Localizacion (con cuadro comparativo de areas, secciones de vias), Plantas (totalmente amobladas), Cortes y elevaciones a nivel de proyecto suscrito por el administrado y con firma y sello del profesional constatador responsable del proyecto. Planos de sistema de seguridad, evacuacion y senalizacion (cuando sea necesario). 9. Antecedentes de la edificacion.- Declaratoria de fabrica, conformidad de Obra, licencia de obra, de la construccion existente que no es materia de regularizacion, con sus correspondientes planos de ser el caso. 10. Presupuesto de Obra calculado en base a cuadro de valores unitarios oficiales de Edificacion (actualizado a la fecha de regularizacion para el pago de multa) 11. Comprobante de Pago por Derecho de Tramite.Recibo original efectuado ante la municipalidad distrital de MORDAZA Anita. 12. Recibo de pago al CAP y a INDECI para la revision de proyectos comprendidos en las modalidades C y D de acuerdo a la ordenanza Nº 29090 y modificatorias. 13. En el caso de demoliciones totales o parciales de edificaciones cuya fabrica se encuentre inscrita en el registro de predios se acreditara que sobre el bien no recaigan cargas y/o gravamenes, en su defecto se acreditara la autorizacion del titular de la carga o gravamen. 14. En los casos de que el predio se encuentre dentro del Regimen de Propiedad Exclusiva y propiedad comun, debera de adjuntar autorizacion de la junta de propietarios y MORDAZA del reglamento interno, el plano de independizacion correspondiente a la unidad inmobiliaria. Los predios que no cuenten con reglamento interno y su respectiva junta de propietarios inscritos, deberan presentar el consentimiento expreso con caracter de declaracion jurada legalizado de los propietarios de las unidades de vivienda que conforman la edificacion. La propiedad debe encontrarse libre de cualquier MORDAZA judicial de copropiedad. Articulo 4º.- PROCEDIMIENTO El procedimiento administrativo para la obtencion de la Licencia de Edificacion en vias de Regularizacion establecido en la presente MORDAZA, podra ser promovida por la persona natural, propietaria, posesionaria o adjudicataria del predio. Para la inscripcion en los registros publicos de la Licencia de Edificacion en Regularizacion otorgada bajo los alcances de la presente ordenanza debera obtener previamente la Resolucion de Aprobacion de la Habilitacion Urbana. El procedimiento a seguir es el siguiente: 1. La MORDAZA de los requisitos se MORDAZA por plataforma de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, donde se verificaran los documentos presentados que se encuentren completos, en caso contrario de procedera segun la ley del procedimiento administrativo. 2. De encontrarse conforme los documentos presentados se procedera al calculo de los derechos previos de tramite, debiendo el administrado proceder a su abono para el respectivo ingreso oficial al registro

la correspondiente licencia de Construccion, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley Nº 29090, 29300, 29476 y 29898, el D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA y la existencia de un gran numero de edificaciones que no han logrado su Regularizacion en los plazos establecidos por las normativas anteriores (Ord. Nº 068-2011-MDSA; Ord. Nº 084/MDSA; Ord. Nº 109/MDSA, Ordenanza Nº 120/ MDSA, Ordenanza Nº 134/MDSA y Ordenanza Nº 138/ MDSA) se hace necesario permitir la regularizacion de tales edificaciones permitiendo su formalizacion, traves de esta Ordenanza procedimiento de Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Obra, otorgando mayor flexibilidad de manera temporal en cuanto a los requisitos y procedimientos que deben de seguir los propietarios, poseedores de los inmuebles dentro del Distrito de MORDAZA MORDAZA, permitiendo para ello la reduccion de multas y derechos sobre las edificaciones que se acojan a la presente ordenanza. Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º, numeral 8) y el articulo 40º de la Ley Organica de las Municipalidades, el Consejo Municipal por mayoria. Aprueba la siguiente ordenanca. PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE OBRA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- DE LOS ALCANCES Y LA VIGENCIA Los propietarios de edificaciones ubicadas en el distrito de MORDAZA MORDAZA, podran acogerse a los beneficios establecidos en la presente ordenanza que hayan ejecutado obras de ampliacion, remodelacion (culminadas y/o casco habitable) y demolicion, deben haber concluido MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, expedientes de licencias de obra pendientes de pago y multa por derecho a Regularizacion ademas los que hayan sido resueltos dentro de la vigencia de la presente MORDAZA, que cumpla con el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) y/o la presente norma. La presente ordenanza sera de aplicacion en todo el ambito de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, no es aplicable a los predios localizados en areas de reserva para la via publica aprobados por la ordenanza Nº 341-MML, a los predios ubicados en la prolongacion de vias existentes que forman parte de un tramo vial, a edificaciones que se encuentren edificadas dentro de un area destinado para reserva o servidumbre y bajo lineas de alta tension y/o predios que contravengan las normas tecnicas. Se consideran aptas para regularizar construcciones sobre terrenos que a la fecha cuenten con proyecto de Habilitacion MORDAZA aprobado o con estudios preliminares aprobados. El plazo para acogerse a los beneficios de la presente ordenanza para edificaciones vence el 31 de Diciembre del 2014. TITULO II DE LA LICENCIA DE EDIFICACION EN REGULARIZACION Articulo 2º.- ORGANOS COMPETENTES El organo competente para conocer los procedimientos normado en aspectos Administrativos y Tecnicos es la Sub Gerencia de Obras Privadas y Control MORDAZA, la que resolvera en primera instancia y la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA emitira pronunciamiento en MORDAZA instancia agotando la via administrativa. Articulo 3º.- REQUISITOS El procedimiento administrativo para la regularizacion de edificacion sin licencia se inicia con la MORDAZA de los siguientes documentos. 1. Formulario Unico de Edificaciones (FUE).Documento que debe ser visado por el propietario y por el profesional responsable del proyecto, en tres juegos con firmas originales. 2. Documento que acredite que cuenta con derecho a edificar y represente al titular en los casos que el solicitante

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