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El Peruano Sábado 6 de diciembre de 2014 539446 del 2014, emitido por el Director General de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 291-2013- J-OPE/INS, se resolvió encargar al Lic. Adm. Alberto Daniel Mendoza Gómez en el cargo de Director de Sistema Administrativo II- Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Comercialización de la Ofi cina General de Administración, Nivel F-3, del Instituto Nacional de Salud; Que, a través del Informe Nº 180-2014-DG-OGA-OPE/ INS, de fecha 12 de noviembre del 2014, emitido por el Director General de la Ofi cina General de Administración, comunica que por convenir al servicio resulta necesario dar por concluida el encargo de funciones del funcionario mencionado en el párrafo precedente, proponiendo la designación en dicho cargo al Ingeniero Felipe Antonio Ramírez Delpino; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo Nº 1057, señala que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4º de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8º de dicho Decreto Legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, resulta necesario emitir el acto resolutivo de designación, en el cargo señalado en líneas precedentes, considerando que ocupará una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal, aprobado por la Resolución Suprema Nº 042-2013-SA y que mediante la Resolución Jefatural Nº 033-2014-J-OPE/INS, se aprobó el reordenamiento del CAP, en dicho CAP el cargo mencionado se encuentra con Cod. Nº 158 y código 131 06 04 2, Clasifi cación EC del Instituto Nacional de Salud; Con la Visación del Subjefe, de la Dirección General de Administración, Asesoría Técnica y Asesoría Jurídica y de la Dirección Ejecutiva de Personal; Estando a lo establecido en el artículo 82º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, aprobada por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en la Ley 27594 Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075- 2008-PCM y sus modifi catorias; y en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo de funciones de Director de Sistema Administrativo II Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Comercialización de la Ofi cina General de Administración, del Lic. Adm. Alberto Daniel Mendoza Gómez, Nivel F-3, del Instituto Nacional de Salud, efectuada mediante la Resolución Jefatural Nº 291- 2013-J-OPE/INS, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- Designar al Ingeniero Felipe Antonio Ramírez Delpino en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Comercialización de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud. Artículo 3º.- Encárguese a la Ofi cina General de Información y Sistemas, la actualización del Directorio Institucional que aparece en la Página Web www.ins.gob. pe, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4º.- Notifi car la presente Resolución a los interesados, a la Ofi cina Ejecutiva de Personal y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BUSTAMANTE DONAYRE Jefe 1174484-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 093-2014-OS/GART Lima, 4 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3° un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las Empresas de Distribución Eléctrica, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por OSINERGMIN en que incurran dichas Empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, mediante Resoluciones OSINERGMIN N° 138-2012-OS/CD y 034-2013-OS/CD, se aprobaron las Normas “Procedimiento, Plazos, Formatos y Disposiciones Aplicables para la Implementación y Ejecución del Fondo de Inclusión Social Energético aplicable al descuento en la compra del balón de gas”, y “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante “Norma Costos FISE”), respectivamente. Esta última norma, dispone la aprobación mensual de costos administrativos y operativos del FISE e incluye los formatos en que se reporta la información pertinente. Que, las empresas distribuidoras Adinelsa, Chavimochic, Edecañete, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro Puno, Electro Sur Este, Electro Ucayali, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Electrosur, Emsemsa, Emseusac, Hidrandina, Luz del Sur, Seal y Sersa han remitido los Formatos FISE 12-A, 12-B, 12-C y 12-D conteniendo información hasta Setiembre de 2014 sobre los costos administrativos y operativos en los que han incurrido para implementar y operar el FISE, motivo por el cual, corresponde a OSINERGMIN la aprobación de dichos costos, luego de la revisión efectuada, a fi n de que se proceda a transferir del Fondo los montos aprobados a favor de las empresas distribuidoras de energía eléctrica; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 267- 2013-OS/CD, se incorporó el Artículo 8° en la Norma Costos FISE, en el cual se estableció que los costos administrativos y operativos del FISE a que se refi eren los considerandos precedentes, serían aprobados con resoluciones de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN; Que, finalmente, se ha expedido el Informe Técnico N° 600-2014-GART de la División de Distribución Eléctrica y el Informe Legal N° 057-2014-GART de