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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (06/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Sábado 6 de diciembre de 2014 539441 Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 287 105.3 293 106.5 - Total de canales: 6 - La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. - Las estaciones a instalarse en esta localidad son estaciones secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y modifi catorias. Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modifi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 1173829-1 Aprueban transferencia de autorización otorgada mediante R.VM Nº 298-2011- MTC/03, a favor de persona natural RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 736-2014-MTC/03 Lima, 26 de Noviembre del 2014 VISTA, la solicitud formulada con escrito de registro Nº 2013-063700 de fecha 21 de octubre de 2013, por el señor MARIANO EDGAR GUEVARA SOTO sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Acraquia–Ahuaycha–Daniel Hernández (Mariscal Cáceres)-Pampas, departamento de Huancavelica, a favor del señor ANTENOR ROJAS MARAVI; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 298- 2011-MTC/03 de fecha 04 de abril de 2011, notifi cada el 13 de abril de 2011, se otorgó autorización al señor MARIANO EDGAR GUEVARA SOTO, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Acraquia–Ahuaycha–Daniel Hernández (Mariscal Cáceres)-Pampas, departamento de Huancavelica, con vigencia del plazo hasta el 13 de abril de 2021; Que, mediante escrito de registro Nº 2013-063700, el señor MARIANO EDGAR GUEVARA SOTO solicitó la aprobación de la transferencia de la autorización que le fuera otorgada con Resolución Viceministerial Nº 298- 2011-MTC/03, a favor del señor ANTENOR ROJAS MARAVÍ; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, establece que los derechos otorgados para la prestación de un servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se confi gure alguna de las causales establecidas en el artículo 23º de la Ley. Asimismo, dispone que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, con el reconocimiento del nuevo titular de la autorización, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1337-2014- MTC/28 ampliado con Informe Nº 2184-2014-MTC/28 opina que corresponde aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 298-2011-MTC/03 al señor MARIANO EDGAR GUEVARA SOTO a favor del señor ANTENOR ROJAS MARAVÍ, para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Acraquia–Ahuaycha–Daniel Hernández (Mariscal Cáceres)-Pampas, departamento de Huancavelica; y, reconocer a este último como nuevo titular de dicha autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse verificado que cumple con los requisitos y condiciones establecidos en la Ley de Radio y Televisión, su Reglamento y el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor MARIANO EDGAR GUEVARA SOTO, mediante Resolución Viceministerial Nº 298-2011- MTC/03, a favor del señor ANTENOR ROJAS MARAVÍ conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, relacionados a dicha autorización. Artículo 2º.- Reconocer al señor ANTENOR ROJAS MARAVÍ, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 298-2011- MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese, RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 1173830-1 Autorizan a Condúceme Bien S.A.C. la modificación de los términos de su autorización contenida en la R.D. Nº 1146-2013-MTC/15, cambiando la ubicación de local RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4307-2014-MTC/15 Lima, 22 de octubre de 2014