Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2014 (06/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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observaciones correspondientes al escrito mencionado en el parrafo precedente, para lo cual en atencion a lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 132º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, a fin de que subsane las observaciones advertidas; Que, mediante Parte Diario Nº 180848 de fecha 07 de octubre de 2014, La Escuela, presenta la documentacion correspondiente a efectos de subsanar las observaciones precisadas en el oficio indicado en el parrafo precedente; Que, el articulo 63º de El Reglamento indica que: "Las autorizaciones concluyen por las siguientes causales: (...) c) Por renuncia de autorizacion formulada por la persona juridica autorizada, en cuyo caso surtira efectos a los sesenta (60) dias calendario de aprobada la solicitud de renuncia por la autoridad competente..."; Que, el MORDAZA parrafo del inciso d) del articulo 63º de la MORDAZA acotada precedentemente, senala que "Con excepcion del vencimiento del plazo de la autorizacion, los demas casos de conclusion de la autorizacion requieren declaracion expresa de la autoridad competente mediante Resolucion Directoral, la misma que, una vez que quede firme, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano"; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 1562014-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:

El Peruano Sabado 6 de diciembre de 2014

Articulo Primero.- Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada por la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ECI MORDAZA S.A.C., mediante la cual solicita la modificacion de los terminos de la autorizacion, otorgada mediante la R.D. Nº 1430-2010-MTC/15 de fecha 24 de MORDAZA de 2010, dando de baja a la sede ubicada en: Av. MORDAZA MORDAZA Nº 642, MORDAZA piso, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA (Oficinas Administrativas y aulas de Ensenanza Teorica) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 420 Urb. Los Parques de Chiclayo, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA (Aulas de ensenanza Teorico Practico de Mecanica); sin perjuicio de las responsabilidades, que se deriven del cumplimento de sus obligaciones provenientes de la autorizacion otorgada mediante dicha resolucion. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Quinto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a los sesenta (60) dias calendario de aprobada la solicitud de renuncia por la autoridad competente. Una vez quede firme la presente resolucion, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General (s) Direccion General de Transporte Terrestre 1166806-1

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