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El Peruano Sábado 6 de diciembre de 2014 539443 condiciones de acceso que establece El Reglamento y sus normas complementarias; Que, la solicitud presentada por la empresa denominada CONDUCEME BIEN S.A.C., implica una variación de uno de los contenidos del artículo 53° de El Reglamento, en razón que La Escuela, ha solicitado el cambio de local destinado a las ofi cinas administrativas, aulas de enseñanza para las clases teóricas y el taller de enseñanza teórico - práctico de mecánica, así como del circuito de manejo, autorizados mediante Resolución Directoral Nº 1146-2013-MTC/15, en ese sentido y considerando lo establecido en el artículo 60° de El Reglamento, la resolución que modifi ca la autorización, debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, por haberse producido la variación del contenido de la autorización; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verifi car el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 014-2014-MTC/15.pvc de fecha 15 de octubre de 2014, sobre la inspección ocular realizada a las instalaciones de los locales propuestos por La Escuela, el inspector concluye que, se constató que la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES CONDUCEME BIEN S.A.C., propone una infraestructura con los ambientes mínimos exigidos por lo señalado en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del numeral 43.3 del artículo 43° de El Reglamento y autorizadas mediante Resolución Directoral N° 1146-2013-MTC/15; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe N° 175- 2014-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada CONDUCEME BIEN S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la modifi cación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral Nº 1146-2013-MTC/15 de fecha 11 de marzo de 2013, cambiando la ubicación de local (ofi cinas administrativas, aulas de enseñanza para las clases teóricas y el taller de enseñanza teórico - práctico de mecánica), al nuevo local ubicado en: Av. Arterial N° 463 – 469, 1er. Piso y parte del 3er. Piso, Distrito de Chilca, Provincia de Huancayo y Departamento de Junín, asi como el circuito de manejo, al nuevo domicilio ubicado en: El Predio denominado Aza – Sector Aza, Distrito de El Tambo, Provincia de Huancayo y Departamento de Junín. Artículo Segundo.- La empresa denominada CONDUCEME BIEN S.A.C., deberá tener presente que el cambio de domicilio del circuito de manejo estará igualmente supeditada al cumplimiento de las condiciones de acceso y requisitos establecidos en El Reglamento. Por ello, se señala que mediante Resolución Directoral N° 430-2014-MTC/15, la cual modifi ca la Resolución Directoral N° 3634-2013-MTC/15, se estableció un plazo de adecuación hasta el 30 de abril de 2014, para efectos de que las Escuelas de Conductores autorizadas presenten el Expediente Técnico de las características especiales del circuito de manejo, a fi n de obtener la conformidad del mismo siempre que cumpla con lo dispuesto en la referida normativa. Asimismo, hasta el 31 de diciembre de 2014, las escuelas de conductores que cuenten con la conformidad emitida por la autoridad competente, deberán presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, copia legalizada de la conformidad de obra del circuito de manejo emitida por la municipalidad competente. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada CONDUCEME BIEN S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABEL ALVARADO HUERTAS Director General (s) Dirección General de Transporte Terrestre 1160381-1 Declaran procedente solicitud presentada por Escuela de Conductores Integrales ECI Amauta S.A.C., referido a modificación de términos de autorización otorgada mediante R.D. Nº 1430-2010-MTC/15 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4585-2014-MTC/15 Lima, 10 de noviembre de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 164087 y 180848, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ECI AMAUTA S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 2920-2009- MTC/15 de fecha 08 de setiembre de 2009, se autorizó a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ECI AMAUTA S.A.C., con RUC Nº 20522606554, en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, ubicada en: la Calle Lima Nº 295, Distrito, Provincia y Departamento de Piura, a fi n de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1430-2010- MTC/15 de fecha 24 de mayo de 2010, se autoriza a La Escuela la ampliación de local, el mismo que se encuentra ubicado en: Av. Luis Gonzales Nº 642, segundo piso, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; Que, mediante Resolución Directoral Nº 598-2012- MTC/15 de fecha 09 de febrero de 2012, se autoriza a La Escuela, la modifi cación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral Nº 2920-2009-MTC/15, cambiando la ubicación de local (ofi cinas administrativas, aulas de enseñanza para las clases teóricas y el taller de enseñanza teórico-práctica de mecánica), a la Calle Lima Nº 292, Distrito, Provincia y Departamento de Piura; Que, mediante Resolución Directoral Nº 4057-2012- MTC/15 de fecha 18 de octubre de 2012, se autorizó a La Escuela la ampliación de local, el mismo que se encuentra ubicado en: Av. Universitaria Nº 4849, Distrito de Los Olivos, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Parte Diario Nº 164087 de fecha 12 de setiembre de 2014, La Escuela solicita la modifi cación de los términos de la autorización, otorgada mediante la R.D. Nº 1430-2010-MTC/15 de fecha 24 de mayo de 2010, dando de baja a la sede Chiclayo. Que, mediante Ofi cio Nº 7121-2014-MTC/15.03 de fecha 22 de setiembre de 2014, notifi cado el 23 de setiembre de 2014, se procedió a realizar las