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El Peruano Sábado 13 de diciembre de 2014 539809 Ingenieros del Ejército del Ecuador, que se realizarán en la ciudad de Quito, República del Ecuador, los días 17 y 18 de diciembre de 2014; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Ofi cial General y al Ofi cial Superior que se detalla en la parte resolutiva, a fi n de incrementar los niveles de cooperación bilateral, el fomento de la confi anza mutua y el intercambio de experiencias exitosas en la búsqueda conjunta de respuestas y soluciones a las difi cultades comunes que enfrentan ambos países, lo que redundará en benefi cio del Ejército del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fi scal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del Ofi cial General y al Ofi cial Superior designado durante la totalidad del evento antes indicado, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación al inicio del mismo y su retorno un (01) día posterior al término del evento, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002, y su modifi catoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi caciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al General de Brigada EP Oscar Jesús DEXTRE FERNANDEZ, identifi cado con DNI Nº 31659516 y al Coronel EP Leonidas Julián JALISTO SALCEDO, identifi cado con DNI Nº 07262261, para participar en la XI Reunión de Autoridades Nacionales de Acción Contraminas y la XV Reunión del Director General de Desminado Humanitario del Ejército del Perú y del Comandante del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Ecuador, que se realizarán en la ciudad de Quito, República del Ecuador, los días 17 y 18 de diciembre de 2014, así como autorizar su salida del país el 16 de diciembre y su retorno el 19 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional, para el Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima - Quito (República del Ecuador) - Lima (Clase económica) US $. 1,100.00 x 02 personas (Incluye TUA) US $ 2,200.00 Viáticos US $. 370.00 x 02 personas x 02 días US $ 1,480.00 ----------------------- Total a pagar: US $ 3,680.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Artículo 4º.- El personal militar deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo dicho personal deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1176858-2 Modifican la R.S. N° 154-2011-DE/MGP que autorizó el viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú, en comisión especial en el exterior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 731-2014-DE/MGP Lima, 12 de diciembre de 2014 Visto, el Ofi cio P.200-232 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 29 de enero de 2014; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 154-2011-DE/ MGP, de fecha 27 de abril de 2011, se autorizó el vaije en Comisión Especial en el Exterior del entonces Capitán de Fragata Santiago COBOS Chávarri, como Adjunto a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y Participante en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2011 al 30 de junio de 2013; habiéndose considerado el pago por concepto de pasajes aéreos de ida del titular, cónyuge e hijos, el pago por gastos de traslado de ida, equivalente a DOS (2) Compesaciones Extraordinarias por Servicio en el Extranjero y el pago por concepto de de Compensación Extraordinaria Mensual por Comisión Especial en el Extranjero; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2009- DE/SG, de fecha 13 de febrero de 2009, se incorporó, entre otros, el artículo 18° del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, estableciendo que el personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior, goza de los derechos a que se refi ere el artículo 13° del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG, el cual prescribe que al Personal Militar nombrado en Comisión Especial en el Exterior, le corresponderá el pago por concepto de pasajes y tarifa única de uso de aeropuerto para el titular, cónyuge y aquellos sobre quienes ejerce la patria potestad, tutela y/o curatela; así como, por gastos de traslado, equivalente a DOS (2) Compensaciones Extraordinarias por Servicio en el Extranjero, que comprende los gastos