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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (13/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Sábado 13 de diciembre de 2014 539813 de Educación o cargos jerárquicos en educación del Perú; asimismo, se señala que es condición para el pago de la asignación que se prorroga con la citada disposición el registro en el RENACADEP, y que el Ministerio de Economía y Finanzas y la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR tienen acceso a dicho registro; adicionalmente, se indica que las Direcciones Regionales de Educación proporcionan la información de forma adecuada y oportuna al Ministerio de Educación; y que el personal a registrar en el RENACADEP, previamente debe fi gurar en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público” a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley N° 30175, Ley para el Financiamiento de Actividades en materia de Salud, Educación, Trabajo y Otros en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y dicta otras disposiciones, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2014, a efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 490 000 000,00), para la implementación, entre otros, de lo establecido en la Octogésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114; asimismo, se establece que las citadas modifi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último; Que, en virtud de lo antes expuesto, el Ministerio de Educación mediante Ofi cio N° 1984-2014-MINEDU/SG propone el proyecto de decreto supremo que autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año 2014, a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar el costo diferencial del pago de asignaciones adicionales por encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o especialistas en educación, hasta por la suma OCHENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 87 079 763,00); remitiendo para tal fi n el Memorándum Nº 199-2014- MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD, de la Dirección de Trayectoria y Bienestar Docente de su Dirección General de Desarrollo Docente del citado Ministerio, en donde se determina el referido costo diferencial para garantizar el pago, según corresponda, en el presente año fi scal de las asignaciones adicionales por encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o de especialistas en educación, a favor de los profesores de los pliegos Gobiernos Regionales registrados en el RENACADEP; asimismo, la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 390-2014-MINEDU/SPE-UP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para el fi nanciamiento del referido costo diferencial; Que, de acuerdo a la información registrada en el RENACADEP remitida por el Ministerio de Educación y a la información incluida en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público”, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de OCHENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 87 079 763,00), para fi nanciar el costo diferencial de las asignaciones adicionales por encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o de especialistas en educación, a favor de 9 401 profesores de los pliegos Gobiernos Regionales, a fi n de garantizar su pago, según corresponda, en el presente año fi scal; De conformidad con la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y la Ley N° 30175, Ley para el Financiamiento de Actividades en materia de Salud, Educación, Trabajo y Otros en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y dicta otras disposiciones, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del Pliego Ministerio de Educación a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de OCHENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 87 079 763,00), para fi nanciar el costo diferencial del pago de las asignaciones adicionales por encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o de especialistas en educación, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000667 : Desarrollo de la Educación Secundaria de Menores FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 87 079 763,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 87 079 763,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 87 079 763,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 87 079 763,00 =========== 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego, se consignan en el Anexo “Costo de asignaciones adicionales por encargaturas en cargos jerárquicos, directivos y especialistas de educación” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los Portales Institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.