Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2014 (13/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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establece que los trabajos de mantenimiento de naves en MORDAZA portuaria seran regulados por la APN; Que, es necesario establecer la MORDAZA tecnicooperativa para la prestacion del servicio portuario de mantenimiento de naves; asi como su supervision y control para la correcta operacion en la prestacion del servicio portuario en mencion en las zonas portuarias; Que, el proyecto de Resolucion de Acuerdo de Directorio debera ser prepublicado, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del articulo 14º del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, mediante el cual se aprobo el "Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General"; en el Diario Oficial el Peruano, en el MORDAZA electronico de la entidad o mediante cualquier otro medio por un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia; con la finalidad que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27943 ­ Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, y demas normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: "II. ALCANCE Articulo 1º.- Aprobar el proyecto de MORDAZA Tecnico Operativa para la Prestacion del Servicio Portuario de Mantenimiento de Naves en la MORDAZA Portuaria, la misma que se anexa a la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la Pre publicacion del proyecto de MORDAZA Tecnico Operativa para la Prestacion del Servicio Portuario de Mantenimiento de Naves en la MORDAZA Portuaria y su anexo I, en el MORDAZA Electronico de la Autoridad Portuaria Nacional www.apn.gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades publicas o privadas, y de la ciudadania en general, durante el plazo de treinta (30) dias a traves del correo electronico lpariona@apn.gob.pe. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia General lleve a cabo las acciones administrativas correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. V. BASE LEGAL MORDAZA PATINO GARRIDO Presidente del Directorio 1176670-1

El Peruano Sabado 13 de diciembre de 2014

Que resulta necesario modificar el citado procedimiento a fin de incluir dentro de sus alcances el MORDAZA interno de las mercancias que arriben al MORDAZA por via terrestre a traves del regimen aduanero de MORDAZA internacional; Que conforme a lo dispuesto en el articulo 9º de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053, y en el articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, el 22 y el 25 de MORDAZA de 2014 se publicaron en el MORDAZA web de la SUNAT, las propuestas contenidas en la presente resolucion; En uso de la facultad conferida por el inciso b) del articulo 89º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituyase las secciones II, III y V del procedimiento especifico "Transito Aduanero Interno por Via Maritima" INTA-PE.08.02, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 2722009/SUNAT/A, de acuerdo al siguiente texto:

Todas las dependencias de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT y a los operadores de comercio exterior que intervienen en el regimen aduanero de MORDAZA aduanero por via maritima. III. RESPONSABILIDAD Son responsables de la aplicacion, cumplimiento y seguimiento del presente procedimiento el Intendente Nacional de Tecnica Aduanera, el Intendente Nacional de Sistemas de Informacion, el Intendente de Control Aduanero y los intendentes de aduana de la Republica. (...)

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican Procedimiento Especifico "Transito Aduanero Interno por Via Maritima" INTA-PE.08.02
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 14-2014/SUNAT/5C0000 Callao, 10 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que con Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 272-2009/SUNAT/A, se aprobo el procedimiento especifico "Transito Aduanero Interno por Via Maritima" INTA-PE.08.02, que establece las pautas a seguir para el despacho de las mercancias destinadas al regimen de MORDAZA aduanero interno por via maritima considerando los casos de mercancias arribadas al MORDAZA por via maritima;

- Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053, publicado el 27.6.2008 y modificatorias. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009 y modificatorias. - Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo Nº 031-2009-EF, publicado el 11.2.2009 y modificatorias. - Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008, publicada el 19.6.2003 y modificatorias. - Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF, publicado el 27.8.2003 y modificatorias. - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, publicada el 11.4.2001 y modificatorias." Articulo 2º.- Sustituyase los numerales 1, 2, 5, 6 y 7 de la seccion VI del procedimiento especifico "Transito Aduanero Interno por Via Maritima" INTA-PE.08.02, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 272-2009/SUNAT/A, de acuerdo al siguiente texto: "1. El presente procedimiento es aplicable a las mercancias provenientes del exterior que se encuentren declaradas en MORDAZA en el manifiesto de carga y que arriben por: a) via maritima o b) via terrestre a traves de un MORDAZA aduanero internacional.

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