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El Peruano Sábado 13 de diciembre de 2014 539847 dentro de un área de mayor extensión en la Partida Matriz Nº P01073741 del Registro de Predios de Lima. 8.- Se independice el terreno de 9,529.00 m2 ubicado en la manzana “C” de la urbanización San Felipe, inscrito en la Ficha Matriz N° 89733 del Registro de Predios de Lima, y de acuerdo al plano y resolución de habilitación inserto en el titulo archivado 9767 del 13 de setiembre de 1974, constituye un área destinado a parque. 9.- Se independice el terreno de 14,086.92 m2 denominado área verde de la urbanización San Felipe, inscrita en la Ficha Matriz N° 89627 del Registro de Predios de Lima. 10.- Se independice el terreno de 44,187.74 m2, ubicado entre los Asentamientos Humanos Santa Rosa de Collique, Los Claveles, Collique V Sector en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito dentro de un área mayor en la Partida 11049870 del Registro de Predios de Lima. 11.- Se incorpore en primera de dominio a favor de la Municipalidad Distrital de Comas, el terreno de 163,443.77 m2, ubicado frente al Pueblo Joven Carmen Alto Señor de los Milagros II Etapa en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, de conformidad al certifi cado de búsqueda catastral emitido por SUNARP. 12.- Se incorpore en primera de dominio a favor de la Municipalidad Distrital de Comas, el terreno de 107,885.12 m2, ubicado frente al Pueblo Joven Pampa de Comas en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, de conformidad al certifi cado de búsqueda catastral emitido por SUNARP; Que, mediante Informe N° 824-2014-GAJ-MDC de fecha 22.09.2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que es posible la modifi cación propuesta por la Sub Gerencia de Registro Civil y Familia en cuanto a las áreas donde se encuentran ubicados los cementerios municipales Mártires 19 de Julio y Paz y Libertad a través del Acuerdo de Concejo correspondiente y que sea aprobado por el Concejo Municipal luego de los trámites que corresponden de conformidad con lo regulado en el Reglamento Interno de Concejo – RIC; por lo tanto opina que el Proyecto de Acuerdo de Concejo que modifi ca el Acuerdo de Concejo N° 042-2012-MDC de fecha 19.10.2012, en cuanto a las áreas donde se encuentran ubicados los cementerios municipales denominados “Mártires 19 de Julio” y “Paz y Libertad”, se encuentran acorde a la normativa vigente, por tanto se recomienda su aprobación, debiéndose elevar los actuados al Concejo Municipal, para que en el ejercicio de sus funciones y previos los trámites legales que corresponda, proceda a tal efecto; Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones previstas en el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el voto Mayoritario de los señores regidores, con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- MODIFICAR y PRECISAR los numerales 11, y 12, del Artículo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 042-2012-MDC, en los siguientes términos: Artículo Primero.- Solicitar a la Ofi cina Registral de Lima y Callao, la inscripción a nombre de la Municipalidad Distrital de Comas, los siguientes predios: 11. Se inscriba en primera de dominio a favor de la Municipalidad Distrital de Comas, el terreno de 163,355.04 m2, donde se encentra ubicado el Cementerio Municipal “Mártires 19 de Julio” de dominio por más de 40 años, ubicado frente al Pueblo Joven Carmen Alto Señor de los Milagros II Etapa en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, de conformidad al certifi cado de búsqueda catastral emitido por Sunarp. 12. Se inscriba en primera de dominio a favor de la Municipalidad Distrital de Comas, el terreno de 107,595.98 m2, donde se encentra ubicado el Cementerio Municipal “Paz y Libertad” de dominio por más de 40 años, ubicado frente al Pueblo Joven Pampa de Comas en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, de conformidad al certifi cado de búsqueda catastral emitido por Sunarp. Artículo Segundo.- PROCÉDASE a la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en un diario de circulación nacional, el inicio del procedimiento de saneamiento físico legal de los terrenos descritos en los artículos precedentes. Artículo Tercero.- DISPONER con respecto a los terrenos expeditos para su saneamiento la remisión del presente Acuerdo a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para su conocimiento y fi nes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas el cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas disponer de un presupuesto para la colocación de hitos en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano para la delimitación y reconocimiento del área perimétrica de los cementerios en mención, a fi n de evitar la ocupación de asentamientos humanos colindantes al terreno. Dado en el Palacio Municipal a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil catorce. NICOLAS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 1176791-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Ordenanza que regula la provisión de estacionamientos vehiculares para establecimientos comerciales en el distrito del Rímac ORDENANZA MUNICIPAL Nº 404/MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC; VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 27 de noviembre de 2014; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 62º, Norma A.010, CAPITULO XI - ESTACIONAMIENTOS del Reglamento Nacional de Edifi caciones establece que: “En los casos excepcionales por défi cit de estacionamiento, los espacios de estacionamientos requeridos, deberán ser adquiridos en predios que se encuentren a una distancia de recorrido peatonal cercana a la Edifi cación que origina el défi cit, mediante la modalidad que establezca la Municipalidad correspondiente, o resolverse de acuerdo a lo establecido en el Plan Urbano;. Quer, la Subgerencia de Control Urbano y Obras Privadas mediante Informe Nº 463-2014-SGCUOP-GDU/ MDR propone al Concejo la Ordenanza que regula la provisión de estacionamientos vehiculares en el distrito, estando a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 29461, Ley que regula el Servicio de Estacionamiento Vehicular; Que, la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento regula el procedimiento para establecimientos comerciales;