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El Peruano Sábado 13 de diciembre de 2014 539833 Artículo 31º.- Incorporar en las Tablas Nº 1 “Nombre de la mercancía de la partida 42.02”, Tabla Nº 2 “Descripción del material de la superficie exterior”, Tabla Nº 3 “Composición del forro”, Tabla Nº 4 “Acabado”, Tabla Nº 5 “Accesorios”, Tabla Nº 6 “Aplicaciones”, Tabla Nº 7 “Presentación del producto” y Tabla Nº 8 “Usuario de la mercancía” correspondientes al Anexo 1 de la Sección VI ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT-01.15 que aprueba las descripciones mínimas de mercancías clasificadas en la partida 42.02, los códigos correspondientes a las descripciones, conforme a lo indicado en el Anexo 10 de la presente Resolución y que se encuentran publicadas en el Portal de la SUNAT. Artículo 32º.- Eliminar los campos “Calidad” y “Tipo de proceso” de la segunda fi la de la casilla 5.19 “Características” de la Sección V DESCRIPCIONES E INSTRUCCIONES, así como las Tablas Nº 5 “Calidad del producto” y la Tabla Nº 6 “Tipo de Proceso del Producto” contenidas en el Anexo 1 de la Sección VI ANEXOS, ambas del Instructivo de Trabajo “INTA-IT.01.13 que aprueba las descripciones mínimas de vajilla y demás artículos para uso doméstico y artículos para higiene o tocador de plástico; en consecuencia, modifíquese la numeración que actualmente mantiene la Tabla Nº 7 “Accesorios” precisada en el Anexo 1 de la referida Sección VI ANEXOS, correspondiendo la siguiente numeración: Tabla Nº 5 “Accesorios” Artículo 33º.- Sustituir el campo “Peso” de la cuarta fi la de la casilla 5.19 “Características” de la Sección V DESCRIPCIONES E INSTRUCCIONES del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.13 que aprueba las descripciones mínimas de vajilla y demás artículos para uso doméstico y artículos para higiene o tocador de plástico, con el texto siguiente: “ - Peso o volumen unitario: Se indica el peso del producto expresado en unidad de peso (g, Kg, etc.) o unidad de volumen (oz, ml, l, etc.).” Artículo 34º.- Sustituir las Tablas Nº 4 “Color del Producto” y Nº 5 “Accesorios” del Anexo 1 de la Sección VI ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA- IT.01.13 que aprueba las descripciones mínimas de vajilla y demás artículos para uso doméstico y artículos para higiene o tocador de plástico, por las Tablas Nº 4 y 5 que figuran en el Anexo 11 de la presente Resolución y que se encuentra publicada en el Portal de la SUNAT. Artículo 35º.- Incorporar en las Tablas Nº 1 “Nombre del producto”, Tabla Nº 2 “Componentes plásticos” y Tabla Nº 3 “Acabado del Producto” del Anexo 1 de la Sección VI ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.13 que aprueba las descripciones mínimas de vajilla y demás artículos para uso doméstico y artículos para higiene o tocador de plástico, los códigos contenidos en las Tablas Nº 1, 2 y 3 que fi guran en el Anexo 11 de la presente Resolución y que se encuentran publicadas en el Portal de la SUNAT. Artículo 36º.- Incorporar en las Tablas precisadas en el Anexo 1 de la Sección VI ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.17 que aprueba las descripciones mínimas de juguetes clasificados en la partida 95.03, los códigos correspondientes a las descripciones conforme al contenido indicado en las Tablas que figuran en el Anexo 12 de la presente Resolución y que se encuentran publicadas en el Portal de la SUNAT. Artículo 37º.- Sustituir el párrafo contenido en la Sección I OBJETIVO y el primer párrafo del numeral 1 de la Sección IV NORMAS GENERALES del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.18 que aprueba las descripciones mínimas de útiles de escritorio y escolares, colas y adhesivos, cintas plásticas, correctores y otras manufacturas, los que quedarán redactados conforme a los textos siguientes: “I. OBJETIVO Establecer las pautas para una correcta descripción en la importación de útiles de escritorio y escolares, colas y adhesivos, cintas plásticas, correctores y otras manufacturas.” “IV NORMAS GENERALES 1. El presente instructivo es de aplicación obligatoria en los Regímenes de Importación para el consumo, Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo y Admisión Temporal para reexportación en el mismo estado, cuando se hayan destinado mercancías que se clasifi can en las subpartidas nacionales 3213.10.10.00, 3407.00.10.00, 3506.10.00.00, 3824.90.96.00, 3919.10.00.00, 3926.10.00.00, 4016.92.00.00, 8305.10.00.00, 9608100000, 9608.20.00.00, 9608.40.00.00, 9609.10.00.00, 9609.20.00.00 y 9609.90.00.00; su incumplimiento conllevará a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley General de Aduanas.” Artículo 38º.- Eliminar la Tabla Nº 07 “Composición del material interno de la mercancía”, Tabla Nº 08 “Tipo o dureza de la punta”, Tabla Nº 9 “Dispositivo” y la Tabla Nº 10 “Accesorios” del Anexo 01 “TABLAS” de la Sección VI ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.18 que aprueba las descripciones mínimas de útiles de escritorio y escolares, colas y adhesivos, cintas plásticas, correctores y otras manufacturas. Artículo 39º.- Incorporar la Tabla Nº 07 “Composición del material interno de la mercancía: Para bolígrafos”, Tabla Nº 08 “Composición del material interno de la mercancía: Para lápices y portaminas”, Tabla Nº 09 “Composición del material interno de la mercancía: Para rotuladores, resaltadores y marcadores”, Tabla Nº 10 “Tipo o dureza de la punta: Para bolígrafos, portaminas y correctores”, Tabla Nº 11 “Tipo o dureza de la punta: Para lápices y minas”, Tabla Nº 12 “Tipo o dureza de la punta: Para marcador, resaltador y plumón”, Tabla Nº 13 “Dispositivo” y la Tabla Nº 14 “Accesorios” en el Anexo 01 “TABLAS” de la Sección VI ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.18 que aprueba las descripciones mínimas de útiles de escritorio y escolares, colas y adhesivos, cintas plásticas, correctores y otras manufacturas, las mismas que figuran en el Anexo 13 de la presente Resolución y que se encuentran publicadas en el Portal de la SUNAT. Artículo 40º.- Incorporar en la Tabla Nº 01 “Nombre de la mercancía”, Tabla Nº 02 “Composición del material o material externo de la mercancía”, Tabla Nº 03 “Color de la mercancía”, Tabla Nº 04 “Acabados”, Tabla Nº 05 “Aplicación o uso” y Tabla Nº 06 “Presentación de la mercancía”, todas del Anexo 01 “TABLAS” de la Sección VI ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.18 que aprueba las descripciones mínimas de útiles de escritorio y escolares, colas y adhesivos, cintas plásticas, correctores y otras manufacturas, los códigos correspondientes a las descripciones contenidas en las Tablas Nº 01, 02, 03, 04, 05 y 06 que fi guran en el Anexo 13 de la presente Resolución y que se encuentran publicadas en el Portal de la SUNAT. Artículo 41º.- Sustitúyase el campo “4. Ancho y uso de la tela” de la casilla 5.19 “Características” del rubro 3 TELAS de la Sección VI DESCRIPCIÓN E INSTRUCCIONES del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.11 que aprueba las descripciones mínimas de materias textiles y sus manufacturas, con el texto siguiente: “4. Ancho, uso de la tela y título del hilado. Se indica el ancho promedio en metros (m.), el uso de la tela y el título de los hilados de la tela con su respectiva unidad.” Artículo 42º.- Sustituir el primer párrafo del numeral 4 PRENDAS DE VESTIR Y CONFECCIONES de la Sección VI DESCRIPCIÓN E INSTRUCCIONES del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.11 que aprueba las descripciones