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El Peruano Sábado 13 de diciembre de 2014 539845 de la fecha de reapertura de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 6461-2014 del 30 de septiembre de 2014, se autorizó a Interbank el cierre temporal de una (01) agencia desde el 26 de septiembre hasta el 18 de diciembre ubicada en Av. Carlos Villarán Nro. 140, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car la fecha de reapertura de la agencia ubicada en Av. Carlos Villarán Nro. 140, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima del Banco Internacional del Perú - Interbank, cuyo cierre temporal fue autorizado mediante Resolución SBS N° 6461-2014, según se indica: • Dice: cierre temporal de una (01) agencia desde el 26 de septiembre hasta el 18 de diciembre del presente año. • Debe decir: cierre temporal de una (01) agencia desde el 26 de septiembre hasta el 28 de noviembre del presente año. Regístrese, comuniqúese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1176383-1 Aprueban modificación total del Estatuto Social de Compartamos Financiera S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 8123-2014 Lima, 3 de diciembre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Compartamos Financiera S.A. (en adelante la Financiera), para que se le autorice la modifi cación total de su Estatuto Social, y; CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas celebrada el día 01 de agosto de 2014, se aprobó la modifi cación total del Estatuto Social; Que, la mencionada modifi cación se encuentra referida a la defi nición del ámbito geográfi co de operaciones y servicios, a la adición de la posibilidad de que la Junta General de Accionistas se celebre no sólo en el lugar de domicilio de la sociedad, entre otros aspectos societarios y normativos; Que, el artículo 14° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, en adelante Ley General, establece que toda modifi cación estatutaria debe contar con la aprobación previa de esta Superintendencia, sin la cual no procede la inscripción en los Registros Públicos; Que, la Financiera ha cumplido con presentar la información requerida en el procedimiento N° 44 del Texto Único de Procedimientos Administrativos, en adelante TUPA, aprobado por Resolución SBS N° 3082-2011, que establece los requisitos necesarios para solicitar la autorización de modifi cación del Estatuto Social; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “C” y el Departamento Legal, y contando con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas y de Asesoría Jurídica; y, RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la modifi cación total del Estatuto Social de Compartamos Financiera S.A., cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo de Control; y, devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello ofi cial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en el Registro Público respectivo. Regístrese, comuniqúese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1176328-1 Actualizan monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre diciembre 2014 - febrero 2015 Lima, 10 de diciembre de 2014 CIRCULAR Nº B-2225-2014 F-565-2014 CM-413-2014 CR-281-2014 ------------------------------------------------- Ref.: Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre diciembre 2014 – febrero 2015 ------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias, así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al periodo diciembre 2014 – febrero 2015, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153º de la mencionada Ley General, y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, dispone la publicación de la presente circular. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el periodo diciembre 2014 – febrero 2015 se indica a continuación: