Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2014 (23/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Martes 23 de diciembre de 2014

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los Gobiernos Locales, distintas a las senaladas en el numeral precedente, en aplicacion de lo establecido en la presente Resolucion Ministerial, se financian con cargo al presupuesto institucional de la entidad correspondiente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 8º.- De la publicacion La presente Resolucion Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la presente Resolucion Ministerial y el Anexo al que se refiere el articulo 4 de la presente Resolucion se publican en el MORDAZA electronico institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe, en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1181094-1

Incorporan instrucciones en el "Instructivo complementario para la correcta aplicacion de lo establecido en la Cuadragesima Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114 y en las normas reglamentarias aprobadas por el Decreto Supremo N° 010-2014-EF"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 143-2014-EF/53.01 MORDAZA, 19 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que a traves de la Cuadragesima Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014, se ha autorizado a las entidades del Sector Publico a afectar la planilla unica de pagos, a solicitud y con la autorizacion de los servidores o cesantes, por determinados conceptos; Que mediante Decreto Supremo N° 010-2014-EF se aprobaron las normas reglamentarias para que las entidades publicas realicen y adecuen los descuentos en la planilla unica de pagos, en el MORDAZA de lo establecido en la referida Cuadragesima Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114; Que, a traves de la Resolucion Directoral N° 002-2014EF/53.01 y con la finalidad de posibilitar que las entidades efectuen los descuentos solicitados y autorizados por sus servidores o cesantes, en estricta aplicacion de la normatividad vigente, se aprobo el "Instructivo para la correcta aplicacion de lo establecido en la Cuadragesima Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114 y en las normas reglamentarias aprobadas por el Decreto Supremo N° 0102014-EF"; Que, habiendose tomado conocimiento de que existen aun dudas de algunas entidades respecto a determinados aspectos relacionados con los alcances o interpretacion de lo establecido en las referidas normas reglamentarias, resulta necesario incluir dos instrucciones adicionales a las originalmente aprobadas; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso e) del articulo 107 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N° 117-2014-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar, en el "Instructivo complementario para la correcta aplicacion de lo establecido en la Cuadragesima Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114 y en las normas reglamentarias aprobadas por el Decreto Supremo N° 010-2014-EF", aprobado mediante Resolucion Directoral N° 002-2014-EF/53.01, las instrucciones 7° y 8° que se consignan en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publicar la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano, asimismo, publicar esta y su Anexo en la pagina web institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA NOZIGLIA MORDAZA Director General Direccion General de Gestion de Recursos Publicos ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL N° 143-2014-EF/53.01 INSTRUCCIONES QUE SE INCORPORAN EN EL "INSTRUCTIVO PARA LA CORRECTA APLICACION DE LO ESTABLECIDO EN LA CUADRAGESIMA PRIMERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY N° 30114 Y EN LAS NORMAS REGLAMENTARIAS APROBADAS POR EL DECRETO SUPREMO N° 010-2014-EF", APROBADO MEDIANTE RESOLUCION DIRECTORAL N° 002-2014-EF/53.01 7º. INSTRUCCION

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 024-2014-EF/15.01 MORDAZA, 22 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a traves del Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el articulo 7 del Decreto Supremo N° 1152001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados mediante resolucion viceministerial del Viceministro de Economia; Que, con Decreto Supremo N° 318-2013-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2014; Que, mediante Decreto Supremo Nº 169-2014-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas a traves del Decreto Supremo Nº 318-2013-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido del 1 al 15 de diciembre de 2014; y De conformidad con lo dispuesto en el articulo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado con el articulo 1 del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. -------------------------------------------------------------------------------------Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo -------------------------------------------------------------------------------------Del 1/12/2014 al 15/12/2014 206 424 462 3 465 -------------------------------------------------------------------------------------Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GASHA TAMASHIRO Viceministro de Economia 1180602-1

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