Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2014 (23/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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De conformidad con lo establecido en el primer parrafo de la Primera Disposicion Complementaria Final de las normas reglamentarias aprobadas por el Decreto Supremo N° 0102014-EF, si el servidor o cesante recibe menos del cincuenta por ciento (50%) del monto neto total que mensualmente le corresponderia percibir, no podra solicitar ni autorizar la afectacion de la planilla unica de pago para la amortizacion de nuevas obligaciones, incluso si su solicitud esta referida a que se afecte la planilla para la atencion de obligaciones de ese servidor o cesante con una cooperativa, independientemente de si esta se encuentra o no supervisada y/o regulada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. 8º. INSTRUCCION En tanto el Ministerio de Economia y Finanzas y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP no habiliten los registros a los que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de las normas reglamentarias aprobadas por el Decreto Supremo N° 010-2014-EF, las entidades seguiran tomando en consideracion, para efectos de autorizar las afectaciones de las planillas, los listados generados por estas de conformidad con lo establecido en la Disposicion Complementaria Transitoria de las mismas normas reglamentarias. 1180976-1

El Peruano Martes 23 de diciembre de 2014

Visto, el Memorandum Nº 2423-2014/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo establece que corresponde a los Ministros de Estado, la funcion de dirigir el MORDAZA de planeamiento estrategico sectorial, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuacion; y asignar los recursos necesarios para su ejecucion, dentro de los limites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el acapite ii, del inciso 7.2 del articulo 7 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que el Titular de la Entidad es responsable de lograr que los Objetivos y Metas establecidas en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional se reflejen en las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo; Que, los literales b) y g) del articulo 38 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, establecen entre las funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la de normar y conducir la formulacion, seguimiento y evaluacion del Plan Operativo Institucional; y la de proponer a la Alta Direccion la aprobacion, entre otros, de los planes del Ministerio, en el MORDAZA de la normatividad vigente; Que, mediante Memorandum Nº 2423-2014/ VIVIENDA-OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace MORDAZA y remite el Informe Nº 070-2014/VIVIENDA-OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernizacion, en el que se recomienda la aprobacion del Plan Operativo Institucional 2015 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012EF; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2015 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- El Plan Operativo Institucional 2015, podra ser modificado y/o reformulado durante el MORDAZA de su ejecucion a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. Articulo 3.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob. pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), conjuntamente con el Plan Operativo Institucional 2015 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento que se aprueba por el articulo 1 de la presente Resolucion. Articulo 4.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la elaboracion de los informes de seguimiento de los avances de la implementacion del Plan Operativo Institucional 2015 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1181126-1

ENERGIA Y MINAS
Designan Asesor II del Despacho Vice Ministerial de Energia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 551-2014-MEM/DM MORDAZA, 22 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Vice Ministerial de Energia del Ministerio de Energia y Minas, cargo considerado de confianza; Que, por convenir al servicio de este Ministerio, es necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, el articulo 77 del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobada por el Decreto Supremo N° 005-90PCM, y la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo Unico1.- Designar al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZUMARAN, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, Codigo CAP N° 161BEC02 del Despacho Vice Ministerial de Energia del Ministerio de Energia y Minas, cargo considerado de confianza. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1181014-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2015 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 447-2014-VIVIENDA MORDAZA, 22 de diciembre de 2014

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