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El Peruano Martes 23 de diciembre de 2014 540784 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de Juez Titular del Segundo Juzgado de Trabajo de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 116-2014-P-CE-PJ Lima, 18 de diciembre de 2014 VISTA: La solicitud presentada por el doctor Juan Carlos León De La Cruz, Juez Titular del Segundo Juzgado de Trabajo de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, con certifi cación de fi rma ante Notario Público de Trujillo. CONSIDERANDO: Primero. Que el doctor Juan Carlos León De La Cruz formula renuncia al cargo de Juez Titular del Segundo Juzgado de Trabajo de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, a partir del 20 de diciembre del año en curso, al haber sido declarado ganador a una plaza notarial en el Distrito Notarial de Trujillo. El recurrente fue nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución N° 306-2012-CNM, de fecha 23 de octubre de 2012. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente (e) del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 066- 2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con efectividad al 20 de diciembre del año en curso, la renuncia formulada por el doctor Juan Carlos León De La Cruz, al cargo de Juez Titular del Segundo Juzgado de Trabajo de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer fundamento de la presente resolución. Artículo Segundo.- Agradecer al mencionado Juez Especializado, por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS FELIPE ALMENARA BRYSON Presidente (e) 1180764-1 Disponen que cada tomo de un expediente judicial o administrativo, no excederá de quinientos folios; y así sucesivamente, formando tomos numerados de manera correlativa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 370-2014-CE-PJ Lima, 19 de noviembre de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 411-2014-GA-P-PJ e Informe N° 273- 2014-GA-P-PJ, cursados por el Jefe (e) del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial; que contiene propuesta para fijar un número determinado de folios a los expedientes judiciales y administrativos. CONSIDERANDO: Primero. Que, como es de conocimiento general, son muchos los expedientes materia de los diversos procesos judiciales que pueden llegar a ser considerablemente voluminosos; circunstancia que se explica en razón a que los ordenamientos procesales y/o administrativos no han previsto ni regulado cuál debería ser el número idóneo de folios contenidos en los tomos que forman los expedientes judiciales. En ese sentido, se pone a consideración del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial propuesta para fi jar un número de folios a estos expedientes. Segundo. Que la propuesta formulada establece que el número de folios contenido en cada tomo de un expediente judicial no exceda de 500 folios, y así sucesivamente, formando tomos numerados de manera correlativa. La propuesta tiene como fi nalidad evitar que en los procesos judiciales los expedientes sean muy abultados y/o pesados, lo que a su vez facilitará tanto su maniobrabilidad como su traslado a nivel de las instancias que correspondan, hasta su archivo defi nitivo. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 920-2014 de la trigésimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; sin la intervención del señor De Valdivia Cano por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que cada tomo de un expediente judicial o administrativo, no excederá de quinientos folios; y así sucesivamente, formando tomos numerados de manera correlativa. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de las Cortes Superiores de Justicia del país, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1180764-2