Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2014 (25/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014

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VISTOS: Los Oficios Nº 352-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES, Nº 353-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES, Nº 354-2014SINEACE/ST-DEA-IEES, Nº 355-2014-SINEACE/STDEA-IEES y Nº 356-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES, de la Direccion de Evaluacion y Acreditacion de Institutos y Escuelas de Educacion Superior del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas publicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el articulo 11º de la Ley MORDAZA mencionada, precisa que la acreditacion es el reconocimiento publico y temporal de la institucion educativa, area, programa o MORDAZA profesional que voluntariamente ha participado en un MORDAZA de evaluacion de su gestion pedagogica, institucional y administrativa, estableciendose asimismo que la acreditacion se da como consecuencia del informe de evaluacion satisfactorio debidamente verificado, presentado por la entidad acreditadora; Que, mediante la Decima MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de MORDAZA del 2014 se declara en reorganizacion el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capitulo II del Titulo I, a excepcion del numeral 8.3 del articulo 8, y los Titulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740, dejandose sin efecto en tal sentido, al Consejo Superior y los organos operadores del sistema; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la MORDAZA invocada precedentemente, el Ministerio de Educacion mediante Resolucion Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyo el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, quien presidira, un representante del Ministerio de Educacion y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobacion de la reorganizacion del SINEACE; Que, de acuerdo al literal d) del articulo 7° de la resolucion MORDAZA mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como funcion, culminar el MORDAZA de acreditacion de las instituciones educativas publicas y privadas que se encuentren en MORDAZA y cumplan con los requisitos establecidos; Que, mediante Informes N° 027-2014-SINEACE/ ST-DEA-IEES, N° 026-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES, N° 028-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES, N° 029-2014SINEACE/ST-DEA-IEES y N° 037-2014-SINEACE/STDEA-IEES, la Direccion de Evaluacion y Acreditacion de Institutos y Escuelas de Educacion Superior del SINEACE, considerando los Informes Finales de las evaluaciones externas realizadas por la Entidad Evaluadora International Zeta Consulting S.A.C., recomienda se otorgue la acreditacion a las carreras profesionales de: Enfermeria Tecnica, Administracion de Empresas, Guia Oficial de Turismo, Contabilidad; asi como, a las carreras Pedagogicas en las especialidades de Educacion Inicial, Educacion Secundaria: Idiomas-Ingles, Educacion Secundaria: Educacion Fisica, del Instituto Superior de Educacion Publico Chincha - Ica, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el modelo de calidad del SINEACE; Que, en atencion a los informes MORDAZA indicados y en ejercicio de las facultades otorgadas, al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesion de fecha 03 de diciembre 2014, continuada el 17 de diciembre 2014, se llegaron a los siguientes acuerdos relacionados con las acreditaciones de carreras profesionales del Instituto Superior de Educacion Publico Chincha - Ica: i) Acuerdo N° 089-2014-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditacion a la MORDAZA profesional de Enfermeria Tecnica, con una vigencia de tres (03) anos,

presidira, un representante del Ministerio de Educacion y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobacion de la reorganizacion del SINEACE; Que, de acuerdo al literal d) del articulo 7º de la resolucion MORDAZA mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como funcion, culminar el MORDAZA de acreditacion de las instituciones educativas publicas y privadas que se encuentren en MORDAZA y cumplan con los requisitos establecidos; Que, mediante Resolucion de Presidencia del Consejo Superior del SINEACE Nº 001-2012-SINEACE/P, publicada el 04 de febrero 2012, se oficializo la acreditacion otorgada al Instituto Pedagogico Nacional Monterrico por el plazo de dos anos, aprobada mediante Acuerdo Nº 673-2011CONEACES del Directorio del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria; Que, mediante Carta de fecha 02 de octubre 2014, el Instituto Pedagogico Nacional Monterrico remite el Informe Final del MORDAZA de autoevaluacion, a efectos de obtener la renovacion de su acreditacion institucional; Que, mediante Informe Nº 036-2014-SINEACE/STDEA-IEES, la Direccion de Evaluacion y Acreditacion de Institutos y Escuelas de Educacion Superior del SINEACE, considerando el Informe Final de la evaluacion externa realizada por la Entidad Evaluadora International Zeta Consulting S.A.C., recomienda se otorgue la renovacion de la acreditacion institucional del Instituto Pedagogico Nacional Monterrico, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el modelo de calidad del SINEACE, alcanzando una valoracion de trecientos doce (312) puntos, correspondiendo una vigencia de tres (03) anos, de acuerdo con el Procedimiento para la Evaluacion y Acreditacion de las instituciones de Educacion Superior No Universitaria ­ version II; Que, en atencion al informe MORDAZA indicado y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo Nº 088-2014-CDAH de sesion del 03 de diciembre 2014 continuada el 17 de diciembre 2014, acordo otorgar la renovacion de la acreditacion Institucional del Instituto Pedagogico Nacional Monterrico, con una vigencia de tres (03) anos; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolucion Ministerial Nº 396-2014MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar la renovacion de la acreditacion Institucional otorgada al Instituto Pedagogico Nacional Monterrico, mediante Acuerdo Nº 088-2014CDAH, de Sesion del 03 de diciembre 2014, continuada el 17 de diciembre 2014 del Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, con una vigencia de tres (03) anos, contados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Web del SINEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1181217-1

Oficializan acreditacion a diversas carreras profesionales y pedagogicas del Instituto Superior de Educacion Publico Chincha - Ica
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 048-2014-COSUSINEACE/CDAH-P MORDAZA, 22 de diciembre de 2014

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