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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (25/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 53

El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014 541055 Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1181217-3 Oficializan acreditación a diversas carreras profesionales y pedagógicas del Instituto Superior de Educación Público “La Inmaculada” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 050-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 22 de diciembre de 2014 VISTOS: Los Ofi cios Nº 364-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES, Nº 365-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES y Nº 366-2014- SINEACE/ST-DEA-IEES, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa, estableciéndose asimismo que la acreditación se da como consecuencia del informe de evaluación satisfactorio debidamente verifi cado, presentado por la entidad acreditadora; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740, dejándose sin efecto en tal sentido, al Consejo Superior y los órganos operadores del sistema; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, quien presidirá, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, de acuerdo al literal d) del artículo 7° de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como función, culminar el proceso de acreditación de las instituciones educativas públicas y privadas que se encuentren en proceso y cumplan con los requisitos establecidos; Que, mediante Informes N° 033-2014-SINEACE/ST- DEA-IEES, N° 035-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES y N° 038- 2014-SINEACE/ST-DEA-IEES, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE, considerando los Informes Finales de las evaluaciones externas realizadas por la Entidad Evaluadora International Zeta Consulting S.A.C., recomienda se otorgue la acreditación a las carreras profesionales de Computación e Informática, Secretariado Ejecutivo; así como a las carreras Pedagógicas en las especialidades de: Educación Inicial, Educación Primaria, Idiomas: Inglés y Computación e Informática, del Instituto Superior de Educación Público “La Inmaculada”, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el modelo de calidad del SINEACE; Que, en atención al informe antes indicado y en ejercicio de las facultades otorgadas, al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesión de fecha 03 de diciembre 2014, continuada el 17 de diciembre 2014, se llegaron a los siguientes acuerdos relacionados con las acreditaciones de carreras profesionales del Instituto Superior de Educación Público “La Inmaculada”: i) Acuerdo N° 095-2014-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditación a la carrera profesional de Computación e Informática, con una vigencia de tres (03) años, al haber alcanzado una valoración de trescientos treinta y cinco (335) puntos. ii) Acuerdo N° 096-2014-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditación a la carrera profesional de Secretariado Ejecutivo, con una vigencia de tres (03) años, al haber alcanzado una valoración de trescientos veintisiete (327) puntos. iii) Acuerdo N° 097-2014-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditación a las carreras Pedagógicas en las especialidades de: Educación Inicial, Educación Primaria, Idiomas: Inglés y Computación e Informática, con una vigencia de tres (03) años. De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley N° 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014- MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar la acreditación a las carreras profesionales de Computación e Informática, Secretariado Ejecutivo; así como a las carreras Pedagógicas en las especialidades de: Educación Inicial, Educación Primaria, Idiomas: Inglés y Computación e Informática, del Instituto Superior de Educación Público “La Inmaculada”, otorgada mediante Acuerdos: Nº 095-2014-CDAH, Nº 096-2014- CDAH y Nº 097-2014-CDAH respectivamente, de Sesión del 03 de diciembre 2014, continuada el 17 de diciembre 2014 del Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1181217-4 Oficializan acreditación otorgada a la carrera profesional de Administración de Negocios Internacionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico de Formación Bancaria - sede Norte RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 051-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 367-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE; y,