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El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014 541059 • Acuerdo N° 102-2014-CDAH, mediante el cual se aprobó el documento técnico denominado “Normas de Competencia del Productor de Palto” • Acuerdo N° 103-2014-CDAH, mediante el cual se aprobó el documento técnico denominado “Normas de Competencia del Pescador Artesanal” De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014- MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar los Acuerdos N° 102-2014- CDAH y N°103-2014-CDAH de sesión del 03 de diciembre 2014, continuada el 17 de diciembre 2014, mediante los cuales el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó los documentos denominados: “Normas de Competencia del Productor de Palto” y “Normas de Competencia del Pescador Artesanal” respectivamente, que en anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1181217-9 Oficializan Acuerdos mediante las cuales se aprobó la certificación de diversas personas como evaluadores de competencias en las ocupaciones de Productor de Banano Orgánico y Productor de Plantones de Cacao RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 056-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 22 de diciembre de 2014 VISTOS: Los Ofi cios N° 036-2014 SINEACE/ST-DEC-EBTP y N° 037-2014 SINEACE/ST-DEC-EBTP de la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 21º, numeral 21.2, del Reglamento de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED establece que para ser autorizado como entidad certifi cadora de competencias profesionales, se debe disponer de un equipo estable, y uno disponible, de especialistas en evaluación por competencias, cuyos integrantes han sido previamente certifi cados por el órgano operador competente; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Básica y Técnico Productiva mediante Informes N° 047-2014-SINEACE/ST-DEC-EBTP y 046- 2014-SINEACE/ST-DEC-EBTP, propone la certifi cación de los evaluadores de competencias en las ocupaciones de: Productor de Banano Orgánico y Productor de Plantones de Cacao respectivamente, que han aprobado las evaluaciones correspondientes; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión del 03 de diciembre 2014 continuada el 17 de diciembre 2014, se llegó a los siguientes acuerdos: - Acuerdo N° 104-2014-CDAH, mediante el cual se aprueba la certifi cación y registro como evaluador de competencias en la ocupación de Productor de Banano Orgánico, a 04 participantes que aprobaron las evaluaciones requeridas. - Acuerdo N° 105-2014-CDAH, mediante el cual se aprueba la certifi cación y registro como evaluadores de competencias en la ocupación de Productor de Plantones de Cacao, a 12 participantes, que aprobaron las evaluaciones requeridas. De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014- MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar los Acuerdos N° 104-2014-CDAH y N° 105-2014-CDAH del Consejo Directivo Ad Hoc, de sesión del 03 de diciembre 2014 continuada el 17 de diciembre 2014 a través de los cuales se aprueba la certifi cación como evaluadores de competencias en las ocupaciones de: Productor de Banano Orgánico y Productor de Plantones de Cacao respectivamente, a las personas comprendidas en el anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2°.- Registrar en el “Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Básica y Técnico Productiva”, a las personas comprendidas en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1181217-10 Oficializan Acuerdo mediante el cual se aprobó la renovación de la certificación de diversos profesionales como Evaluadores de Competencias en la carrera de Biología RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 057-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 222-2014-SINEACE/ST-DEC-ESU de la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Superior Universitaria del SINEACE; y,