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El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014 541062 el plazo de aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental correspondiente al año 2015 hasta el 30 de enero de 2015, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración del Acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Contando con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Supervisión y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modificada por la Ley Nº 30011, el Decreto Supremo Nº 009-2011-MINAM, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Literal n) del Artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el plazo de aprobación de los Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA), a cargo de las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), correspondiente al año 2015, hasta el 30 de enero de 2015. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese y comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 1181778-1 Aprueban formatos que permitirán a la OEFA iniciar acciones de cobranza y fiscalización a las empresas de los sectores Energía y Minería RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 166-2014-OEFA/PCD Lima, 22 de diciembre de 2014 VISTOS: El Informe N° 004-2014-OEFA/APR, el Informe N° 104-2014/OEFA-OA, y el Informe N° 323- 2014-OEFA/OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1° de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 006-2014-OEFA/PCD del 17 de enero del 2014 estableció la Coordinación General de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, la Coordinación General de Recaudación y Control del Aporte por Regulación se encarga de desarrollar las acciones destinadas a recaudar, gestionar y controlar el Aporte por Regulación de las empresas de los sectores de Energía y Minería bajo la competencia del OEFA; Que, el Literal d) del Artículo 2° de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 006-2014-OEFA/ PCD establece que una de las acciones a cargo de la citada Coordinación es proyectar, entre otras, las órdenes de pago; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2014-OEFA/CD del 29 de enero del 2014 se ha aprobado el Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del OEFA; Que, el Numeral 10.1 del Artículo 10° del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación establece que para el control de la recaudación y determinación de la deuda el OEFA puede emitir órdenes de pago. Asimismo, el Numeral 10.2 del citado Artículo establece que la orden de pago deberá contener los requisitos establecidos en los Artículos 77° y 78° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; Que, adicionalmente, el Numeral 9.2 del Artículo 9º del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación establece que el OEFA ejerce sus facultades de forma discrecional, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 62° y 166° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, frente al incumplimiento total o parcial de los aspectos sujetos a control señalados; Que, de conformidad con la Segunda Disposición Complementaria Final del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo se establecerán los procedimientos para la presentación, trámite y resolución de las solicitudes no contenciosas y contenciosas, así como otros que se requieran para la correcta implementación de la recaudación y control del Aporte por Regulación; Que, mediante Informe N° 104-2014-OEFA/OA del 22 de julio del 2014 la Ofi cina de Administración remitió el Informe N° 004-2014-OEFA/APR del 10 de julio del 2014, por medio del cual la Coordinación General de Recaudación y Control del Aporte por Regulación, expone la necesidad de aprobar los formatos que le permitirán iniciar las acciones de cobranza y fi scalización a las empresas de los sectores Energía y Minería; Que, mediante Informe Nº 323-2014-OEFA/OAJ del 12 de diciembre del 2014 la Ofi cina de Asesoría Jurídica ha concluido que es viable la aprobación de los formatos propuestos por la Coordinación General de Recaudación y Control del Aporte por Regulación, en tanto las acciones que estas contemplan se encuentran establecidas en el Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación; Que, el Artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, establece que la Ofi cina de Administración es el órgano responsable de la oportuna y adecuada gestión de los recursos asignados a la institución; Que, en ese sentido, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación, señala que las funciones de recaudación y control son ejercidas por la citada Ofi cina; por lo que corresponde aprobar los formatos de orden de pago y requerimiento de información y/o documentación, a efectos de que se inicien las acciones de cobranza y fi scalización a las empresas de los sectores Energía y Minería; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina de Administración y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 009- 2014-OEFA/CD, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Literal t) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los formatos que permitirán a la Ofi cina de Administración del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA iniciar las acciones de cobranza y fi scalización a las empresas de los sectores Energía y Minería, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución y que son los siguientes: - Formato 1 - Orden de Pago - Formato 2 - Requerimiento de Información y/o Documentación Artículo 2°.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina de Administración y a la Coordinación General de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA