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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (31/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 214

El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543708 Ingreso según % de Afectación Cantidad de Predios N° COSTO TOTAL ANUAL INGRESO TOTAL ANUAL 2014 (S/.) 2015 (S/.) 2014 (S/.) 2015 (S/.) Afectos al 100% 23229 S/. 5,254,127.99 S/. 5,254,127.99 Afectos al 85% 597 S/. 112,345.86 S/. 112,345.86 Afectos al 70% 2067 S/. 228,890.25 S/. 228,890.25 TOTAL 25893 S/. 5,760,912.98 S/. 5,760,912.98 S/. 5,595,364.11 S/. 5,595,364.11 1183621-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 405-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 27 de noviembre de 2014; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, mediante Ordenanza Nº 332-MDJM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital del Rímac, el mismo que ha sufrido modifi caciones; Que, el numeral 9.2 del artículo 9, de la Ley Nº 27783 de Bases de Descentralización, señala que dentro la autonomía administrativa se encuentra la facultad de organizarse internamente, precisando además en el inciso d) del artículo 42 que en competencia exclusiva de los gobiernos locales, aprobar su organización interna; Que, la Ley Nº 27658 Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece en el inciso c) del artículo 6, que en diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias afi nes, señalando además que toda dependencia, entidad u organismo de la administración pública, debe tener claramente asignadas sus competencias de modo tal que pueda determinarse la calidad de su desempeño y el grado de cumplimiento de sus funciones; Que, para facilitar el desarrollo de la actividades de gestión en la Gerencia de Rentas y de sus Subgerencias, con el fi n de darles una atención efi caz de acuerdo a la materia y/o especialidad de cada área, y fortalecer la cultura organizacional tanto como la productividad de las áreas, se ha visto por conveniente modifi car el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, para la Gerencia de Rentas, así como de las Subgerencias a su cargo; Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) de los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto únanime del Concejo y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Artículo Primero.- MODIFICASE, los artículos 43º, 44º, 45º 46º y 47º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad distrital del Rímac, aprobado mediante Ordenanza Nº 332-MDR, los mismos que tendrán el siguiente texto: “05.4. GERENCIA DE RENTAS Artículo 43º.- La Gerencia de Rentas, es el órgano de apoyo, encargado de administrar la política de recaudación de la institución, así como supervisar y controlar el proceso de ejecución coactiva Artículo 44º.- Son funciones de la Gerencia de Rentas las siguientes: a) Proponer proyectos de ordenanzas municipales en materia tributaria tendientes a mejorar, crear, modifi car, suprimir o exonerar contribuciones, tasas y derechos, de conformidad a lo señalado en la Constitución Política del Estado y dispositivos legales vigentes sobre la materia. b) Elaborar políticas de orientación y atención de reclamos del contribuyente en materia tributaria municipal. c) Supervisar el mantenimiento actualizado los registros de los contribuyentes y de las cuentas corrientes de los contribuyentes. d) Desarrollar y coordinar con las áreas técnicas respectivas respecto a la estructura de costos de los Arbitrios Municipales para la determinación de las tasas de arbitrios municipales. e) Elaborar Políticas y controlar que se cumplan las actividades relacionadas a cobranza ordinaria, coactiva de tributos y obligaciones administrativas reguladas en normas municipales, por vía coercitiva. f) Supervisar la emisión masiva mecanizada de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. g) Coordinar con las Gerencia s de Planifi cación y Presupuesto y Administración, la formulación del Texto Único de Servicios no Exclusivos. h) Supervisar que se cumplan las actividades de fi scalización tributaria en el distrito. i) Elaborar y ejecutar el Plan Operativo Institucional correspondiente a la Gerencia de Rentas y sus Subgerencias. j) Supervisar la emisión de resoluciones de determinación, resoluciones de multa, resoluciones de perdida de fraccionamiento y órdenes de pago de los tributos que administra la municipalidad, así como su cobranza ordinaria y coactiva. k) Planifi car y supevisar que se mantengan actualizados los registros estadísticos en la Gerencia de Rentas. l) Otras funciones que le asigne el gerente Municipal, en el ámbito de su competencia. Artículo 45º.- La Gerencia de Rentas para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las unidades orgánicas siguientes: 5.4.1 Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria. 5.4.2 Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva.