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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2014 (04/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Sábado 4 de enero de 2014 513516 restaurantes, agencias de viajes, transporte de pasajeros, cultura, recreación, artesanías, entre otros, que demandan los visitantes durante su estancia en el país; permitiendo conocer las fortalezas y debilidades de las estadísticas de turismo; Que, el MINCETUR ha elaborado tres (3) Cuentas Satélites de Turismo: Cuenta Satélite de Turismo, año de evaluación 2001 (publicado en septiembre de 2005); Cuenta Satélite de Turismo, año de evaluación 2002 (publicado en junio 2010); y Cuenta Satélite de Turismo, año de evaluación 2007 (publicado en julio de 2011); siendo que las Cuentas Satélites de Turismo 2002 y 2007, fueron elaboradas, validadas y aprobadas en el Marco del Proyecto Regional de la Cuenta Satélite de Turismo para la Comunidad Andina, contando con el asesoramiento del Instituto Nacional de Estadística - INE de España; Que, por la envergadura y trascendencia de la CST para el quehacer del turismo, es necesario se continúen con los procesos de mejora de la información y de la metodología para la elaboración de una nueva Cuenta Satélite a fi n de obtener una directa medición económica del turismo, contando así con una herramienta necesaria para el seguimiento de las políticas públicas y/o empresariales en el ámbito del turismo del país; Que, en tal sentido, resulta necesario constituir un Grupo de Trabajo encargado de proporcionar información, asesorar, evaluar y validar la Cuenta Satélite de Turismo - CST, año de evaluación 2011/2012, teniendo en cuenta las últimas actualizaciones de las Cuentas Nacionales del Perú, el mismo que por su naturaleza tiene carácter multisectorial; De conformidad con el artículo 35° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 5° del Decreto Ley N° 21292; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Constitución Constituir el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de proporcionar información, prestar asesoramiento, evaluar y validar la Cuenta Satélite de Turismo - CST, año de evaluación 2011/2012, a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. El Grupo de Trabajo Multisectorial estará adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 2°.- Conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial estará conformado por: - Dos representantes de la Ofi cina General de Estudios Económicos del Ministerio del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, uno de los cuales lo presidirá; - Dos representantes del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI; uno de los cuales actuará como secretario técnico; - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; - Un representante del Ministerio del Interior- MININTER; - Un representante de la Superintendencia Nacional de Migraciones – SNM; - Un representante del Banco Central de Reserva del Perú - BCRP; - Un representante de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; - Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE; - Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC; - Un representante del Ministerio de Cultura - MC; - Un representante de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC; - Un representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT; - Un representante de la Cámara Nacional de Turismo - CANATUR. El Grupo de Trabajo Multisectorial, además, podrá contar con el concurso y participación de funcionarios y especialistas de otras entidades o empresas públicas y privadas, vinculadas al sector turismo, los que podrán ser convocados en cualquier etapa de la implementación de su objetivo. Artículo 3°.- Designación de los miembros del Grupo de Trabajo Multisectorial La designación de los miembros integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial se realizará mediante ofi cio del Ministerio o entidad a la que representan, dirigido al Presidente del Grupo de Trabajo, en el plazo de ocho (8) días hábiles de publicada la presente Resolución. Artículo 4°.- Funciones El Grupo de Trabajo Multisectorial tendrá las siguientes funciones: a. Proporcionar la información estadística con que cuenta cada uno de sus miembros y que se requiera para elaborar la CST 2011/2012. b. Brindar asesoramiento técnico para la elaboración de la CST 2011/2012. c. Evaluar el proceso de elaboración de la CST 2011/2012, formulando las recomendaciones que correspondan. d. Validar los resultados de la CST 2011/2012, considerando las mejoras incorporadas de acuerdo a las recomendaciones de la CST 2011/2012, así como las últimas actualizaciones de las Cuentas Nacionales del Perú. Artículo 5°.- Del Plazo El Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante el artículo 1°, estará en funciones durante un plazo de doce (12) meses contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. Cumplido el plazo, el Grupo de Trabajo Multisectorial presentará al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo la CST 2011/2012, validada, con lo cual culminará sus funciones. Artículo 6°.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial deberá instalarse en un plazo que no excederá los ocho (8) días hábiles siguientes al plazo indicado en el artículo 3º de la presente Resolución Ministerial. Artículo 7°.- Gastos El funcionamiento del Grupo de Trabajo Multisectorial no irrogará gastos al Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1033920-2 AGRICULTURA Designan Jefe de la Unidad de Logística y Patrimonio del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural del Ministerio RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 001-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 3 de enero de 2014 VISTA: La Resolución Directoral Ejecutiva N° 264-2013- MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 264-2013-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE, se encargó al Licenciado Adolfo Martín Estrada Gamarra las funciones de Jefe de la Unidad de Logística y Patrimonio del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego;