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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2014 (04/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Sábado 4 de enero de 2014 513519 k) Autorizar la constitución del Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante la Comisión Permanente de Proceso Administrativo Disciplinario. l) Aprobar el rol anual de vacaciones de los trabajadores de la Entidad. m) Aprobar el proceso de evaluación de desempeño del personal. n) Aprobar licencias y/o permisos del personal. o) Aprobar el descanso pre y post natal. p) Aprobar las solicitudes de suspensión de las obligaciones con y sin contraprestación del personal contratado al amparo del Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios. q) Aprobar el programa de bienestar social y desarrollo humano dirigido al personal del Ministerio y su familia. r) Conciliar y someter a arbitraje materias derivadas de su gestión como Director(a) de la Ofi cina General de Administración, en los procesos regulados por la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1070 y por el Decreto Legislativo Nº 1071, Decreto Legislativo que norma el Arbitraje, que se originen en todo tipo de contratos de bienes y servicios, estén éstos comprendidos o no en la Ley de Contrataciones del Estado. 2.4 Representar al Ministerio del Ambiente ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación en el ámbito de las funciones propias y de aquellas que hayan sido expresamente delegadas. Para el caso de representación ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, se hace extensiva dicha atribución en su nivel y competencia al Especialista Responsable en Tesorería y al Especialista Responsable en Contabilidad. 2.5 Facultades que se ejercen de acuerdo a la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, que tienen como objeto, entre otros aspectos, regular los actos de administración, disposición, adquisición, registro y supervisión de los bienes nacionales. Artículo 3º.- Delegación de facultades al Viceministerio de Gestión Ambiental y al Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales Delegar en los funcionarios a cargo del Viceministro de Gestión Ambiental y del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, respectivamente, del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2014, las siguientes facultades y atribuciones: a) Suscribir, en el marco de sus respectivas competencias, Convenios de Cooperación Interinstitucional, Acuerdos, Memorandos o Cartas de Entendimiento u otros instrumentos de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, celebrados con otra entidad o entre el Ministerio del Ambiente y organismos internacionales. b) Aprobar, previa presentación a la Alta Dirección, los estudios defi nitivos y demás documentos requeridos en la fase de inversión diferente a la ejecución de obras, según corresponda la ejecución de sus proyectos de inversión pública. Artículo 4º.- De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente resolución, comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 5º.- De la Notifi cación y Publicación Notifi car la presente resolución a los funcionarios en quienes han sido delegadas facultades y atribuciones; así como disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1033629-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a España, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2014-DE/MGP Lima, 3 de enero de 2014 Visto, el Ofi cio N.1000-2368 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 21 de noviembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y participación de UN (1) Ofi cial Subalterno en el Máster en Ingeniería Naval Militar, a realizarse en la Universidad Politécnica de Madrid, Reino de España, del 6 enero al 22 de diciembre de 2014; Que, la designación del Ofi cial Subalterno para que participe en el referido programa académico, responde a la necesidad de capacitar al Personal Naval, con la fi nalidad de contar con Ofi ciales con conocimientos técnicos operativos en los conceptos básicos y las técnicas que manejan los ingenieros en las actividades de proyectar, construir, mantener y reparar buques de guerra; lo cual permitirá al Ofi cial Subalterno contar con una efi ciente preparación, que contribuya a elevar el nivel competitivo de la Marina de Guerra del Perú y al desarrollo de los Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.); Que, para el nombramiento del Ofi cial, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; en tal sentido, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Luis Enrique LOYOLA Alva, para que participe en el mencionado programa académico, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio dentro de la Marina de Guerra del Perú y al desarrollo de los Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.); Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002. Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 010-2010- DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos