Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2014 (04/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Sabado 4 de enero de 2014

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Que, de conformidad con el articulo 5° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017, modificado por la Ley N° 29873, el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que la citada MORDAZA le otorga, con excepcion de la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, en ese contexto, con la finalidad de garantizar una adecuada gestion de los recursos asignados, en materia presupuestal, en la contratacion de bienes, servicios y obras, asi como en la gestion de los recursos humanos, que permitan al Ministerio del Ambiente cumplir con las funciones previstas tanto en su Ley de Creacion, Organizacion y Funciones, asi como con la programacion de las metas institucionales para el Ejercicio 2014, es necesario delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego; Con el visado de la Secretaria General, de la Oficina General de Administracion, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 007-2008MINAM que aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones; el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley N° 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico; y, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, modificada por la Ley N° 29873. SE RESUELVE:

Que, se ha visto pertinente dar por concluido el encargo MORDAZA mencionado y proceder a la designacion del funcionario que ejercera las funciones de Jefe de la Unidad de Logistica y Patrimonio; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DAR POR CONCLUIDO el encargo efectuado al Licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en las funciones de Jefe de la Unidad de Logistica y Patrimonio del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- DESIGNAR al Licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe de la Unidad de Logistica y Patrimonio del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Articulo 3º.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUINE NAPURI Director Ejecutivo (e) Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL 1033623-1

AMBIENTE
Delegan diversas facultades y atribuciones en funcionarios a cargo de la Secretaria General, de la Oficina General de Administracion y de los Viceministerios de Gestion Ambiental y de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales
RESOLUCION MINISTERIAL N° 398-2013-MINAM MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, determina la competencia, funciones y estructura organica del Ministerio del Ambiente ­ MINAM; Que, el ultimo parrafo del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, senala que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, segun el articulo 1° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, la Ley General del Sistema de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 3042012-EF, establece los principios y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11° de la Ley N° 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77° y 78° de la Constitucion Politica del Peru, precisando en el inciso 7.1 de su articulo 7° que el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad;

Articulo 1º.- Delegacion de facultades a la Secretaria General Delegar en el funcionario a cargo de la Secretaria General del Ministerio del Ambiente para el Ano Fiscal 2014, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. Facultades de indole presupuestal: a) Las que son materia de delegacion y que se encuentran senaladas de manera expresa en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. b) Aprobar la formalizacion de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico. 1.2. Facultades de representacion, para lo siguiente: a) Suscribir contratos de auditorias externas para la Entidad. b) Suscribir Convenios de Cooperacion Interinstitucional, Acuerdos, Memorandos o Cartas de Entendimiento u otros instrumentos de naturaleza analoga, incluidas sus adendas, celebrados con otra entidad o entre el Ministerio del Ambiente y organismos internacionales. c) Suscribir contratos de consultoria derivados de Convenios de Cooperacion Tecnica Internacional No Reembolsable u otros instrumentos de naturaleza analoga. d) Conformar comisiones o comites al interior de la entidad no regulados por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. e) Oficializar el encargo de funciones de los organos de Apoyo, de Linea y de Asesoramiento del Ministerio del Ambiente, cuando el titular del cargo se encuentre ausente por motivos acreditados. f) Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora del Ministerio del Ambiente de acuerdo a la normatividad aprobada por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. g) Autorizar la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) declarados viables. h) Representar al Ministerio del Ambiente ante cualquier MORDAZA de autoridades y/o dependencias administrativas para

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