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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2014 (04/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Sábado 4 de enero de 2014 513523 Sobre Proyectos de Inversión Pública, de conformidad con la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, y demás normas conexas: - Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos y la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables, de acuerdo a la propuesta emitida por la Unidad Formuladora con la que tenga una relación de dependencia orgánica o funcional. Artículo 2.- Delegar en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2014, las siguientes facultades y atribuciones: Sobre Proyectos de Inversión Pública, de conformidad con la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF y demás normas conexas: - Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos y la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables, de acuerdo a la propuesta emitida por la Unidad Formuladora con la que tenga una relación de dependencia orgánica o funcional. Artículo 3.- Delegar en la Secretaria General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2014, las siguientes facultades y atribuciones: a) En materia Presupuestaria: - Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 010: Ministerio de Educación. - Aprobar las transferencias presupuestarias a los Sub CAFAEs del Pliego 010: Ministerio de Educación. - Suscribir en nombre y representación del Ministerio de Educación, los Convenios a que se hace referencia en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. - Suscribir la Ficha Técnica del Indicador de Desempeño, establecida en la Directiva Nº 005-2012- EF/50.01 “Directiva para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2012” b) Sobre Proyectos de Inversión Pública, de conformidad con la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF y demás normas conexas: - Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos y la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables, de acuerdo a la propuesta emitida por la Unidad Formuladora con la que tenga una relación de dependencia orgánica o funcional. c) En materia de Tesorería: - Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación. d) En materia de Contrataciones del Estado: - Aprobar y modifi car el Plan Anual de Contrataciones – PAC, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014, así como la aprobación de normas internas que se requieran para la adecuada implementación de las contrataciones que se realicen en el Ministerio de Educación. - Suscribir las comunicaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de selección que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal, y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la temática de los procesos de selección. - Resolver los recursos impugnativos interpuestos por los postores en el desarrollo de los procesos de selección que convoque la Entidad o que sean convocados por una Entidad privada nacional o internacional con la cual se haya suscrito convenio de encargo, siempre que corresponda a una Adjudicación de Menor Cuantía o una Adjudicación Directa Selectiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008- EF y modifi cado por el Decreto Supremo N° 138-2012- EF. - Suscribir convenios interinstitucionales para la realización de compras corporativas facultativas. - Suscribir convenios por encargo con otra Entidad Pública o Privada, Nacional o Internacional u Organismos Internacionales, aprobados previamente por el Titular del Pliego y derivados de los procesos de selección por encargo para la contratación de bienes, servicios y obras, conforme a lo previsto en el artículo 86 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. e) En el marco de Convenios de Cooperación Internacional Reembolsable o No Reembolsable: - Suscribir, modifi car y resolver los Convenios de Cooperación Interinstitucional con el Fondo General de Contravalor Perú – Japón. f) Sobre Procesos Administrativos Disciplinarios: - Instaurar procesos administrativos disciplinarios, así como disponer su no instauración mediante acto resolutivo. g) Sobre Acciones Administrativas, de conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y demás normas conexas: - Declarar, previo informe legal, la nulidad de ofi cio, de los actos administrativos que contravengan el ordenamiento jurídico. - Resolver, previo informe legal, los recursos de apelación y revisión interpuestos contra las Resoluciones emitidas por la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana – DRELM. - Resolver las Quejas por Defecto de Tramitación formuladas contra el Director de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana – DRELM. - Suscribir actas de reconocimiento de uso de ambiente físico, convenios de uso de espacios disponibles u otros de similar naturaleza. - Suscribir, modifi car y/o resolver Convenios de Colaboración Interinstitucional, así como las Adendas de los Convenios suscritos con anterioridad a la publicación de la presente resolución. h) Sobre Documentos Normativos: - Emitir los actos resolutivos que aprueben los Documentos Normativos del Ministerio de Educación. i) Sobre disposición y administración de propiedad estatal, de conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y su modifi catoria: - Aprobar los actos de adquisición, administración y disposición de los bienes inmuebles que correspondan al Ministerio de Educación, lo que incluye la suscripción de los documentos que sean necesarios para su formalización. j) En materia Laboral: - Aprobar, modifi car o dejar sin efecto, la designación y conformación de los miembros que en representación del Ministerio de Educación, integren las Comisiones de Trato Directo. - Requerir formalmente la contratación del personal en el marco del Decreto Ley N° 25650 y la Ley Nº 29806, solicitar el incremento del presupuesto asignado al Ministerio de Educación para dicho personal, así como, cursar la documentación necesaria