Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2014 (06/01/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

513656
organos del Gobierno Local los cuales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas ha preparado un proyecto de Ordenanza para regular el MORDAZA legal de aplicacion de multas tributarias, el regimen de gradualidad y el regimen de incentivos por el pago de sanciones tributarias en el ejercicio de la facultad discrecional prevista en el articulo 166 del TUO del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013/EF y modificatorias, que permite determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias y aplicar gradualmente la sancion que corresponda en la forma y condiciones que establezca, determinando sus parametros y criterios; Que, las infracciones tributarias materia de regulacion a traves de la presente ordenanza son las tipificadas en el articulos siguientes: 173, numeral 5; 176, numerales 1 y 2; 177, numerales 15, 16 y 23 y 178, numeral 1; Que, es necesario actualizar el ordenamiento juridico de la Municipalidad Provincial del Callao e incentivar a los contribuyentes que no hubieren cumplido con sus obligaciones tributarias formales dentro de los plazos establecidos a regularizar voluntariamente el cumplimiento de las mismas, coadyuvando de esta manera a implementar una eficiente recaudacion tributaria; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL MORDAZA LEGAL DE APLICACION DE MULTAS TRIBUTARIAS, REGIMEN DE GRADUALIDAD Y REGIMEN DE INCENTIVOS DE SANCIONES TRIBUTARIAS Articulo 1.- ALCANCE DEL MORDAZA LEGAL La presente Ordenanza establece el MORDAZA Legal de Aplicacion de Multas Tributarias, Regimen de Gradualidad y Regimen de Incentivos de Sanciones Tributarias aplicables por la Municipalidad Provincial del Callao a los contribuyentes que incurran en las infracciones

El Peruano Lunes 6 de enero de 2014

tributarias tipificadas en los numerales 5 del articulo 173, numerales 1 y 2 del articulo 176, los numerales 15, 16 y 23 del articulo 177 y numeral 1 del articulo 178 Tablas de Infracciones y Sanciones ­ Libro MORDAZA del Texto Unico Ordenado T.U.O. del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013/EF y modificatorias, en adelante Codigo Tributario. Articulo 2.- OBJETIVOS La presente Ordenanza tiene como objetivos sistematizar dentro del MORDAZA normativo las multas tributarias aplicables a los contribuyentes que incurran en las infracciones senaladas, asi como tambien, establecer el procedimiento para aplicar las sanciones correspondientes con el acogimiento al regimen de gradualidad e incentivos, conforme a ley. Articulo 3.- REQUISITOS Para acogerse al regimen de gradualidad e incentivos aplicables a las infracciones incurridas, el infractor debera cumplir los siguientes requisitos: a) Subsanacion de la infraccion cometida, a traves de la MORDAZA de la Declaracion Jurada en los plazos, condiciones y formas que establezca la Administracion Tributaria Municipal. b) No haber interpuesto medio impugnatorio alguno contra la multa tributaria. En caso contrario solo podra acogerse si previamente se desiste del mismo, mediante la MORDAZA del escrito respectivo ante la Mesa de Partes de la Municipalidad Provincial del Callao. Articulo 4.- ACOGIMIENTO AL REGIMEN El acogimiento al regimen es automatico, siempre que el infractor tributario MORDAZA cumplido con los requisitos expuestos en el articulo precedente en lo que corresponda. Articulo 5.- REGIMEN DE INCENTIVOS Y GRADUALIDAD DE SANCIONES TRIBUTARIAS Para la aplicacion de incentivos y gradualidad en el pago de las multas tributarias se aplicara de la siguiente forma:

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.