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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2014 (11/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Sábado 11 de enero de 2014 514118 a) El número del Registro Único de Contribuyentes (RUC). b) La Denominación de la Municipalidad. c) La Deuda Materia del Sinceramiento de la Deuda Municipal distinta a la Deuda Aduanera que fi gura en el Archivo de Deuda y que se desea acoger al Sinceramiento de la Deuda Municipal. d) La Deuda Aduanera que se desea acoger al Sinceramiento de la Deuda Municipal, indicando los siguientes datos: d.1 Número de documento de deuda d.2 Tipo de documento de deuda d.3 Fecha de actualización de deuda. d.4 Entidad d.5 Monto del tributo o multa. d.6 Monto de los intereses. d.7 Monto total de la deuda. e) La forma de Pago. f) Los Recursos de Libre Disponibilidad, en caso elija la forma de pago fraccionado. g) Número de cuotas por las que se solicita el fraccionamiento. h) Monto de la primera cuota que no puede ser inferior al resultado de dividir el monto total de la deuda acogida sobre el número de cuotas que solicita el fraccionamiento. 4.4 Una vez ingresada la información en el Formulario Nº 4847 “Solicitud de Acogimiento al Sinceramiento de la Deuda Municipal”, ésta será validada en el referido aplicativo, se grabará el archivo que se genere en un disco compacto o memoria USB y se imprimirá la Solicitud de Acogimiento, la que debidamente fi rmada por el representante legal de la Municipalidad acreditado en el RUC se presentará en los lugares indicados en el numeral 5.1 del artículo 5°. La Municipalidad también deberá proceder a imprimir los reportes de pagos que se generan como producto del procedimiento de elaboración de la Solicitud de Acogimiento, a fi n de poder efectuar aquellos pagos correspondientes a la primera cuota del pago fraccionado o al pago al contado de la Deuda Materia del Sinceramiento de la Deuda Municipal por cada uno de los Entes que componen la deuda acogida. Artículo 5°.- PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE ACOGIMIENTO 5.1 La Solicitud de Acogimiento impresa y debidamente fi rmada por el representante legal de la Municipalidad acreditado en el RUC así como el archivo que la contiene, debidamente almacenado en un disco compacto o memoria USB, se presentarán, hasta el 13 de febrero de 2014, en los siguientes lugares: a) Tratándose de Municipalidades que por su domicilio fi scal correspondan a la Intendencia Lima: a.1 Si son Principales Contribuyentes: En las dependencias encargadas de recibir sus declaraciones pago o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la Provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao. a.2 Si son Medianos y Pequeños Contribuyentes: En los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la Provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao. b) Tratándose de Municipalidades que por su domicilio fi scal correspondan a otras Intendencias Regionales u Ofi cinas Zonales: En las dependencias de la SUNAT de su jurisdicción o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por dichas dependencias. 5.2 En el caso de haberse optado por el pago fraccionado de la Deuda Materia de Sinceramiento de la Deuda Municipal, la Municipalidad deberá adjuntar copia del Acuerdo de Concejo Municipal, según el modelo del Anexo I aprobado por el Reglamento. 5.3. Si el trámite de presentación es realizado por un tercero, éste deberá presentar carta poder simple fi rmada por el representante legal de la Municipalidad acreditado en el RUC y copia simple del documento de identidad del referido representante. Artículo 6°.- CAUSALES DE RECHAZO El disco compacto o memoria USB o el archivo de la Solicitud de Acogimiento contenido en cualquiera de estos dispositivos de almacenamiento, serán rechazados si, luego de verifi cados, se presenta al menos alguna de las siguientes situaciones: a) Contiene virus informático. b) Presenta defectos de lectura. c) El número de RUC del archivo es distinto al que fi gura en la Solicitud de Acogimiento impresa. d) El número de RUC del archivo pertenece a una Municipalidad cuyo domicilio fi scal no corresponde a las dependencias de la SUNAT o a los Centros de Servicios a que se refi ere el numeral 5.1 del artículo 5°. e) El número de pedido del Archivo de Deuda es distinto al que se generó en SUNAT Operaciones en Línea. f) Presenta modifi caciones de contenido luego de la elaboración de la solicitud de acogimiento. g) El Archivo de Deuda no se generó en SUNAT Operaciones en Línea. Cuando se rechace el disco compacto o memoria USB o el archivo de la Solicitud de Acogimiento por cualquiera de las situaciones señaladas, ésta se considerará como no presentada. Artículo 7°.- CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN O DE RECHAZO 7.1 De no mediar alguna de las causales de rechazo del artículo 6°, el sistema de la SUNAT validará el archivo, almacenará la información y procederá a recibir la Solicitud de Acogimiento impresa, emitiendo la constancia de presentación del archivo debidamente sellada y/o refrendada y entregando el cargo correspondiente a la solicitud impresa. 7.2 En el caso de producirse el rechazo por alguna de las causales previstas en el artículo 6° se imprimirá la constancia de rechazo la cual será sellada y entregada a quien realiza el trámite. 7.3 En todos los casos, el disco compacto o memoria USB presentada serán devueltos a la persona que realiza el trámite. Artículo 8°.- SUSTITUCIÓN DE LA SOLICITUD DE ACOGIMIENTO Para efecto de lo señalado por el numeral 7.3 del artículo 7° del Reglamento, se tendrá en cuenta lo siguiente: 8.1 Una vez presentada la Solicitud de Acogimiento y siempre que no haya vencido el plazo para su presentación, la Municipalidad podrá sustituir la información consignada en la referida solicitud considerando que: a) La última Solicitud de Acogimiento sustituye en su totalidad a la anterior, no siendo posible la presentación de solicitudes rectificatorias ni complementarias. b) Se deberá consignar nuevamente todos los datos de la Deuda Materia del Sinceramiento de la Deuda Municipal, inclusive aquella información que no desea sustituir. 8.2 En el caso que la Municipalidad sustituyera la información conforme a lo detallado en el numeral anterior, se entenderá como fecha de presentación de la Solicitud de Acogimiento a la del último Formulario Nº 4847 “Solicitud de acogimiento al Sinceramiento de la Deuda Municipal” presentado, siempre que a dicha fecha la Municipalidad haya cumplido con los requisitos previstos en el artículo 7° del Reglamento. Artículo 9°.- DEL PAGO AL CONTADO Y DE LA PRIMERA CUOTA DEL PAGO FRACCIONADO DE LA DEUDA MATERIA DEL SINCERAMIENTO DE LA DEUDA MUNICIPAL 9.1 El pago al contado de la Deuda Materia del Sinceramiento de la Deuda Municipal o de la primera cuota