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El Peruano Miércoles 15 de enero de 2014 514344 de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 272,58 Viáticos US$ 1 110,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1037947-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional Piura - PEI 2013-2016 ORDENANZA REGIONAL Nº 281-2013/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que el numeral 71.1 del artículo 71º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que en las entidades para la elaboración de los Planes Operativos deben tomar como referencia los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) el cual debe estar concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESM) y Plan de Estratégico de Desarrollo Regional Concertado (PDRC); Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, del 22 de junio del 2011, se aprobó el Plan Bicentenario Perú al 2021, disponiendo que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021; con Decreto Supremo Nº 089-2011-PCM, del 29 de noviembre del 2011, se autoriza al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, Plan Bicentenario 2021, señalando asimismo que el proceso de actualización se realizará mediante la coordinación multisectorial, interinstitucional e intergubernamental; Que mediante la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se aprobó la Estrategia de Modernización de la Gestión Pública 2012- 2016 - Lineamientos de modernización del Estado a las entidades públicas; incorporándose esta política en el Plan Estratégico Institucional 2013-2016 con el objetivo de brindar bienes y servicios de calidad como resultado de una gestión efi ciente y efi caz orientada al ciudadano, que sumada a la articulación interinstitucional e intersectorial, permitirán lograr los objetivos planteados; Que, el Gobierno Regional Piura conjuntamente con las instituciones políticas, económicas, sociales y del sector público del departamento de Piura, suscribieron el “Acuerdo Regional Piura 2021”, documento que defi ne visión, ejes estratégicos y lineamientos de desarrollo, y marca el rumbo a través de lineamientos, políticas o normas de acción a ser cumplidos por cada uno de los gobiernos regionales que se sucedan durante dicho período; Que, el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2007-2011 (PDRC), aprobado con Ordenanza Regional Nº 139-2007/ GRP-CR del 31 de diciembre del 2007, concluyó su vigencia, por ello el Gobierno Regional Piura, convocó a los actores regionales para formular el Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional Piura 2013-2016 (PEDRC), el cual se aprobó mediante Ordenanza Regional Nº 262-2013/GRP-CR del 03 de abril del 2013, documento donde se defi nen los objetivos estratégicos, específi cos, políticas y metas a ser cumplidas en dicho periodo, que se consideran necesarios para visualizar la visión regional de largo plazo y servirá de marco referente para formulación del Plan Estratégico Institucional 2013-2016; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 173-2009-GRP- PR se aprobó el Plan Estratégico Institucional 2009-2011 y con Resolución Ejecutiva Regional Nº 931-2010-GRP-P se aprueban las Matrices Estratégicas y los Indicadores para cada, Objetivo General y Específi co contenidos en el Plan Estratégico Institucional 2009-2011, documentos que han concluido su horizonte y habiéndose aprobado el Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado 2013-2016, requiere la formulación y aprobación del Plan Estratégico Institucional 2013-2016, documento de gestión institucional que contribuye a logros de objetivos de desarrollo; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado con Ordenanza Regional Nº 111-2006/ GRP-CR, y, sus modifi catorias entre ellas la Ordenanza Regional Nº 232-2013/GRP-CR, establece las funciones de CEPLAR y de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señalándose en el artículo 69º y 71º, la formulación y evaluación del Plan Estratégico Institucional es conducida y supervisada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y por la Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial da inicio el proceso de formulación del Plan Estratégico Institucional 2013-2016, habiéndose aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 347-2013-GRP-PR del 18 de junio del 2013 la Directiva Nº 013-2013-GRP-410000-410100 denominada Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional Piura; Que, mediante Informe Nº 106-2013/GRP-410100 del 19 de noviembre de 2013, la Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión alcanza la propuesta del Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional Piura 2013 – 2016; con Informe Nº 2579-2013/GRP-460000 del 04 de diciembre de 2013, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica concluye que resulta procedente la aprobación del PEI 2013 – 2016; y con Informe Nº 076-2013/GRP-200010- ACCR del 11 de diciembre de 2013, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional recomienda su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 12-2013, de fecha 18 de diciembre de 2013, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA-PEI 2013-2016 Artículo Primero.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional Piura - PEI 2013-2016, documento elaborado en el marco del Plan Estratégico de