Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2014 (16/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Jueves 16 de enero de 2014

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Conservacion Privada, MORDAZA titulares o les sea otorgado algun derecho real sobre el mismo. Articulo 5º.- En aplicacion del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, y de los numerales 1 y 5 del articulo 2019° del Codigo Civil, asi como del articulo 12º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, el SERNANP procedera a inscribir en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Area de Conservacion Privada Paraiso Natural Iwirati, por un periodo de veinte (20) anos, segun detalle: Obligaciones de Hacer: 1. Usar el area del Area de Conservacion Privada para el fin que ha sido reconocido. 2. Desarrollar practicas ambientales sostenibles en el aprovechamiento de los recursos naturales. 3. Preservar servicios ambientales en el Area de Conservacion Privada. 4. Dar cumplimiento a la normativa sobre Areas Naturales Protegidas, directivas, disposiciones y recomendaciones emitidas por el SERNANP, asi como las normas conexas aplicables a la conservacion del Area de Conservacion Privada. 5. Brindar al representante del SERNANP, o a quien este designe, las facilidades que esten a su alcance para la supervision del area. 6. Presentar un informe anual de avance respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro. Obligaciones de No Hacer: 1. No efectuar cambios de uso, distintos a los permitidos en los documentos de planificacion. 2. No realizar cambio de uso del suelo en la zonificacion de uso limitado del Area de Conservacion Privada.

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer el Area de Conservacion Privada (ACP) Paraiso Natural Iwirati, por el periodo de veinte (20) anos, sobre una superficie parcial de cien hectareas (100,00 ha) del predio inscrito en la Partida Registral Nº 04020715 de la Oficina Registral de Iquitos de la MORDAZA Registral N° IV ­ Sede Iquitos, ubicada en el distrito de Nauta, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, area que se encuentra debidamente delimitada segun la Memoria Descriptiva y el Mapa, en anexos; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Establecer como objetivo general del Area de Conservacion Privada Paraiso Natural Iwirati, conservar una muestra de la diversidad biologica y los servicios ambientales de la ecorregion Varzea de Iquitos, mediante la revalorizacion de los conocimientos tradicionales Kukama y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales del area propuesta. Articulo 3º.- En aplicacion del MORDAZA parrafo del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, que contiene las disposiciones para la elaboracion de los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas, el Expediente de reconocimiento del Area de Conservacion Privada Paraiso Natural Iwirati, se constituye en su Plan Maestro, en razon a que este contiene el listado de obligaciones y restricciones, asi como la propuesta de zonificacion del Area de Conservacion Privada. Articulo 4º.- En aplicacion del articulo 11º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del area determina la aceptacion por parte del propietario de las condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que durante el plazo de vigencia del reconocimiento del Area de

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