Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2014 (16/01/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Jueves 16 de enero de 2014

514363
La Direccion de Supervision depende directamente de la Presidencia Ejecutiva. La Direccion de Supervision se encuentra conformada por las siguientes unidades organicas: - Sub Direccion de Supervision y Monitoreo - Sub Direccion de Atencion de Denuncias Articulo 53.- Funciones de la Direccion de Supervision Son funciones de la Direccion de Supervision: a) Dirigir la supervision de los procesos de contratacion, de forma selectiva y/o aleatoria, asi como otras contrataciones previstas en la Ley; b) Emitir pronunciamientos respecto de las observaciones formuladas contra las bases de los procesos de seleccion, sometidos a su consideracion; c) Evaluar y resolver las denuncias interpuestas ante el OSCE, segun corresponda, relacionadas con la trasgresion a la normativa de contrataciones; d) Suspender los procesos de contratacion, en los que como consecuencia del ejercicio de sus funciones observe trasgresiones a la normativa aplicable, pudiendo adoptar y/o disponer las medidas que resulten necesarias para tal efecto, incluida la no emision de las constancias necesarias para la suscripcion del respectivo contrato; e) Coordinar con la Direccion Tecnico Normativa la elaboracion de Directivas de alcance general relacionadas con la aplicacion de la normativa de contrataciones del Estado, asi como elaborar comunicados e instructivos de orientacion sobre las materias de su competencia; f) Proponer a la Presidencia Ejecutiva el perfeccionamiento de los procedimientos que se encuentren bajo su administracion, a traves de la formulacion de Directivas u otros documentos normativos que regulen la materia de su competencia; g) Dirigir la supervision de procesos clasicos, bajo modalidad o exoneraciones que realicen las entidades del Estado; h) Dirigir la supervision respecto de la configuracion de los supuestos de inaplicacion en los que la normativa de contratacion publica senale expresamente como atribucion del OSCE; i) Administrar estadisticas respecto de los procedimientos materia de su competencia; j) Emitir Resoluciones en materia de su competencia; k) Las demas que le asigne la Presidencia Ejecutiva, comprendidas dentro del ambito de su competencia. Articulo 54.- Sub Direccion de Supervision y Monitoreo La Sub Direccion de Supervision y Monitoreo es responsable de supervisar los procesos de contratacion, de forma selectiva y/o aleatoria, asi como evaluar y elaborar pronunciamientos absolviendo las observaciones a las bases de los procesos de seleccion que MORDAZA elevadas al OSCE. Son funciones de la Sub Direccion de Supervision y Monitoreo: a) Supervisar, de forma selectiva y/o aleatoria los procesos de contratacion o bajo modalidad, desde los actos preparatorios hasta su culminacion, pudiendo observar y notificar las trasgresiones a la normativa que se adviertan; b) Supervisar, de forma selectiva y/o aleatoria y de oficio o a pedido de parte, las exoneraciones de procesos de seleccion, pudiendo observar y notificar las trasgresiones a la normativa que se adviertan; c) Supervisar la configuracion de los supuestos de inaplicacion en los que la normativa de contratacion publica senale expresamente como atribucion del OSCE; d) Elaborar los pronunciamientos respecto de las observaciones formuladas contra las bases de los procesos de seleccion sometidos a consideracion del OSCE; e) Elaborar los informes proponiendo la suspension de los procesos de contratacion en los que como consecuencia del ejercicio de sus funciones observe trasgresiones a la normativa de contrataciones publicas, conforme lo establezca la normativa vigente;

Articulo 50.- Sub Direccion de Procesos Especiales La Sub Direccion de Procesos Especiales es responsable de promover la utilizacion de la modalidad de Subasta Inversa u otras que se le encargue, conforme a la normativa sobre la materia, brindando asesoria de caracter tecnico relacionada a estas modalidades de seleccion. Son funciones de la Sub Direccion de Procesos Especiales: a) Brindar asesoria de caracter tecnico relacionada a la modalidad de Subasta Inversa u otras que se le encargue, conforme a la normativa sobre la materia; b) Elaborar los proyectos de fichas tecnicas de bienes y servicios comunes a contratar bajo la modalidad de Subasta Inversa; c) Elaborar el informe tecnico que sustente la inclusion, modificacion o exclusion de las fichas tecnicas de los bienes y servicios a contratar bajo la modalidad de subasta inversa; d) Elaborar el informe que resuelve los pedidos formulados por las entidades para utilizar mecanismos de contratacion distintos de las modalidades de Subasta Inversa u otras que se le encargue, conforme a la normativa sobre la materia; e) Promover la capacitacion y difusion en materias relacionadas con la aplicacion de la Subasta Inversa u otras modalidades de seleccion que se le encargue; f) Proponer mejoras a la modalidad de Subasta Inversa u otras que se le encargue; g) Las demas que le asigne la Direccion Tecnico Normativa, comprendidas dentro del ambito de su competencia. Articulo 51.- Sub Direccion de Desarrollo de Capacidades La Sub Direccion de Desarrollo de Capacidades es responsable de formular y ejecutar las actividades de difusion, capacitacion y desarrollo de capacidades sobre aspectos referidos a las contrataciones del Estado, asi como efectuar el analisis de impacto respectivo. Son funciones de la Sub Direccion de Desarrollo de Capacidades: a) Formular, proponer e implementar actividades y mecanismos para la difusion y el desarrollo de capacidades y competencias en el MORDAZA de las contrataciones del Estado; b) Elaborar y evaluar los materiales para las actividades de capacitacion y difusion; c) Planificar y ejecutar las actividades de capacitacion en el MORDAZA de las contrataciones del Estado; d) Planificar y ejecutar estrategias para la adquisicion de conocimientos y desarrollo de habilidades personales de los funcionarios y servidores publicos, orientada a mejorar los criterios de aplicacion de la normativa de contrataciones del Estado; e) Determinar el procedimiento para la incorporacion, monitoreo y evaluacion del Equipo de Capacitadores del OSCE; f) Mantener relaciones de cooperacion con entidades para el desarrollo de eventos de capacitacion en el MORDAZA de las contrataciones del Estado; g) Asesorar, coordinar y supervisar los eventos de capacitacion en materia de contrataciones del Estado; h) Efectuar el analisis de impacto de las actividades de difusion, capacitacion y desarrollo de capacidades referidas a las contrataciones del Estado; i) Desarrollar y supervisar el Procedimiento de Certificacion de los funcionarios y servidores publicos y la acreditacion de instituciones educativas en el MORDAZA de las contrataciones del Estado; j) Las demas que le asigne la Direccion Tecnico Normativa, comprendidas dentro del ambito de su competencia. Articulo 52.- Direccion de Supervision La Direccion de Supervision tiene como finalidad supervisar los procesos de contratacion, de forma selectiva y/o aleatoria de acuerdo con las atribuciones conferidas al OSCE por la Ley.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.