Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2014 (21/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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El Peruano Martes 21 de enero de 2014

Circular referida al uso obligatorio del Modulo Editor de Resoluciones del Sistema Integrado Judicial (SIJ) Expedientes
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 343-2013-CE-PJ
MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 VISTO: El Oficio N° 460-2013-GA-P-PJ cursado por el Coordinador del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, respecto al uso del MORDAZA Editor de Resoluciones del Sistema Integrado Judicial (SIJ) - Expedientes. CONSIDERANDO: Primero. Que la Presidencia del Poder Judicial ha fijado como una de sus lineas de politica de gestion, la busqueda de la eficiencia en el servicio de justicia, el ejercicio de una funcion jurisdiccional medible y controlable, la promocion de instrumentos de gestion y transparencia institucional, y el fomento de una etica laboral en los jueces y servidores judiciales. Segundo. Que bajo esas lineas de accion, el Coordinador del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial somete a consideracion de este Organo de Gobierno propuesta para disponer el uso obligatorio del Modulo Editor de Resoluciones del Sistema Integrado Judicial (SIJ) Expedientes, que permitiria la proyeccion de las resoluciones judiciales y su posterior descargo, con la finalidad de garantizar y asegurar la transparencia y predictibilidad del sistema de imparticion de justicia. Esta medida conforme a la propuesta presentada permitira que no solo se precise el fallo resolutivo (como es actualmente) sino que ademas, se descargue la resolucion en el sistema de manera inmediata. Tercero. Que, al respecto, mediante Resolucion Administrativa N° 280-2010-CE-PJ, del 5 de agosto de 2010, se dispuso que se publiquen en la pagina Web del Poder Judicial todas las sentencias y autos que pongan fin al MORDAZA o varien situaciones juridicas, salvo aquellos que por mandato legal tienen caracter de reservados, a efectos de optimizar el servicio de acceso a la informacion relativa a las decisiones judiciales. Con ese objetivo el Poder Judicial tiene implementado el Modulo de Consulta de Expedientes Judiciales - CEJ, a traves del cual se puede consultar la informacion descargada por los organos jurisdiccionales a traves del Sistema Integrado Judicial (SIJ) Expedientes, el mismo que cuenta con el modulo denominado Editor que contiene las resoluciones emitidas por los organos jurisdiccionales. Cuarto. Que en atencion a las consideraciones anotadas, resulta pertinente disponer el uso obligatorio del Modulo Editor de Resoluciones del Sistema Integrado Judicial (SIJ) Expedientes, que permitira la proyeccion de las resoluciones judiciales y posterior descargo, lo que guarda relacion con el antecedente constituido por la Resolucion Administrativa N° 13-2011-CED-CSJLI/PJ, que dispuso el uso obligatorio del Sistema Integrado Judicial - SIJ, por parte de los jueces de todos los niveles, del personal jurisdiccional y administrativo de las MORDAZA Superiores, Juzgados Especializados y Mixtos y Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en los que se MORDAZA implementado el sistema, siendo responsable de su adecuada y oportuna utilizacion el Juez o Presidente de Sala Superior de cada organo jurisdiccional, quienes deberan designar al personal encargado para el caso. Quinto. Que a efectos de garantizar y asegurar el buen funcionamiento del sistema judicial, encausado hacia el logro de los objetivos previstos en el fundamento primero, resulta necesario adoptar las medidas administrativas pertinentes en aras de incrementar los niveles de transparencia que la ciudadania en general y la comunidad juridica demandan, con informacion actualizada de la produccion de los organos jurisdiccionales, y coadyuvar de esa forma a la predictibilidad de las decisiones como fuente de la seguridad juridica. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 928-2013 de la MORDAZA octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA

Pilco; sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia; de conformidad con lo previsto en el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que los Jueces de Paz Letrados, Jueces Especializados, Mixtos y Superiores de la Republica, cumplan las siguientes reglas: a) El uso obligatorio del Modulo Editor de Resoluciones del Sistema Integrado Judicial (SIJ) - Expedientes, que permite la proyeccion de las resoluciones judiciales y posterior descargo, con la finalidad de garantizar y asegurar la transparencia del buen funcionamiento del sistema judicial; y, b) El uso del Modulo Editor de Resoluciones sera obligatorio en los organos jurisdiccionales a nivel nacional, en los que se encuentre implementado el Sistema Integrado Judicial (SIJ) - Expedientes; y siempre que MORDAZA concluido la respectiva capacitacion sobre la utilizacion del Modulo Editor, labor que estara bajo responsabilidad de la Gerencia de Informatica del Poder Judicial. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Informatica de la Gerencia General del Poder Judicial en el plazo de 45 dias calendario de notificada con la presente resolucion administrativa, elabore un programa de capacitacion que permita a los jueces, personal jurisdiccional y administrativo, tener pleno conocimiento del adecuado funcionamiento y las bondades que representa el uso del Modulo Editor de Resoluciones del Sistema Integrado Judicial (SIJ) - Expedientes, tanto para el Poder Judicial como para la ciudadania. Articulo Tercero.- Disponer que la responsabilidad de la adecuada y oportuna utilizacion del Modulo Editor de Resoluciones recaiga en el Juez o Presidente de Sala Superior de cada organo jurisdiccional, quienes deberan designar al personal encargado para el caso. Articulo Cuarto.- Exhortar a aquellos organos jurisdiccionales que vienen utilizando el Modulo Editor de Resoluciones del Sistema Integrado Judicial (SIJ) Expedientes, a continuar con el uso del mismo, en aras de una mas eficiente y transparente administracion de justicia. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, las que deberan hacerla de conocimiento de todos los jueces sin excepcion; Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

1040248-2

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Autorizan la publicacion de la Res. Adm. Nº 0004-2014-J-ODECMACSJLI/PJ que aprueba el Programa Anual de Visitas Ordinarias durante el ano judicial 2014 a los Organos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº O22-2014-P-CSJLI-PJ
MORDAZA, 15 de enero del 2014

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