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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2014 (23/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Jueves 23 de enero de 2014 514823 Artículo 7º.- El citado ofi cial está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa y Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 1041478-5 Autorizan viaje de oficial FAP a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2014-DE/FAP Lima, 22 de enero de 2014 Visto el Ofi cio Nº 717/MAAG/AFSEC de fecha 10 de diciembre de 2013 del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América y el Ofi cio NC-55-COE3-Nº 0001 de fecha 02 de enero de 2014 del Segundo Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, con el Ofi cio Nº 717/MAAG/AFSEC de fecha 10 de diciembre de 2013, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace extensiva la invitación para que un (01) Ofi cial de la FAP participe en la Conferencia de Planeamiento Inicial (IPC) para el Ejercicio PANAMAX-2014, que se realizará en la ciudad de Miami, Estado de Florida - Estados Unidos de América, del 27 al 31 de enero de 2014; Que, mediante el Ofi cio NC-50-JEMG-EMAI-Nº 3015 de fecha 27 de diciembre de 2013, suscrito por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, se comunicó al Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, que se ha designado al Comandante FAP ANTONIO EDUARDO GUSTAVO GARCIA FALCKENHEINER, para que participe en la Conferencia citada en el párrafo precedente; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la ciudad de Miami, Estado de Florida – Estados Unidos de América, del Comandante FAP ANTONIO EDUARDO GUSTAVO GARCIA FALCKENHEINER, a fi n de que participe en la Conferencia de Planeamiento Inicial (IPC) para el Ejercicio PANAMAX-2014, que se realizará en la ciudad de Miami, Estado de Florida - Estados Unidos de América, del 27 al 31 de enero de 2014, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el Gobierno de los Estados Unidos de América, asumirá el costo de transporte ofi cial, hospedaje y alimentación del Ofi cial participante en el referido evento; no irrogando gasto alguno por dichos conceptos al Tesoro Público; Que, no encontrándose cubierto los gastos de transporte local del citado Ofi cial, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo único de la Resolución Ministerial Nº 696-2013 DE/SG de fecha 16 de agosto de 2013, que establece el porcentaje de pago para invitaciones que incluyan fi nanciamiento parcial, corresponde otorgar a su favor el pago del 20% de la escala de viáticos regulado en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del Ofi cial designado durante la totalidad del referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Miami, Estado de Florida – Estados Unidos de América del Comandante FAP ANTONIO EDUARDO GUSTAVO GARCIA FALCKENHEINER, NSA: O-9560688 DNI: 07618365, a fi n de que participe en la Conferencia de Planeamiento Inicial (IPC) para el Ejercicio PANAMAX-2014, del 27 al 31 de enero de 2014, así como autorizar su salida del país el 26 de enero de 2014 y su retorno el 01 de febrero de 2014. Artículo 2º.- El Gobierno de los Estados Unidos de América asumirá el costo de transporte ofi cial, hospedaje y alimentación del Ofi cial participante, durante el tiempo que dure el curso; no irrogando gasto alguno por dichos conceptos al Tesoro Público. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US$ 440.00 x 20% x 05 días x 01 persona = US$ 440.00 ---------------- Total a pagar = US$ 440.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa y Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 1041478-6