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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2014 (23/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Jueves 23 de enero de 2014 514825 Que, con fecha 24 de julio de 2006, el Estado de la República del Perú (Concedente), representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien a su vez actúa a través de la Autoridad Portuaria Nacional, y DP World Callao S.A., actualmente DP World Callao S.R.L. (Concesionario), suscribieron el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Nuevo Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - Zona Sur, contrato en el cual se señala, entre otros, la obligación del Concesionario de transferir en Dominio Fiduciario la Inversión Complementaria Adicional (ICA), de acuerdo a los términos y condiciones establecidos por dicho documento legal; Que, en el marco del citado Contrato de Concesión, con fecha 16 de octubre de 2006 se suscribió el Contrato de Fideicomiso en Administración, en virtud del cual DP World Callao S.R.L. (Fideicomitente) transfi rió al Banco Continental (Fiduciario) el Dominio Fiduciario de la Inversión Complementaria Adicional, con la fi nalidad de que, bajo las órdenes a ser impartidas por la Autoridad Portuaria Nacional (Fideicomisario), el Fiduciario administre la correcta y oportuna aplicación de la misma en el desarrollo de las Inversiones del Fideicomiso, inversiones entre las que se encuentra el proyecto de inversión pública “Mejoramiento de Accesos Terrestres al Terminal Portuario del Callao”, conforme a lo previsto en la Sección IX numerales 9.1 y 9.2 del referido Contrato de Concesión; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 052- 2009 se declaró de necesidad nacional el proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta-Callao”, estableciéndose que su ejecución está a cargo del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao durante el período 2009-2011, ampliándose su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2013 de acuerdo a lo dispuesto por la Centésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, con fecha 17 de mayo de 2010 se suscribió la Primera Adenda al Contrato de Fideicomiso en Administración entre DP World Callao S.R.L., el Banco Continental y la Autoridad Portuaria Nacional, para efectos de que el Patrimonio Fideicometido pueda ser utilizado, entre otros conceptos, para efectuar las transferencias de recursos al Ministerio de Economía y Finanzas para el pago del servicio de la deuda correspondientes a las operaciones de endeudamiento interno concertados o por concertarse por dicho Ministerio con el Banco de la Nación; Que, mediante el Decreto Supremo N° 271-2010-EF se aprobó la operación de endeudamiento interno con el Banco de la Nación, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.150 000 000,00) destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao”, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 052-2009; Que, con fecha 28 de marzo de 2011 se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 001- 2011-GRC entre el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao y la Autoridad Portuaria Nacional, con el objeto de establecer los términos y condiciones bajo los cuales se fi nanciará parcialmente las obras del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao”, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 052- 2009; Que, con fecha 19 de abril de 2011 el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación suscribieron el Contrato de Crédito bajo la modalidad de préstamo a favor del Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.150 000 000,00) destinado a fi nanciar parcialmente el proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao”, a ser ejecutado por el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao en calidad de Unidad Ejecutora; Que, según el Contrato de Crédito al que se refi ere el considerando precedente, el servicio de la deuda será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas, con los recursos que para tal efecto, proporcione la Autoridad Portuaria Nacional con cargo a los fl ujos futuros que se generen en el marco del Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Nuevo Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - Zona Sur, a través del Contrato de Fideicomiso en Administración; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 482-2011- EF/52 se aprobó el Convenio de Traspaso de Recursos, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para la utilización de los recursos derivados de la Operación de Endeudamiento Interno aprobada mediante Decreto Supremo N° 271-2010-EF para el fi nanciamiento parcial del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao”; cuyo convenio fue suscrito con fecha 21 de octubre de 2011; Que, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos de la Autoridad Portuaria Nacional, a través del Informe N° 256-2013-APN/DIPLA, informa que el monto estimado del servicio de deuda para el año fiscal 2014 de la Operación de Endeudamiento Interno antes descrita, asciende a la suma de TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECISIETE Y 69/100 NUEVOS SOLES (S/. 31 568 917,69), monto que será proporcionado por el Patrimonio Fideicometido ICA Muelle Sur, toda vez que cuenta con disponibilidad de fondos hasta por la suma de VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE Y 93/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 27 646 577,93); Que, en tal sentido es necesario que los recursos del Fideicomiso ICA Muelle Sur por el monto de TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 31 568 918,00) se incorporen en el presupuesto institucional del Pliego Autoridad Portuaria Nacional para el Año Fiscal 2014, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 6 de la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, el literal b) del artículo 6 de la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que los recursos que provengan, entre otros, de los procesos de concesión que se orienten a fi nanciar obligaciones previstas en los contratos de concesión o gastos imputables, directa o indirectamente a la ejecución de los mismos, se incorporarán en los presupuestos institucionales mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector respectivo, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a propuesta del Titular del Pliego; Que, en observancia de la citada norma legal, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones remite mediante el Ofi cio N° 070-2013-MTC/04, el proyecto de Decreto Supremo que autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2014 a favor de la Autoridad Portuaria Nacional, hasta por la suma de TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 31 568 918,00) para atender el pago del servicio de la deuda por la Operación de Endeudamiento Interno del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao”, aprobada mediante Decreto Supremo N° 271-2010-EF; Que en tal sentido y en atención al requerimiento efectuado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante el Ofi cio señalado en el considerando precedente, resulta necesario autorizar, la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario hasta por la suma de TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 31 568 918,00) en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, correspondiente al pago del servicio de la deuda por la Operación de Endeudamiento Interno antes descrita; De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL