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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2014 (23/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Jueves 23 de enero de 2014 514829 fi nancieras al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio del Interior (CAFAE – MININTER); Que, el literal c) del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 088-2001, Establecen disposiciones aplicables a los Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estimulo de las entidades públicas, señala que, entre otros, constituyen recursos de los Fondos de Asistencia y Estímulo, las transferencias de recursos que por cualquier fuente reciban de la propia Entidad, autorizadas por el Titular de la Entidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la misma que establece principios, procesos y procedimientos que regulan el sistema Nacional de Presupuesto; Que, la Octava Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 establece, entre otros, que en el marco de los Decretos Supremos Nºs 067-92-EF y 025-93-PCM, y del Decreto de Urgencia Nº 088-2001, normas que regulan el funcionamiento de los Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE), que sólo podrán efectuarse transferencias de fondos públicos al CAFAE para el fi nanciamiento de los Incentivos Laborales que corresponda otorgar al personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, que ocupa una plaza destinada a funciones administrativas en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la correspondiente Entidad; así como al personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 destacado que labora en las mismas condiciones en la entidad de destino; Que, el inciso a.5 de la Octava Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 señala, entre otros, que el monto total de fondos públicos que los pliegos transfi eran fi nancieramente a sus respectivos Fondos de Asistencia y Estímulo - CAFAE durante el año fi scal, no podrá ser mayor al monto total transferido durante el año fi scal próximo pasado; Que, mediante Informe Nº 000017-2014/IN/DGPP/DPP de fecha 16 de enero 2014, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto señala que durante el Año Fiscal 2013 el Pliego 007: Ministerio del Interior, efectuó transferencias fi nancieras al CAFAE – MININTER por la suma de S/. 15 022 889,78 (Quince millones veintidós mil ochocientos ochenta y nueve y 78/100 Nuevos Soles), importe que considera a la Unidad Ejecutora 001: Ofi cina General de Administración con S/. 5 187 581,04 y a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP con S/. 9 835 308,74; Que, asimismo, mediante el mencionado informe se emite opinión favorable sobre la disponibilidad presupuestaria que permitirá efectuar las transferencias fi nancieras a favor del CAFAE – MININTER, según la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/. 15 022 890,00 (Quince millones veintidós mil ochocientos noventa y 00/100 Nuevos Soles) desagregado entre las Unidades Ejecutoras 001: Ofi cina General de Administración por la suma de S/. 5 187 581,00 y 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP por la suma de S/. 9 835 309,00; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto mediante Ofi cio N° 000170- 2014/IN/DGPP de fecha 17 de enero de 2014; y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 1135, “Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior”; y, el Decreto Supremo N° 010-2013-IN, “Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de recursos fi nancieros de las Unidades Ejecutoras 001: Ofi cina General de Administración y 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, según la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio del Interior (CAFAE – MININTER), hasta por la suma total de S/. 15 022 890,00 (Quince millones veintidós mil ochocientos noventa y 00/100 Nuevos Soles), destinada al pago de incentivos laborales del personal bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, importe desagregado según el siguiente detalle: • Unidad Ejecutora 001: Ofi cina General de Administración S/. 5 187 581,00 • Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas S/. 9 835 309,00 de la PNP Artículo 2.- Las transferencias fi nancieras a ser efectuadas por las Unidades Ejecutoras citadas en el artículo precedente, deberán afectarse a la específi ca de gasto 2.1.1.1.2.1. Asignación a Fondos para Personal (Transferencias al CAFAE). Artículo 3.- Copia de Ia presente Resolución será remitida por la Secretaría General del Ministerio del Interior, al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio del Interior (CAFAE - MININTER), Dirección General de Administración, Dirección de Economía y Finanzas de la PNP y Dirección General de Planifi cación y Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior 1041191-1 Aprueban “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2014” RESOLUCION MINISTERIAL N° 065-2014-IN/DGCO Lima, 21 de enero de 2014 Visto, el Informe Nº 000001-2014/IN/DGCO de fecha 14 de enero del 2014, mediante el cual el Director General de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior - DGCO solicita la aprobación del “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2014”, formulado por la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial “Control y Reducción del Cultivo de la Coca en el Alto Huallaga” - CORAH; CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado combate y sanciona el Tráfi co Ilícito de Drogas. Asimismo, regula el uso de los tóxicos sociales; Que, el artículo 1º del Decreto Ley Nº 22095 - Ley de Represión del Tráfi co Ilícito de Drogas, establece que la reducción de los cultivos de la planta de coca es uno de los objetivos de dicha Ley; Que, el artículo 31º del precitado dispositivo legal prescribe que queda terminantemente prohibido el cultivo de coca y almácigos en nuevas áreas del territorio nacional; prohibición que incluye renovaciones y recalces en los cultivos existentes; Que, por Decreto Supremo Nº 043-82-AG del 22 de abril de 1982 se creó el Organismo Ejecutivo del Proyecto Especial “Control y Reducción del Cultivo de la Coca en el Alto Huallaga” - CORAH, como órgano responsable de proyectar, ejecutar y controlar las medidas y acciones de reducción del cultivo de coca; Que, por Resolución Ministerial Nº 0889-94-IN- 011100000000 de 27 de diciembre de 1994, se amplió el accionar del Proyecto Especial “CORAH” a todo el ámbito nacional; Que, por Decreto Supremo Nº 044-2003-PCM del 23 de abril de 2003, se dispone la intervención del Proyecto Especial CORAH en la eliminación de almácigos y plantaciones nuevas de hoja de coca no registradas en la Empresa Nacional de Comercialización de la Coca - ENACO S.A. y la participación del Cuerpo de Asistencia para el Desarrollo Alternativo - CADA en los programas de reducción gradual y concertada;