Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2014 (23/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NOVECIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 31 568 918,00), correspondiente al pago del servicio de la deuda por la Operacion de Endeudamiento Interno del proyecto de inversion publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta - Callao", aprobada mediante Decreto Supremo N° 271-2010-EF, de acuerdo al siguiente detalle:
(En Nuevos Soles) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS TOTAL INGRESOS 31 568 918,00 31 568 918,00 ===========

El Peruano Jueves 23 de enero de 2014

EDUCACION
Autorizan viaje del Jefe de la Oficina de Becas Pregrado del PRONABEC a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 005-2014-MINEDU
MORDAZA, 22 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta EC-02/2014, la Embajadora de la Republica de MORDAZA en el Peru comunica al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo-PRONABEC, que como parte del MORDAZA de intercambio que tienen las autoridades cubanas con el PRONABEC, extiende una invitacion al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Becas Pregrado del PRONABEC, a fin que realice una visita de trabajo a la MORDAZA de La Habana, Republica de MORDAZA del 23 al 26 de enero de 2014; Que, la referida visita tiene por finalidad realizar el seguimiento al cumplimiento de los Acuerdos suscritos entre el PRONABEC y el Ministerio de Educacion Superior de MORDAZA con relacion al desarrollo del Programa Beca 18 Internacional, por el cual un total de 88 becarios realizan estudios de pre grado en carreras de Ingenieria en la Republica de Cuba; asimismo, gestionar la firma de la Adenda N° 002 del Convenio N° 390-2012-MINEDU "Convenio de Colaboracion Interinstitucional entre el Ministerio de Educacion Superior de MORDAZA (MES) y el Ministerio de Educacion de la Republica del Peru; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las senaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en tal sentido y siendo de interes para la Institucion, resulta necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Becas Pregrado del PRONABEC; cuyos gastos de pasajes aereos y viaticos, seran asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educacion ­ Unidad Ejecutora: 117; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Articulo1.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Becas Pregrado del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo ­ PRONABEC, a la MORDAZA de La Habana, Republica de MORDAZA, del 23 al 26 de enero de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran con cargo al Pliego Presupuestal Nº 010: Ministerio de Educacion - Unidad Ejecutora:117, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos (incluye TUUA) : US $ 1 223.05 Viaticos (por 3 dias) : US $ 1 290,00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado profesional

EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO CENTRAL 214 : AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL 001 : AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS (APNOP) (En Nuevos Soles) ACTIVIDAD 5000376 : ADMINISTRACION DEUDA INTERNA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS SERVICIO DE LA DEUDA 2.8 SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA TOTAL EGRESOS

31 568 918,00 31 568 918,00 ===========

Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Credito Suplementario, aprueba, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de enero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas

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