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El Peruano Jueves 23 de enero de 2014 514830 Que, habiendo culminado la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 017-2013-IN del 10 de enero del 2013, que aprueba el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2013”, resulta necesario aprobar el nuevo Plan para el periodo 2014; Que, en la formulación del “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2014” se han considerado los lineamientos de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas 2012-2016 formulado por la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, a fi n de garantizar el orden y seguridad en las zonas cocaleras existentes y las que se vienen generando en el país por el accionar del narcotráfi co y el terrorismo, hacen aconsejable realizar el monitoreo, seguimiento y evaluación permanente de la ejecución del Plan Anual, planes complementarios, específi cos o alternos y especiales que se ejecuten a fi n de determinar en función a la fl exibilidad de los mismos, las necesidades de reorientación, previstas y/o imprevistas que sean necesarias en cada coyuntura para alcanzar los objetivos y metas propuestas; Estando a lo propuesto por el Director General de la Dirección General Contra el Crimen Organizado y con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1135 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN; y estando a lo propuesto por el Director General de la Dirección General Contra el Crimen Organizado y a lo opinado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2014”, que constituye el documento normativo, ejecutivo y de actividades que debe desarrollar el Proyecto Especial “CORAH”, durante el período operativo correspondiente al año 2014, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La ejecución y cumplimiento de las actividades contenidas en el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2014”, aprobado por el artículo precedente, serán evaluadas mensualmente por la Dirección General Contra el Crimen Organizado - DGCO, en base a los reportes diarios e informes mensuales emitidos por la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial “CORAH”, a fi n de determinar el grado de avance e identifi car los problemas que difi culten y/o impidan su ejecución, para adoptar las medidas adecuadas y correctivas del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior 1041476-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos, colombiano, española y estadounidense, y disponen su presentación a Italia, Colombia, España, Argentina, Chile, EE.UU. y Venezuela RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2014-JUS Lima, 22 de enero de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 002-2013/ COE-TC, del 17 de enero de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República Italiana del ciudadano peruano CARLOS ENRIQUE RUTTI CRISÓSTOMO, formulada por la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 25 de octubre de 2012, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CARLOS ENRIQUE RUTTI CRISÓSTOMO, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Robo agravado, en perjuicio de Jorge De la Cruz Vargas (Expediente N.º 119-2012); Que, el literal a) del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N.º 002-2013/COE-TC, del 17 de enero de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Italiana, suscrito en Roma, el 24 de noviembre de 1994; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CARLOS ENRIQUE RUTTI CRISÓSTOMO, formulada por la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Robo agravado, en perjuicio de Jorge De la Cruz Vargas y disponer su presentación por vía diplomática a la República Italiana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1041477-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2014-JUS Lima, 22 de enero de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 03-2014/COE-TC, del 08