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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2014 (24/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Viernes 24 de enero de 2014 514924 2013-SUNASA/CD, esta Superintendencia considera necesario ampliar el plazo de recepción del plan de trabajo y el cronograma correspondiente a ser remitido por las IAFAS e IPRESS, que no fueron remitidos oportunamente; Que, la presente Resolución no aprueba disposiciones que modifiquen sustancialmente la normativa vigente, estando por ello su publicación sujeta a las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2. del artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Que, en uso de las atribuciones conferidas por los numerales 1) y 6) del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, “Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud”, corresponde al Superintendente ejercer la representación legal de la institución y aprobar las normas de carácter general de la Superintendencia; Que, asimismo en uso de la atribución conferida en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del citado decreto legislativo, el Superintendente de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud asume todas las funciones señaladas para el cargo de Superintendente Nacional de Salud, hasta el término de su designación, la cual fue establecida mediante la Resolución Suprema N° 040-2012-SA publicada el 15 de diciembre de 2012; Que, conforme a lo establecido en el literal e) del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, corresponde al Superintendente aprobar las normas de carácter general de la Superintendencia; y habiéndose presentado el proyecto al Consejo Directivo, se cuenta con su conformidad, según acuerdo adoptado en Sesión N° 002-2013-CD de fecha 26 de diciembre de 2013; Estando a las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 1158, así como por el literal w) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad, vigentes; Con los vistos del Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR, del Intendente de la Intendencia de Estudios y Gestión de la Información y el Conocimiento – IEGIC y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car la Segunda Disposición Transitoria de las Normas relacionadas al “Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación TEDEF-IPRESS-IAFAS”, “Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados TEDEF- SUNASA” y del “Sistema de Acreditación de Asegurados”, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 094-2013-SUNASA/CD del 20 de agosto de 2013, en los siguientes términos: “Segunda.- Las IAFAS privadas diferentes a EPS e IPRESS privadas que pudieran tener alguna difi cultad para el cumplimiento de los plazos establecidos en la presente Resolución deberán presentar a la SUNASA, en un plazo no mayor al 24 de febrero de 2014, un plan de trabajo adjuntando un cronograma de implementación, el mismo que deberá ser revisado y aprobado por la Intendencia de Estudios y Gestión de la Información y el Conocimiento – IEGIC. El cronograma de implementación no podrá exceder del plazo de seis (6) meses calendario, contado desde su aprobación por la Superintendencia Nacional de Salud”. Artículo 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1041160-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Disponen la habilitación anual de persona natural para ejercer el cargo de Martillero Público durante el año 2013 (Se publica la presente resolución a solicitud de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, mediante Ofi cio Nº 149-2014-SUNARP/SG, recibido el 23 de enero de 2014) ZONA REGISTRAL Nº IX - SEDE LIMA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 351-2013-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF LIMA, 26 de abril de 2013 VISTOS: El escrito de fecha 21 de enero de 2013 presentado por el Martillero Público Oscar Emilio Arias Paredes, mediante Hoja de Trámite 2013-003396- Z.R.N°IX/GBM del 22 de enero de 2013, el escrito del 01 de abril de 2013 presentado mediante Hoja de Trámite 2013-011217 -Z.R.N°IX/GBM del 03 de abril de 2013, el Ofi cio N°641-2013-SUNARP-Z.R.N°IX/GBM del 08 de abril de 2013 y la Hoja de Envío N°1703-2013-Z.R.N°IX/ JEF del 08 de abril de 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 181-2013- SUNARP-Z.R.N°IX/JEF del 19 de marzo de 2013, se dispuso la habilitación de 179 Martilleros Públicos para continuar ejerciendo sus funciones en el ámbito nacional durante el período 2013. Que, mediante el Decreto Supremo N°008-2005-JUS se aprobó el Reglamento de la Ley N° 27728 - Ley del Martillero Público, se establece que todo Martillero Público mantendrá su inscripción vigente mediante la habilitación anual para el ejercicio de sus funciones; también se dispone que el Registro de Martilleros Públicos es único de competencia nacional, teniendo su Sede en la ciudad de Lima, habiéndose designado mediante Resolución N°206-2005- SUNARP/SN, a esta Zona Registral como Órgano Desconcentrado a cargo del Registro de Martilleros Públicos. Que, el artículo 11 ° del Reglamento de la Ley del Martillero Público, establece que el Martillero Público para la habilitación anual deberá presentar la solicitud de habilitación dentro de los quince (15) primeros días de cada año, cuyo plazo venció el 22 de enero de 2013, para lo cual deberá presentar los siguientes documentos: a) la actualización de la garantía otorgada ( 1.5 de una UIT) y b) la relación de los remates realizados durante el año anterior; estableciéndose que no podrá ser habilitado para ejercer el cargo durante el año en curso, el Martillero Público que no cumpla con presentar dichos requisitos. Que, la Gerencia de Bienes Muebles, mediante el Ofi cio de Vistos señala que el señor Oscar Emilio Arias Paredes, solicitó su habilitación anual como Martillero Público para el año 2013, dentro del plazo establecido a través de la Hoja de Trámite 2013-003396-Z.R.N°IX/GBM del 22 de enero de 2013, adjuntando la actualización de la garantía otorgada y la declaración jurada con fi rma legalizada por notario de no haber efectuado remates durante el año 2012; y que por un error involuntario no se le incluyó en la relación de habilitación anual para ejercer el cargo de Martilleros Públicos durante el año 2013. Con los visados de la Gerencia de Bienes Muebles y de la Ofi cina Legal. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 86° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N°139-2002-JUS, el artículo 32° del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002- JUS, el Decreto Supremo N°008-2005-JUS se aprobó el Reglamento de la Ley N°27728 - Ley del Martillero